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LA LEY DE PROPIEDAD.


Enviado por   •  17 de Septiembre de 2013  •  Tesis  •  4.935 Palabras (20 Páginas)  •  358 Visitas

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LA LEY DE PROPIEDAD.

Los Propósitos y Objetivos de la Ley de Propiedad.

Tiene como propósito crear un sistema de derechos de propiedad incluyente y universal con el fin de desarrollar y ejecutar la política nacional sobre propiedad inmueble, mueble, mercantil, intelectual y demás derechos que se determinen para facilitar la realización de todo tipo de actividades económicas por parte de los particulares. Sus disposiciones son de orden público.

Creación, Órganos y Patrimonio.

Crease el Instituto de la Propiedad (IP) como órgano desconcentrado de la Presidencia de la República, el cual funcionará con independencia técnica, administrativa y financiera. El Instituto de la Propiedad (IP) ejercerá sus funciones en todo el territorio nacional, tiene su asiento en la capital de la República pudiendo establecer dependencias y centros asociados en los lugares que estime conveniente.

Son atribuciones y deberes del instituto de la propiedad los siguientes:

1. Cumplir y hacer cumplir la presente Ley;

2. Coordinar la creación y operación de un sistema integrado de información de la propiedad que conecte electrónicamente una red amplia de informática entre diversas instituciones públicas y/o privadas con el propósito de crear una comunicación electrónica básica entre ellas para compartir datos digitales, geográficos o alfanuméricos;

3. Incorporar normas y prácticas internacionales sobre las materias de propiedad sujetos a su competencia;

4. Emitir la normativa administrativa para el establecimiento y operación de los registros de la propiedad inmueble, mueble, mercantil, y de propiedad intelectual

5. Garantizar la seguridad y conservación de las inscripciones que se realicen;

6. Normar el funcionamiento de centros asociados para que operen determinados registros o faciliten el cumplimiento de sus propósitos;

7. Emitir las resoluciones que sean necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones y deberes; y,

El Instituto de la Propiedad estará integrado por:

1. El Consejo Ejecutivo, como órgano de dirección;

2. El Centro Nacional de Registros y Catastro (CENREC);

3. El Programa Nacional de Regularización Predial;

4. El Comisión Nacional de Política y Normativa de la Propiedad (CONAPON);

5. La Inspectoría General; y,

6. La Superintendencia de Recursos.

El patrimonio del Instituto de la Propiedad estará constituido por:

1. Los bienes muebles, inmuebles y asignaciones presupuestarias que el Estado le transfiera;

2. Los recursos y rendimientos provenientes de las inversiones y operaciones bancarias y financieras;

3. Los recursos provenientes del pago de los servicios que preste;

4. Las herencias, legados y donaciones que reciba conforme a la Ley;

5. Cualquier otro ingreso que perciba..

DEL CONSEJO EJECUTIVO

El Consejo Ejecutivo es el órgano de decisión y dirección superior el cual estará integrado por:

1. El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación y Justicia, quien lo presidirá;

2. El Secretario de Estado en los Despachos de Industria y Comercio;

3. El Secretario de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente;

4. El Gerente General de la Corporación Hondureña de Desarrollo Forestal (COHDEFOR); y,

5. El Director Ejecutivo del Instituto Nacional Agrario (INA).

Son atribuciones del Consejo Ejecutivo las siguientes:

1. Nombrar y remover al Secretario Ejecutivo y a los Directores Generales;

2. Aprobar los planes para la implementación del proceso de regularización;

3. Delegar en el Secretario Ejecutivo y en los Directores Generales atribuciones para el cumplimiento de sus funciones;

4. Aprobar o improbar las recomendaciones de la Comisión Nacional de Política y Normativa de la Propiedad (CONAPON);

5. Aprobar o improbar los Informes Anuales presentados por los Directores Generales;

6. Aprobar el proyecto de presupuesto de la institución;

7. Aprobar la Memoria y liquidación presupuestaria anuales;

No podrán ser Secretario Ejecutivo, Directores e Inspectores Generales los siguientes:

1. Los cónyuges y parientes entre sí dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad;

2. Los cónyuges y parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad de los miembro del Consejo Ejecutivo;

3. Quienes sean socios, accionistas o miembros de los órganos de administración de las personas jurídicas que tengan contratos con el Instituto de la Propiedad (IP);

4. Los declarados en quiebra.

5. Los que hubieren sido condenados por delitos cometidos contra la administración pública; y,

6. Los morosos con la Hacienda Pública.

Para ser Secretario Ejecutivo y Director General se requiere:

1. Ser profesional con grado universitario;

2. Haber ejercido su profesión por un período no menor de cinco (5) años;

3. Ser de reconocida honorabilidad; y,

4. Ser ciudadano hondureño en el ejercicio de sus derechos civiles.

El Centro nacional de Registros y Catastro (CENREC)

El Centro Nacional de Registros

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