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Garantias Idividuales Y Sociales

friiida0520 de Abril de 2014

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GARANTIAS INDIVIDUALES Y SOCIALES

PROF. JUAN JESUS JUAREZ ROJAS

1. Generalidades

1.1 Derechos Humanos

1.1.1 Definición

1.1.2 Teorías que los justifican

1.1.3 Características

2. De los derechos de la persona y sus garantías

2.1 Relación del Derecho Natural con el Derecho Positivo

2.2 Garantías del gobernado

2.2.1 Definición

2.2.2 Elementos de la garantía

2.2.3 Principios constitucionales aplicables

2.2.4 Ámbito de validez

3. Análisis particular de las garantías de la persona

3.1 Limitaciones, suspensiones y estado de excepción

3.2 Criterios de clasificación

3.3 Garantías de igualdad

3.4 Garantías de propiedad

3.5 Garantías de libertad

3.6 Breve referencia sobre las garantías sociales

3.7 Garantías de seguridad jurídica y libertad

DERECHO.

Ente imputativo de derechos y obligaciones es una persona física: Unica persona titula de Derechos Humanos

 Capacidad de Goce: desde su nacimiento

 Capacidad de ejercicio: mayoría de edad.

Atributos:

- Nombre

- Domicilio

- Estado civil

- Nacionalidad

- Patrimonio

5-Febrero-2013

FUNDAMENTACIÓN TEORICA DE LOS DERECHOS HUMANOS

 Derecho Natural o Iusnaturalismo

 El hombre por existir dentro de la naturaleza cuenta esencialmente con derechos (Ej. Derecho a la vida).

 No todo derecho humano esta salvaguardado por una garantía.

EVOLUCION DE LOS DERECHOS HUMANOS

 Argumentación teológica o divina, en sus orígenes.

-Ser superior que nos provee de estos derechos.

-San Agustín y Santo Tomas, hacen referencia a estos argumentos.

-Ciudad de dios, obra de San Agustín

-La suma teológica, obra de Santo Tomas

 Con el paso del tiempo.

-El monarca o emperador se consideran representantes de dios en la tierra

-Ellos otorgan los derechos

-Su actitud excesiva deriva en Tiranía y Despotismo

 Se originan revoluciones en contra del monarca

-Se señala que por el hecho de ser Ser Humano, se tienen ciertos derechos.

DOCUMENTOS QUE ALUDEN A LOS DERECHOS HUMANOS

1. CARTA MAGNA

- 1215

- Juan Sintierra

- Se mencionan la libertad religiosa y la propiedad

2. Declaración de los Derechos del hombre y del ciudadano

- Francia, 1789

- Ideas libertarias del enciclopedismo ilustrado.

- Ideas de Diderot, Rosseau, Voltaire.

- Vida, libertad, igualdad, propiedad: son derechos del hombre.

- Es una manifestación.

3. Constitución de Filadelfia o de Norteamerica

- 1787

- Hasta 1791 aparecen los fundamentos de los derechos humanos

- Enmiendas constitucionales: reformas

- Libre manifestación de las ideas (art. 6° y 7°)

- Libertad religiosa (art 24)

- Garantía de debido proceso (art 14)

06-febrero-2013

CARACTERISTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS

 Universales

 Permanentes

 Imprescriptibles

 Inalienables

 Intransferibles

 Progresivos

 Acumulativos

 No están escritos

 Inherentes

 Atemporales

GENERACIONES Y EVOLUCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

• 1ª GENERACIÓN

Estrictamente individual

• 2ª GENERACIÓN

Carácter colectivo

• 3ª GENERACIÓN

-Derechos universales (sujeto que conforma una comunidad internacional) Su titular no está determinado, todos somos titulares.

-Derechos difusos.

NOTA. Interés jurídico e interés legítimo tienen relación con los Derechos Humanos de 3ª generación. Articulo 107 fracción 1 al hacer referencia al agravio personal y directo. Interés jurídico, solo el titular, el gobernado agraviado, es el único facultado para promover el amparo. Interés legítimo, puede resultar de un derecho difuso, con motivo de actos de autoridad y la situación que guarde el gobernado conforme a ellos le da pauta para alegar violaciones a sus derechos humanos.

DE LAS GARANTIAS INDIVIDUALES

Garantía Individual:

Respaldo, protección, que otorga el Estado para hacer valer sus Derechos Humanos.

-El derecho humano cuando es reconocido por el estado, y este le otorga a su titular ciertas protecciones (garantías) se convierte en un Derecho Fundamental.

Ignacio Burgoa:

“La garantía individual es un derecho público, subjetivo, originario y absoluto que tiene el gobernado para hacer frente a los actos del poder público, y cuyo objetivo es el respeto o restitución de sus derechos fundamentales.”

07-febrero-2013

FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA DE LA GARANTÍA

 La garantía esta prevista en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 El Derecho Natural es doctrinariamente correcto para estudiar los derechos humanos.

 El Derecho Positivo permite estudiar las garantías individuales.

POSITIVISMO

- Augusto Comte

- Razón y ciencia

- Todo lo que sea materia de experimentación y cientificidad es positivo.

- Hans Kelsen, tratadista que alude al Ius Positivismo.

DERECHO POSITIVO

Conjunto de normas, generadas a través de un proceso, como finalidad regular la conducta del hombre en sociedad.

 Todo derecho positivo tiene tiempo y aplicación determinado, y es derecho positivo vigente.

 Cuando deja de tener aplicación, solo es derecho positivo.

CARACTERÍSTICAS DE LAS GARANTÍAS

 Son regionales (no universales), cada estado determina las protecciones que puede otorgar.

 Se pueden suspender

 Vigencia: tiempo de vida que da el estado

 Forman parte del derecho escrito

 Respaldo o protección a Derechos Fundamentales

 Inalienables

 Intransferibles

 Es inherente a la persona como titular de un derecho humano.

ELEMENTOS DE LA DEFINICIÓN DE GARANTIA INDIVIDUAL

 Derecho: conjunto de normas que otorgan una serie de privilegios y facultades.

 Derecho Público: regula relaciones entre el estado y los gobernados.

 Subjetivo: una norma faculta a una persona, la persona lo ejercita frente al estado.

 Originario: su origen está en la misma persona.

 Absoluto: oponible a los órganos del estado.

OBJETO DE LA GARANTÍA

Respeto: prevención

Restitutorio o reparador.

ELEMENTOS DE LA GARANTIA INDIVIDUAL

1. Sujetos

1.1 sujeto activo

1.2 sujeto pasivo

2. Objeto

3. Relación jurídica

3.1 Entre los sujetos

3.1.1 De coordinación

3.1.2 De supra ordinación

3.1.3 De supra subordinación

4. Fuente

11-febrero-2013

PRINCIPIOS DE SUPREMACÍA, RIGIDEZ E INVIOLABILIDAD.

 SUPREMACÍA

Articulo 133, la ley fundamental es la Constitucion.

-Constitucion y por lo tanto las garantías son la ley mas importante

OBSERVACIONES (En relación a los Tratado Internacionales)

 Las leyes secundarias deberán ajustarse a las normas principales; si una ley secundaria otorga mayores beneficios a favor de un grupo se aplicara esta disposición aun encima de la Constitución.

 En tratados internaciones, que aluden a Derechos Humanos, estos se encuentran al mismo nivel de la Constitución.

 La Constitucion Federal, los tratados internacionales, las leyes federales, las constituciones locales, reglamentos, bandos municipales, acuerdos y circulares, tienen el carácter de Normas Generales.

CONTROL DE CONVENCIONALIDAD

Los órganos del estado al aplicar las normas jurídicas a los casos concretos tendrán la obligación de revisar además de la norma aplicable, el texto de la constitución y en su caso el del tratado internacional que se involucre con el supuesto normativo.

Si el contenido del tratado otorga mayores beneficios que la ley a aplicar, deberá omitirse ésta y hacer efectiva la disposición contenida en el documento internacional, atendiendo al principio pro omine.

 RIGIDEZ

Fundamento teorico.

Estudio de las constituciones de acuerdo a su clasificación de reformabilidad.

• Flexible: no requiere un procedimiento especial para ser reformada

• Rigida: requiere de un procedimiento especial (aprobación de las legislaturas de los estados y el Congreso).

• Petrea: mismas características que la rigida. Su diferencia principal es que se fija un tiempo para ser reformada.

Existe un órgano revisor y actualizador, esto de acuerdo a los cambios políticos y sociales que se presentan en el país.

NOTA: Modificaciones a normas constitucionales que regulan garantías de la persona. Desde el punto de vista doctrinario Ignacio Burgoa, en su obra “Las garantías individuales”, señala que al modificar una garantía del gobernado deberán tomarse en consideración las razones o motivos que llevaron al constituyente originario a crear la norma.

 INVIOLABILIDAD.

Articulo 136…

- No pierde su vigencia, aun cuando este suspensa por un movimiento que lo haya originado.

- En cuento se recobre el estado de derecho, la Constitución entra en vigor.

- Disposición de Venustiano Carranza.

AMBITOS DE VALIDEZ DE LA NORMA CONSTITUCIONAL

- Espacios o ámbitos

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