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Fuentes del Derecho Civil en Colombia


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2016  •  Ensayos  •  1.699 Palabras (7 Páginas)  •  474 Visitas

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FUENTES DEL DERECHO CIVIL

• HISTORIA DEL DERECHO CIVIL

Antes de la aparición del código Civil de 1873, rigió en Colombia hasta 1810 al momento de la emancipación de las colonias, la legislación especial de España para sus colonias y los reinos de indias, también llamada legislación de indias, la cual era una legislación tan abundante que era considerada una enciclopedia.

El Derecho Español fue tenido como fuente subsidiaria hasta el año de 1825, ya que en este mismo año en la nueva República, se establecieron cuáles eran las fuentes del Derecho de la siguiente forma: 1. Las decretadas o que se decreten por el poder legislativo. 2. Las pragmáticas, cedulas, órdenes, decretos y ordenanzas del gobierno español sancionadas hasta el 18 de Marzo de 1808, que estaban en observancia bajo el mismo gobierno que en el territorio que forma la república. 3. Las Leyes de la Recopilación de Indias. Como nuevas fuentes se establecen en 4° lugar las de la Nueva Recopilación de Castilla (Su objetivo principal fue depurar y simplificar la antigua legislación, puso en vigencia la Gran Colombia en 1825) y por ultimo 5. Las de las Siete Partidas (Se inspira altamente en la doctrina del derecho romano Justiniano). Del mismo modo, en este año el Congreso de la Republica empezó a expedir normas que tenían primacía en su aplicación.

El código Civil de Bello fue adoptado por el Estado soberano de Santander en 1858, le siguieron en su implementación los Estados Soberanos de Cundinamarca y Cauca en 1859, Panamá 1860, Antioquia y Boyacá 1864, luego de ello el 26 de mayo de 1873 se expidió el código Civil de la Unión el cual debía regir en todos los estados, el cual fue sancionado nuevamente para toda la República.

CORRIENTES JURÍDICAS QUE INFLUYERON EN EL CÓDIGO CIVIL DE BELLO:

Valencia Zea y Ortiz Monsalve , en su libro establecen que cuatro fuentes principales constituyen las bases sobre las que se asienta el Código de Bello, de la siguiente forma: 1. El derecho romano puro (Hábeas Iuris Civile) 2. El Derecho Germano (Códigos de Austria y Prusia, y especialmente la obra de Savigny) 3. El viejo derecho español ( Las Siete Partidas y la Novísima Recopilación) 4. El Derecho Francés (Ante todo la obra de Pothier y el Código francés de 1804).

Las mencionadas corrientes se evidencian en cada uno de los cuatro libros del Código Civil, ya que en el libro primero, se establece como el libro de las personas, este libro tiene la influencia de la corriente germana. Se refleja en la doctrina del domicilio, en el principio y fin de la personalidad humana, conmurencia, muerte presunta, personas jurídicas y posesión; por su parte el libro segundo corresponde a los bienes, la doctrina general de este libro fue extractada de los derechos romanos, germánico y español; solo en mínima parte del códex y de las legislaciones de algunos estados italianos, así mismo, el libro tercero trata la sucesión por causa de muerte, conformado fundamentalmente por las ideas del Código de Prusia, el de Austria, las instituciones romanas y las antiguas leyes españolas. La influencia francesa se reduce a la elaboración de las reglas sobre derecho hereditario, por último, el libro cuarto: Corresponde al libro de las obligaciones y los contratos. Es éste el único libro donde se acentúa la corriente francesa. Las obras de Pothier y el Código de Napoleón sirvieron a Bello para la construcción de la teoría general de las obligaciones y de la mayor parte de los contratos.

• FORMA Y PRINCIPIOS ESENCIALES DEL CODIGO CIVIL.

Nuestro Código Civil “Andrés Bello”, corresponde al mismo Plan de Gayo , ya que este último dedicaba su libro 1° a las personas, el 2° a los bienes y el 3° a las obligaciones y sucesiones por causa de muerte; este último libro fue modificado por Bello quien considero que se debía dividir en dos libros, de donde nacieron el libro 3° y 4° del Código Civil. Dentro de la estructura general del Código Civil, encontramos que el mismo contiene 2545 artículos, entre los cuales los primeros 72 artículos forman el título preliminar, refiriéndose ellos a la interpretación de las leyes y la definición de palabras de uso frecuente dentro del mismo código.

A partir del artículo 73 y hasta el final de dicho código, el mismo se divide en cuatro libros, entre los que se encuentra “De las personas” (Artículos 73 a 652), “De los bienes y de su dominio, posesión, uso y goce” (Artículos 653 a 1007), “De la sucesión por causa de muerte, y de las donaciones entre vivos” (Artículos 1008 a 1493) y “De las obligaciones en general y de los contratos” (Artículos 1494 a 2545).

Los libros anteriormente enunciados no corresponden en cuanto al título y contenido de cada uno de ellos, como sucede en el libro 1°, pues en este no solo se trata de las normas jurídicas aplicables a las personas, sino también de las apli¬cables al derecho de familia puro. Los dos prime¬ros títulos del libro 1o (articulos73 a 109) contienen conceptos generales y no especiales; del mismo modo, en el libro 2o está dedicado en

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