INFORMACIÓN PERIODÍSTICA
sorita23 de Octubre de 2013
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INFORMACIÓN PERIODÍSTICA: Una noticia es el relato o redacción de un texto informativo que se quiere dar a conocer con sus propias reglas de construcción (enunciación) que se refiere a un hecho novedoso o atípico -o la relación entre hechos novedosos y/o atípicos-, ocurrido dentro de una comunidad o determinado ámbito específico, que hace que merezca su divulgación.
La noticia es un hecho periodístico, equivalente a lo que implica para la historia un acontecimiento. Dentro del ámbito de algunos medios de comunicación, es un género periodístico en el que la noticia es un "recorte de la realidad" sobre un hecho de actualidad que merece ser informado por algún tipo de criterio de relevancia social. El contenido de una noticia debe responder a la mayoría de las preguntas que se conocen como las "6W-H", de la escuela de periodismo norteamericana:
• ¿A quién le sucedió?
• ¿Qué sucedió?
• ¿Cuándo sucedió?
• ¿Dónde sucedió?
• ¿Por qué sucedió?
• ¿Cómo sucedió?
La información es un fenómeno que proporciona significado o sentido a las cosas. En sentido general, la información es un conjunto organizado de datos procesados, que constituyen un mensaje sobre un determinado ente o fenómeno. Los datos se perciben, se integran y generan la información necesaria para producir el conocimiento que es el que finalmente permite tomar decisiones para realizar las acciones cotidianas que aseguran la existencia. La sabiduría consiste en determinar correctamente cuándo, cómo, dónde y con qué objetivo emplear el conocimiento adquirido.
La información también indica mediante códigos y conjuntos de datos, los modelos del pensamiento humano. La información por lo tanto, procesa y genera el conocimiento humano. De esta manera, si por ejemplo organizamos datos sobre un país, tales como: número de habitantes, densidad de población, nombre del presidente, etc. y escribimos por ejemplo, el capítulo de un libro, podemos decir que ese capítulo constituye información sobre ese país.
LA INFORMACIÓN PERIODÍSTICA… más allá del mensaje
Existen ciertas diferencias entre lo que se conoce como información e información periodística. Según plantea Dragni (1994), la información es una palabra de uso frecuente dentro del ámbito periodístico, en este sentido, este término posee una significación polisémica.
En este marco de definiciones múltiples, esta autora sugiere en su Diccionario de Comunicación Social, algunos significados que pueden ampliar aún más la visión que se tiene de este término tan común, pero a la vez tan confuso.
Sentido holístico:
Sinónimo de todo el conjunto de acontecimientos noticiosos y su elaboración periodística: noticias, entrevistas, datos, informes, declaraciones con un enfoque holístico de todos los hechos importantes en un momento dado y que se supone interesa conocer a un gran número de personas, (p.140).
Sentido singular:
Hecho o conjunto de sucesos: información sobre la reunió del gabinete, en el primer caso, o la información policial en el segundo. Este término se emplea también para designar el resultado final del trabajo reporteril (…) para ser transmitido a través de los medios masivos, (p.140).
De igual manera, Dragni también afirma que la información asumida como equivalente de la comunicación “significa el conjunto de actividades que tienen por fin recoger, elaborar, transmitir y difundir noticias (…) la información periodística debe asegurar y posibilitar el conocimiento de los hechos, ideas y opiniones”, (p.140).
Por su parte, Mayorga Rojel (2004), afirma que la información es “la transmisión y adquisición de conocimientos, acciones que permiten ampliar o precisar las ideas que ya se tienen sobre materias determinadas”.
Periodísticamente hablando, Martín (s.f), afirma que
La información constituye un género de la comunicación. (…) La sociedad accede a la masa de información que refiere a acontecimientos de la realidad especialmente a través de los medios de comunicación, qué seleccionan los acontecimientos noticiables y los hacen noticia, pero también por la experiencia directa con los acontecimientos que se constituyen en lugar de verificación de los mensajes recibidos de los medios. La interpretación de la información periodística se cruza pues con otras series de producción de sentido que circulan tanto por los mismos medios como por fuera de ellos, y que implican, diferentes niveles de procesamiento.
Darle continuidad a las opiniones de Martín, Dragni y Mayorga Rojel, implica inferir a la información periodística como el acto de búsqueda, producción y transmisión y recepción de mensajes de interés colectivo, a través de cualquier medio de comunicación. Según este planteamiento, la información periodística en su sentido más amplio, puede ser vista con ojos particulares, para conducirla hasta terrenos especializados, del cual surgen las diferentes tipologías existentes: política, económica, de sucesos, cultural, nacional, internacional, entre muchas otras (…) pero todas sustentadas en la conciencia, interés e intencionalidad del propio mensaje y de quienes los transmiten.
LA INFORMACIÓN COMO MERCANCÍA: La información no debe tener el valor económico que todos los medios quieren darle, las opiniones no les pertenecen a nadie, simplemente son. Seria mas exacto atribuirles descubridores, Es decir, información unidireccionada hacia los intereses económicos de las cadenas de televisión, radio y prensa, convirtieron en mercancía, el trabajo de toda una vida de un famoso deportista venezolano, y es esto lo que conocemos como el consumo de millones de personas en informaciones hechas mercancía. Rozando en lo tiránico donde unos pocos deciden y millones de personas ni siquiera tienen derecho a la replica. Esta situación de indefensión del usuario medio se ha visto mermada con la aparición de las grades redes informáticas, estas redes son la gran alternativa comunicacional ante la dictadura de los grandes medios, en donde el usuario puede desmontar cualquier matriz de opinión.
LA INFORMACIÓN COMO DERECHO HUMANO: Cuando hablamos de libertad, hablamos de un derecho humano, la información se concibe como la libertad individual, según el cual el ser humano es libre a expresarse, pensar, opinar, siendo dueño y responsable de sus actos. Del mismo modo, siendo la libertad de expresión un derecho indivisible (CNRBV 99), es un deber de los medios masivos de comunicación, ser responsables en sus informaciones por ser los vehículos que ayudan de igual manera y forma, a desinformar, convirtiendo este derecho sagrado en destructor de la misma humanidad, que deja de ser un derecho para convertirse en un deber, cuando el ser humano no tiene más que de ver, oír y callar, (asistiendo como invitado de palo en esta funcion).
“El derecho de acceso a la información en poder del Estado es un requisito fundamental para garantizar la participación democrática, la transparencia y buena gestión pública, y el control del gobierno y de la gestión de las autoridades por la opinión pública, ya que habilita a la sociedad civil para ejercer un escrutinio a las acciones de las autoridades. El libre acceso a la información es un medio para que, en un sistema democrático representativo y participativo, la ciudadanía ejerza sus derechos políticos; en efecto, el pleno ejercicio del derecho de acceso a la información es necesario para evitar abusos de los funcionarios públicos, promover la rendición de cuentas y la transparencia en la gestión estatal, y permitir un debate público sólido e informado que asegure la garantía de recursos efectivos contra los abusos gubernamentales y prevenga la corrupción. Sólo a través del acceso a la información bajo control del Estado que sea de interés público es que los ciudadanos pueden cuestionar, indagar y considerar si se está dando cumplimiento adecuado a las funciones públicas.
Este marco jurídico internacional sobre el acceso a la información pública, lo dimensiona como un derecho humano, el cual debe ser asumido como una obligación de los Estado para garantizarlo, promoverlo y permitir su libre ejercicio. Además, según lo sostiene la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, los Estados deben adecuar su normativa interna según los estándares internacionales, y ofrecer una protección judicial adecuada para esta garantía fundamental.
La relatoría además, resalta que una de las jurisprudencias que ha contribuido al desarrollo del contenido del derecho al acceso a la información es la sentencia sobre el caso, debido a que el acceso a la información “en poder del Estado no ha sido aún descrito de forma integral por la Corte y los hechos de casos futuros podrán ayudar a delinear su alcance”
En Venezuela, el derecho al acceso a la información pública está reconocido a nivel constitucional, bajo la figura de derecho de petición, y se enmarca, además, en las dimensiones del derecho a la libertad de expresión e información. Sin embargo, en el país no existe una Ley de Acceso a la Información Pública, que aporte al desarrollo del contenido de este derecho en nuestra sociedad. Por ello, existe una carencia de un marco normativo específico que proteja y promueva el derecho al acceso a la información pública como una garantía ciudadana, que además, motive la participación de los venezolanos en los asuntos de interés público a través del ejercicio de la contraloría social y la transparencia de la gestión pública.
La información como mercancía…. Se divide en tres:
• PRIMERA
• La
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