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Gestión Estratégica Planifiicada


Enviado por   •  14 de Septiembre de 2018  •  Tesis  •  7.466 Palabras (30 Páginas)  •  146 Visitas

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Gestión Estratégica Planificada: análisis de dos dimensiones.

Caso: Dirección de Arquitectura Judicial – Poder Judicial Misiones.

Seminario Sociología de las Organizaciones y de la Gestión Pública.

Maestría en Políticas Sociales.

Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales – UNaM.

Docente: Mgter. María Bonicatto

Alumno: Eduardo Omar Gimenez[1]

POSADAS, NOVIEMBRE 2017.

Resumen: En el presente documento abordamos el análisis de la Dirección de Arquitectura Judicial, en el marco de la evaluación final del Seminario Sociología de las organizaciones y de la Gestión Pública. Para lo cual utilizamos como herramienta dos de las dimensiones que la Gestión Estratégica Planificada metodológicamente presenta: “el análisis de la Organización” y “caracterización de la demanda”. En el desarrollo se expone la caracterización de la institución, desde donde se hace el abordaje a la función de cada área, espacio físico, beneficiarios internos y externos, su estructura, financiamiento, organigrama y situación comunicacional. Además tratamos específicamente la construcción de la demanda, y si están dadas las condiciones para iniciar el proceso de análisis situacional.

Palabras claves: Metodología GEP, Análisis organizacional, Demanda, Dirección Arquitectura Judicial.

INTRODUCCIÓN.

El sistema judicial se debe configurar, y se está configurando, como un instrumento para la defensa efectiva de los derechos de las personas en condición de vulnerabilidad. Poca utilidad tiene que el Estado reconozca formalmente un derecho si su titular no puede acceder de forma efectiva al sistema de justicia para obtener la tutela de dicho derecho.[2]

Si bien las personas gozamos de derechos humanos sin la necesidad del reconocimiento formal del Estado, su observancia se ve limitada considerablemente si no contamos con los mecanismos que contribuyan a su ejercicio y viabilidad. En este sentido las determinaciones del Poder Judicial no sólo implican el reconocimiento formal de un derecho, también imponen una obligación al Estado para garantizar su cumplimiento.

Entendemos que en las democracias modernas la Organización Judicial, una de las tres funciones del Estado que se encuentra escasamente emparentada con formular Políticas Públicas o de Estado, representa un actor con la capacidad de renovar la agenda de gobierno y transformar las prioridades del debate público.

Así también comprendemos que en la formación de la agenda o programa de actuación de un gobierno intervienen, en mayor o menor medida, diversos actores tanto de la órbita gubernamental como de la sociedad toda. Y de la interacción estratégica de estos actores, como tomadores de decisión y grupos de interés, nacen las Políticas Públicas.

Ahora bien, el acceso al sistema judicial para la defensa efectiva de los derechos de las personas, se encuentra condicionado por la existencia de diversos obstáculos que lo restringen, como ser económicas, culturales y de índoles arquitectónicas. En este aspecto la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana expresa que: se promoverá en particular la reducción de barreras arquitectónicas, facilitando tanto el acceso como la estancia en los edificios judiciales[3].

Aunque manifestamos en párrafos anteriores que el Poder Judicial es un actor con la capacidad de influir en las políticas públicas, en algunos caso observamos que es mero acompañante del Ejecutivo y Legislativo, tanto en cuanto a normativa acordada por su estamento Superior como en cuanto a la implementación de medidas acordes que las tornen operativas. Esto lo vemos plasmado cuando el Poder Judicial misionero adhirió a las “Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad”[4] en el marco de la política pública de acceso a la justicia; por consiguiente impulso y acompaño actividades destinadas a fomentar la efectividad de dichas reglas, como ser, la creación en su ámbito de la Secretaría General de Acceso a la Justicia, Derechos Humanos y Violencia Familiar[5], el Centro Judicial de Mediación (CEJUME)[6], el asiento en cada municipio de un Juzgado de Paz e instruyo a la Dirección de Arquitectura Judicial a que adopte medidas activas y efectivas para el acondicionamiento y confort de los espacios edilicios acordes a las labores que cada dependencia presta, como paso elemental hacia un servicio de justicia accesible a los principales beneficiarios, es decir su público externo, la sociedad y especialmente los más desfavorecidos o vulnerables.

Creemos que ante las distintas problemáticas sociales las instituciones deben tener una mirada más allá de su especificidad. Asumiendo cada una, los puntos de vista de las otras. Entendiendo que la cuestión social es trasversal a las mismas. En este aspecto Carballeda nos ilustra con dos ejemplos:

Así de una internación en un hospital pueden surgir interrogantes, inconvenientes y urgencias que trascienden la esfera institucional del campo de la salud. Lo mismo ocurre con la Escuela, donde el espectro de la intervención va desde la educación, pasando por la violencia urbana, doméstica, las adicciones o la alimentación. (Carballeda, 2009: 4).

Coincidimos con Carballeda en cuanto a la complejidad de los escenarios donde se aplica la intervención social. Y decimos esto, porque retomando las ideas del autor, vemos que la Provincia de Misiones según áreas geográficas y momentos de la intervención (inicio y ciclos del Programa) presenta a sus beneficiarios con diferentes intereses, incertidumbre, desigualdad, posibilidades concretas de desafiliación y en donde también confluyen relaciones entre los distintos actores, con sus entramados y conflictos internos.

Bonicatto en su obra “Gestión estratégica planificada. Un método para la gestión en organizaciones públicas” señala que:

La comprensión del hoy parece imposible sin el entendimiento del ayer, y se torna a su vez insumo necesario para la decisión sobre el mañana. No ser arrastrado por los hechos, superando la visión estanca de los procesos sociales, pareciera ser un interesante desafío. (Bonicatto, 2017: 21).

De lo expresado por los autores convenimos en afirmar que la intervención genera conocimientos. La práctica cotidiana en la ejecución de cada programa dota de experiencia por igual, tanto a las personas como a sus instituciones. Además las mismas están provistas de conocimiento y experiencias previas a la intervención. El hecho de compartir y trabajar de manera interdisciplinaria e interinstitucional antes y durante la implementación de la política pública produce nuevos conocimientos. Y en el trayecto nos permite reconocer al sujeto que conoce, el objeto que es conocido, el movimiento mismo de conocer y a la información que resulta de esa suma de acciones. Entonces la intervención construye una forma diferenciada y similar de acercamiento a ese otro ya no objeto, sino sujeto histórico social. Esa sumatoria de elementos, espacios, territorios, sujetos, nuevas representaciones y construcciones ineludiblemente proporcionará de sabiduría a todos los actores. Es por ello que consideramos significativo que las Políticas Públicas deben ser trasversales al conjunto de problemas, y tener en cuenta, al individuo en cuanto a su trayectoria, historia de vida, potencialidades y perspectivas. (Carbadella, 2009: 10).

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