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Garantias Individuales


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2013  •  6.352 Palabras (26 Páginas)  •  359 Visitas

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Garantías Individuales

Se forma según las explicaciones que proceden mediante estos elementos:

1. Relación jurídica de supra o subordinación entre el gobernado (sujeto activo) y el estado y sus autoridades (sujeto pasivo).

2. Derecho publico subjetivo que emana de dicha relación en favor del gobernado (objeto).

3. Obligación correlativa a cargo del estado y sus autoridades consistente en respetar el consabido derecho y en observar o cumplir las condiciones de seguridad jurídica en el mismo. (objeto)

4. Previsión y regulación de la citada relación por la ley fundamental (fuente).

De estos elementos se infiere el nexo lógico-juridico que media entre las garantías individuales o del gobernado y los derechos del hombre” como una de las especies que abarcan los derechos públicos subjetivos.

Principios constitucionales que rigen a las garantías individuales

Siendo nuestra constitución la fuente de las garantías individuales, o sea el ordenamiento en el cual estas se consagran, formando, por ende parte de la ley fundamental es lógico y evidente que están investidas de los principios esenciales que caracterizan al cuerpo normativo supremo respecto de la legislación secundaria. Las garantías individuales participan de principio de supremacía constitucional en cuanto que tienen prevalencia sobre cualquier norma o ley secundaria que se les contraponga y primacía de aplicación sobre la misma.

Por otra parte las garantías individuales que forman parte integrante de la constitución están investidas del principio de rigidez constitucional en el sentido de que no pueden ser modificadas o reformadas por el poder legislativo ordinario, si no por un poder extraordinario integrado en los términos del articulo 135 de la ley fundamental.

Origen fundamental de las garantías individuales

Por su origen fundamental de las garantías individuales entendemos aquella manera o forma como el estado o sociedad política organizada incorporo en el orden jurídico constitucional los derechos públicos subjetivos cuyo contenido lo constituyen las prerrogativas fundamentales del gobernado o sea el acto por virtud del cual dichos derechos se establecieron en nuestra constitución.

Clasificación de las garantías individuales:

Disponemos de 2 criterios fundamentales uno que parte del punto de vista de la índole formal de la obligación estatal que surge de la relación jurídica que implica la garantía individual y otro que toma en consideración el contenido mismo de los derechos públicos que de la mencionada relación se forma en beneficio del sujeto activo o gernado.

Determinación de las normas generales por la constitución

La constitución en sentido general determino no solamente los órganos del proceso legislativo si no también el contenido de leyes futura. La constitución puede determinar negativamente que las leyes no deben tener cierto contenido, como un ejemplo: establecer que el parlamento no podrá aprobar ningún estatuto que restrinja la libertad religiosa.

En este sentido negativo, no solo el contenido de las leyes, si no el de todos los demás preceptos de un orden jurídico asi como las decisiones judiciales y administrativas pueden hallarse determinados por la constitución.

El termino constitución es entendido aquí no en sentido formal si no material. La constitución en sentido formal es un cierto documento solemne un conjunto de normas jurídicas que solo pueden decir modificadas mediante la observancia de prescripciones especiales, cuyo objeto es dificultar la modificación de tales normas.

Artículos que hablan de las garantías individuales

Art. 1º En México todo individuo gozará de las garantías que otorga esta constitución.

Art. 2º En México está prohibida la esclavitud.

Art. 3º La educación en México será laico, gratuito y obligatorio hasta la secundaria.

Art. 4º El varón y la mujer son iguales ante la ley. Toda persona tiene el derecho a la protección de la salud. Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa. Es deber de los padres preservar el derecho de los menores a la satisfacción de sus necesidades y a la salud física y mental. La composición de México es pluricultural basada en sus pueblos indígenas.

Art. 5º Libertad de trabajo siendo lícito.

Art. 6º Libertad de pensamiento sin afectar a terceros y el derecho a la información.

Art. 7º Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia.

Art. 8º Derecho de petición.

Art. 9º No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito.

Art. 10º Los habitantes de México tienen el derecho de poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa.

Art. 11º Libertad de tránsito en el territorio nacional.

Art. 12º En México se prohíben títulos de nobleza.

Art. 13º Nadie pude ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales.

Art. 14º A ninguna ley se dará efecto retroactivo. Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos.

Art. 15º No se autoriza la extradición de reos políticos.

Art. 16º Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de un mandamiento escrito de la autoridad competente (un juez).

Art. 17º Nadie podrá hacerse justicia por sí mismo, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.

Art. 18º Solo por delito que merezca pena corporal habrá prisión preventiva.

Art. 19º Ninguna detención excederá de 3 días, sin que se justifique el auto de formal prisión.

Art. 20º Garantías de los acusados: I) Podrá ser puesto

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