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Infraestructura y Proceso Industriales Programa de Ciencias Jurídicas y Políticas

lalucontrerasApuntes12 de Octubre de 2020

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Universidad Nacional Experimental

De Los Llanos occidentales

“Ezequiel Zamora” Vicerrectorado de

Infraestructura y Proceso Industriales

    Programa de Ciencias Jurídicas y Políticas

                                                      Unellez-San Carlos

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Profesor:                                                                                          Estudiante:

Yorman Perez                                                                              Stefany Mujica

                                                                                                        C.I: 15.258.147

                                                                                                2º Año Sección Única

San Carlos 18 de Agosto del 2020

INDICE

Mecanismos o Procedimientos Administrativos que se aplicaban antes de la vigencia de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA).......02

Proceso, Procedimiento, Procedimiento Administrativo…………………..02, 03

Diferencias entre Proceso y Procedimiento Administrativo……………….03

Principios del Procedimiento Administrativo……………………………...03, 04

Garantías Jurídicas………………………………………………………….04, 05

Derechos que constituyen o forman parte del Derecho a la Defensa en el ámbito del Procedimiento Administrativo………………………………………05, 06, 07

Fases de: Inicio, Sustanciación y Terminación del Procedimiento Administrativo Ordinario, según la LOPA……………………………………………07, 08, 09, 10

Procedimiento Administrativo Sancionatorio de Amonestación Escrita de Funcionarios Públicos, según la Ley del Estatuto de la Función Pública (LEFP)……………………………………………………………………………10

Causales de Amonestación Escrita de Funcionarios Públicos, según la (LEFP)...11

Recursos interpuestos contra las decisiones sancionatorias de Amonestación

Escrita de Funcionarios Públicos, según la (LEFP)………………………….......11

Actos o pasos que se deben cumplir en el Procedimiento Administrativo Sancionatorio de Destitución de Funcionarios Públicos, según la LEFP…………………………………………………………………11, 12, 13, 14

Causales de Destitución de Funcionarios Públicos, según la LEFP…………14, 15

Lapsos para la Prescripción de las Faltas de los Funcionarios Públicos, sancionables……………………………………………………………………...15

Recursos que pueden interponerse contra las decisiones sancionatorias del Procedimiento de Determinación de Responsabilidades, según la LOCGRSNCF………………………………………………………………..15, 16

Prescripción de las acciones administrativas sancionatorias derivadas de la LOCGRSNCF, según dicha ley……………………………………………...16, 17

Conclusión………………………………………………………………………..18

Referencias Bibliográficas……………………………………………………….19

Anexos……………………………………………………………20, 21, 22, 23, 24

INTRODUCCIÓN

     En el trabajo que realizaremos a continuación, debemos realizar investigaciones en distintos autores o bibliografías, debido a que este tema es sumamente importante para el desarrollo del derecho en cuanto al ejercicio, ya que podremos entender en qué consistía el derecho administrativo antes de la existencia de la LOPA y luego de que fue aprobada esta ley.

     En ausencia de la LOPA, cuando no había un Reglamento o ley especial que estableciera el procedimiento administrativo, la situación era de absoluta discrecionalidad del funcionario, potestad esta que había sido reconocida por la Corte Suprema de Justicia (CSJ)  en jurisprudencia, al precisar que en ausencia de una ley especial que estableciera forma precisa de procedimiento, la Administración tenía discrecionalidad para determinar cuál podría ser la mejor forma de conducir el Procedimiento Administrativo para conducir un acto administrativo. Esta discrecionalidad llevó a la CSJ a establecer a través de varias sentencias, algunos mecanismos correctivos.

     También en el desarrollo podremos observar algunas diferencias que existen entre el Proceso y el Procedimiento, Las Garantías Jurídicas, etc…. Veremos reflejados algunos artículos de la LOPA, la constitución y otros. Ejemplo: Art: 257 (CRBV) establece “el proceso constituye un instrumento para la realización de la justicia. Las leyes procesales establecerán la simplificación, uniformidad y eficacia de los trámites y adoptarán un procedimiento breve, oral y público. No sacrificará la justicia por la omisión de formalidades no esenciales”.

  1. ¿Cuáles eran los mecanismos o procedimientos administrativos que se aplicaban antes de la vigencia de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA)?

Antes de esta ley, puede decirse que no había en nuestro país, procedimiento administrativo establecido legalmente con carácter general. Múltiples Leyes Especiales preveían procedimientos específicos, así como muchos Reglamentos regulan aspectos concretos del procedimiento, pero no había un cuerpo legal que regulara en forma general el procedimiento, como lo hace la LOPA.

Antes de la vigencia de la LOPA, el procedimiento administrativo en nuestro país estaba básicamente fundado en principios generales del Derecho. La LOPA, ahora positivisa esos principios generales dándole fuerza de derecho positivo escritos, con lo cual aquellos principios ahora tienen un carácter mucho más vinculantes para la Administración.

  1. Defina:
  • Proceso: El proceso constituye el objeto de conocimiento de la ciencia del Derecho Procesal. En su significación jurídica, el proceso consiste en el fenómeno producto para obtener la aplicación de la ley a un caso concreto y particular.  El proceso, está constituido por un conjunto de actividades, o sea muchos actos ordenados y consecutivos que realizan los sujetos que en él intervienen, con la finalidad que se ha señalado.

Es el instrumento necesario y esencial para que la función jurisdiccional se realice.

El artículo 257 CRBV establece: “el proceso constituye un instrumento para la realización de la justicia. Las leyes procesales establecerán la simplificación, uniformidad y eficacia de los trámites y adoptarán un procedimiento breve, oral y público. No se sacrificará la justicia por la omisión de formalidades no esenciales.”

  • Procedimiento: El procedimiento alude al fenómeno externo, a lo puramente rutinario en el desenvolvimiento de la actividad preordenada por la ley procesal, que realizan las partes y el órgano de la jurisdicción.

  • Procedimiento Administrativo: El procedimiento administrativo generalmente abarca un conjunto de actos preparatorios que han de culminar en la decisión de la autoridad administrativa competente sobre la cuestión de fondo que le corresponde resolver. El pronunciamiento emitido como resultado de un procedimiento es el acto administrativo principal, también llamado definitivo, resolutorio o decisorio. .

Los procedimientos administrativos son también llamados procedimientos internos, porque se tramita en el seno de la Administración. Se distinguen de los procedimientos contenciosos de los cuales conocen los órganos jurisdiccionales.

La LOPA, regula las relaciones entre el particular y el órgano público, es decir, los derechos y deberes, así como también los principios de actuación de los organismos públicos con la finalidad de preservar el interés público.

3.  Determina cuatro (4) diferencias entre Proceso y Procedimiento Administrativo.

a) El proceso es el instrumento fundamental para la realización de la justicia, compuesto por un conjunto de actos que se dan en sede judicial en ejercicio de la función jurisdiccional, mediante los cuales se produce una sentencia; el procedimiento se da en sede administrativa o función administrativa.

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