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Indemnizacion años De Servicios


Enviado por   •  20 de Abril de 2014  •  6.758 Palabras (28 Páginas)  •  414 Visitas

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I N D I C E

INTRODUCCION

INDEMNIZACIONES POR AÑO DE SERVICIO

• Que se entiende por Indemnizacion por años de servicio

• Clases De Indemnizaciones

• Indemizacion Voluntaria

• Indemnizacion Por Daño Y Prejuicio

• Compatibilidad De Las Remuneraciones

• Incompatibilidad De Las Remuneraciones

• Derecho De Opción Del Trabajador En Caso De Incompatibilidad

• Forma De Calcular Las Indemnizaciones

• Tope De 90 Unidades De Fomento

• Inclusion De Cotizaciones Previsionales

• Ultima Remuneración Devengada

• Casos En Que Procede Deducir El Factor Previsional

• Derogacion O Incremento Factor Previsional

• Forma De Calcular Las Indemnizaciones

ANALISIS A LAS CLASES DE INDEMNIZACIONES

• Indemnización Sustitutiva De Aviso Anticipado De 30 Días

• Indemnización Legal Por Años De Servicio

• Remuneración O Beneficios Que Deben Incluirse Para El Pago De Indemnización Por Años De Servicio

• Remuneración O Beneficios Que Deben Excluirse Para El Pago De Indemnización Por Años De Servicio

• Indemnización Convencional Por Años De Servicio

• Pacto De Indemnización Convencional Sustitutiva A Todo Evento Desde El Séptimo Año

INTRODUCCIÓN

Que se entiende por indemnización años de servicios?, al celebrar un contrato de trabajo entre un empleador y trabajador sabemos que ambos tenemos derechos y obligaciones que deben cumplir, una de ellas es la indemnización por años de servicio. Para entender mejor que es, como se calcula y se contabiliza recurriremos al boletín técnico N°8 (contabilización de la indemnización por años de servicios), y a la NIC 19(Beneficios a los trabajadores)

CUANDO CORRESPONDE PAGAR LA INDEMNIZACION POR AÑOS DE SERVICIO El artículo 163 del Código del Trabajo establece que si el contrato de trabajo hubiere

estado vigente un año o más y el empleador le pusiere término de conformidad al

artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, por necesidades de la empresa,

establecimiento o servicio o por desahucio, deberá pagar al trabajador, al momento de

la terminación, la indemnización por años de servicio que hubieren pactado

contractualmente y de no existir tal pacto la equivalente a 30 días de la última

remuneración mensual devengada por cada año de servicio y fracción superior a seis

meses, prestados continuamente al empleador, indemnización que se encuentra

limitada a 330 días de remuneración. Esta indemnización debe ser pagada por el

empleador al momento de la terminación del contrato, salvo acuerdo en contrario de las partes. De esta forma, lo que condiciona el pago del beneficio es la vigencia del

contrato, esto es, que tenga un año o más y, en segundo término, la causal aplicada

para el término del contrato, vale decir, que sea por el articulo 161 del Código del

Trabajo.

QUE ES LA INDEMIZACION POR AÑOS DE SERVICIO

Son provisiones que corresponden a pasivos ciertos, pero que se calculan sobre una base estimativa.

Estas provisiones se deben mostrar en el balance como un pasivo a Largo plazo, a menos que la empresa sepa que porción pagara dentro del año siguiente.

Según el BT 8

Las indemnzaciones se pueden pagar a base del último sueldo por cada año de servicio en la empresa, o con ciertos límites máximos en cuanto al número de años a considerarse o en cuanto a los términos monetarios. Asimismo, el acuerdo puede considerar el devengamiento del beneficio a contar desde la fecha en que él se suscribe o reconocer un efecto retroactivo, desde la fecha en que el personal inició su trabajo en la empresa.

Este beneficio generalmente es pagadero cuando el empleado u obrero cesa sus servicios a la empresa, y el derecho a su cobro puede ser adquirido por diversas causas, según se indique en los convenios, como ser por jubilación, por despido, por retiro voluntario, por incapacidad o inhabilidad, por fallecimiento, etc.

2. Existen 2 fórmulas que corrientemente se convienen para la administración del beneficio:

a) El beneficio íntegro es de cargo de la empresa.

b) El beneficio se financia mediante la creación de un fondo, administrado por la empresa o autónomamente, el que se forma con aportes establecidos en el convenio, generalmente basados en porcentajes de las remuneraciones. Estos aportes pueden ser de la empresa y del trabajador, o sólo de la empresa, según se convenga, y la obligación de la empresa puede o no estar limitada a los aportes estipulados en el convenio.

3. Existen disposiciones legales que hacen exigible en ciertos casos el pago de indemnizaciones al personal, las que deben diferenciarse de las indemnizaciones por años de servicio mencionadas en el párrafo anterior.

4. Se ha observado una falta de uniformidad en la contabilización de las indemnizaciones por años de servicio al personal. Tal es así, que:

a) algunas empresas sólo las contabilizan como gasto en el momento en que deben efectuar un pago por este concepto,

b) otras optan por contabilizar una provisión que

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