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Homologacion De Sentencia Extranjera


Enviado por   •  18 de Septiembre de 2012  •  3.388 Palabras (14 Páginas)  •  8.972 Visitas

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C.

JURISDICCION VOLUNTRARIA.

ASUNTO.- Se promueve homologación de sentencia extranjera.

C. JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA.

P r e s e n t e.-

TOMAS SIERRA LANDAVERDE, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones, el despacho jurídico ubicado autorizando para que las reciban en mi nombre y representación a los, ante Usted respetuosamente comparezco para exponer:

QUE POR MEDIO DEL PRESENTE ESCRITO Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 622, 623, 624, DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES VIGENTE EN EL ESTADO, ACUDO A PROMOVER EN LA VIA DE JURISDICCION VOLUNTARIA SOBRE SOLICITUD DE HOMOLOGACION DE EJECUSION DE SENTENCIA EXTRANJERA A FIN DE SOLICITAR LA INSCRIPCIÓN CORRESPONDIENTE DE LA DISOLUCIÓN DE MATRIMONIO CASO NO.FD-01-77 DICTADA EN PAÍS EXTRANJERO.

Fundándome para hacerlo en los siguientes hechos y consideraciones de derecho:

H E C H O S:

I.- Como lo acredito con la copia fiel sacada de su original del acta de matrimonio 20 veinte, con fecha14 catorce de agosto del año 2012 dos mil doce, contraje matrimonio civil con la C. ESTEFANA LEDEZMA OLVERA, ante el C. Oficial del Registro Civil de Jalpan de Serra, Qro., bajo el régimen de sociedad conyugal, misma que fue expedida por dicho Oficial del Registro Civil en fecha., la que acompaño a esta solicitud.

II.- Con fecha 23 veintitrés de Octubre de 2001 dos mil uno, en la Corte de Distrito del Condado de Cherokee, Estado de Oklahoma, Estados Unidos, se llevo acabo disolución del matrimonio contraído entre el suscrito y la C. ESTEFAN SIERRA, con No. de caso FD-01-77, lo que se acredita con la Sentencia de Divorcio respectiva misma que cuenta de cuatro fojas útiles., la que acompaño debidamente apostillada por la Oficina de la Secretaria de Estado, Estado de Oklahoma., con fecha 5º. Quinto día de abril del año 2011 dos mil once., por el C. THOMAS A. SHAW., documentos que acompaño a este escrito., debidamente traducidos al español por el perito Traductor por Ministerio de Ley Adscrito a la Procuraduría General del Estado, ALBERTO FERNANDO CORTES BARRERA, con Cedula profesional N°.606668.

III.- Así mismo, con fecha posterior de haberse decretado la sentencia de divorcio comparecí ante la Corte del Distrito y por el Condado de Cherokee, Estado de Oklahoma, a solicitar la Corrección de omisión de la Sentencia dictada dentro del caso N°.FD-2001-77, por lo que en consecuencia se ordeno “ ES POR LO TANTO ORDENADO, JUZGADO Y DECRETARO, POR LA CORTE QUE LAS PARTES ESTAN POR ESTE MEDIO OTORGADAS DE UN DECRETO DE DIVORCIO UNO DEL OTRO EN EL TERRENO DE INCOMPATIBILIDAD; Y CADA PARTE TIENE PROHIBIDO VOLVERSEW A CASAR DENTRO DE LOS SEIS MESES A ESTA FECHA (23 DE OICTUBRE DE 2001), EXCEPTO ENTRE ELLOS; Y ESTA CORTE RECONOCERA EL COMETIDO DE ESTE DECRETO DE DIVORCIO A EXPEDIR LA ACCION CORRESPONDIENTE AL DIVORCIO CON EL REGISTRO CIVIL DE JALPAN DE SERRA, QUERETARO, MEXICO., DONDE EL MATRIMONIO FUE ORIGINALMENTE CONTRAIDO”., debidamente traducida al español por el perito Traductor por Ministerio de Ley Adscrito a la Procuraduría General del Estado, ALBERTO FERNANDO CORTES BARRERA, con Cedula profesional N°.606668

IV.- Así mismo y como lo acredito con la certificación electrónica de las actas de nacimiento tanto del suscrito, como de la C. ESTEFANA LEDEZMA OLVERA, con números 222 ciento once y 47 cuarenta y siete, mismas que fueron expedidas en fechas 14 catorce y 15 quince de septiembre del año en curso, por el C. Oficial del Registro Civil de esta Ciudad de Jalpan de Serra, Qro., las que acompaño a esta solicitud como medio de prueba, y de donde se desprende que los nombres tanto del suscrito como de quien fuera mi esposa lo son los de TOMAS SIERRA LANDAVERDE Y ESTEFANA LEDEZMA OLVERA, respectivamente., nombres con los que contrajimos matrimonio civil, en razón estos los nombres correctos., aclarando que en la resolución que fue dictada al momento que el suscrito y la C. ESTEFANA LEDEZMA OLVERA, aparece únicamente en cuanto al suscrito mi nombre con el primer apellido y de quien fuera mi esposa el nombre de ESTEFAN SIERRA, esto en razón de que en algunos estados de aquel país por ley la mujer al momento de casarse adopta o debe de utilizar el primer apellido del marido., razón por la cual en la resolución de la que solicita su homologación aparece en esa forma pero se trata tanto del suscrito como del nombre de quien fuera mi esposa C. ESTEFANA LEDEZMA OLVERA.

V.- Dado que desde el día 23 veintitrés de octubre del año 2001 dos mil uno, ya no tengo ningún vinculo que me una con la C. ESTEFANA LEDEZMA OLVERA, motivo por el cual me veo en la imperiosa necesidad de promover la presente, para obtener la respectiva Homologación de Sentencia Extranjera a fin de que se haga la inscripción correspondiente en el Registro civil, que marca el Código Civil., mediante el fallo de su señoría, Justificación de existencia de la Sentencia de Divorcio, con las documentales que se anexan al presente escrito.

D E R E C H O:

Lo anterior es con fundamento en lo dispuesto por los artículos 622, 623, 624, 625, 626, 937, 938, y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles y articulo 112, 113, 272 del Código Civil, ambos del Estado de Querétaro.

Por lo antes expuesto y fundado atentamente a Usted C. Juez solicito.

PRIMERO.- Se me tenga con el presente escrito, documentos Originales de la Sentencia Extranjera, debidamente apostillada, corrección de la sentencia, la traducción de los mismos y copias que se acompañan, promoviendo la Homologación de Sentencia extranjera, para los efectos que se indican en el proemio.

SEGUNDO.- Se me tengan Ofrecidas como pruebas de mi intención las documentales señaladas en el cuerpo de este escrito y una vez desahogadas, se ordene gire oficio acompañado de copias debidamente certificadas al C. Oficial del registro Civil de esta Ciudad de Jalpan de Serra, Qro., tal, como se indica en la corrección de sentencia respectiva, a fin de que haga la anotación en el libro correspondiente y expida el acta de divorcio.

TERCERO.- Dar la intervención que legalmente le corresponda al Ministerio público Adscrito a ese H. Juzgado.

CUARTO.- Se tenga por señalado como domicilio para oír y recibir notificaciones de mi parte el indicado en el proemio de este escrito y por autorizado para que lo haga en mi nombre y representación a los

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