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LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE


Enviado por   •  1 de Agosto de 2015  •  Apuntes  •  5.736 Palabras (23 Páginas)  •  75 Visitas

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         V.S.

EXPEDIENTE:

H.  JUNTA ESPECIAL NUMERO DE

LA LOCAL  DE  CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

DEL DISTRITO FEDERAL.

PRESENTE:

        , promoviendo por mi propio derecho y con la personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida en los autos del juicio mencionado al rubro, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

        Que por medio del presente escrito, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 600, 776, 777, y 778, y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo, estando en tiempo y forma, vengo a ofrecer, las siguientes:

P R U E B A S

1.- LA CONFESIONAL.- A cargo de la persona moral y hoy codemandada, quien deberá comparecer  por conducto de su apoderado ó representante legal, con facultades para absolver posiciones, debiendo ser citado con el apercibimiento de Ley, por lo que solicito que la misma le sea notificado por conducto del representante legal compareciente en la presente audiencia, lo anterior  para los efectos legales a que hay lugar, y que para el caso de no concurrir, sin justa causa; se le tendrá por confesa de todas y cada una de las posiciones que se le articulen en el día y hora que se señalen para la audiencia respectiva, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 776, 786, 788 y 789, y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo.

        Prueba que relaciono, tanto con todos y cada uno de los hechos de mi escrito inicial de demanda como del escrito de Ampliación, aclaración y precisión de demanda, teniendo por objeto principal la acreditación de la relación Laboral que existió entre las partes, y que tienden a establecer que se le adeudan todas y cada una de las prestaciones legales reclamadas, así como que fue despedida por la demandada en forma injustificada, así como todo lo relacionado con los hechos controvertidos.

2.- LA CONFESIONAL.- A cargo de la persona moral y hoy codemandada., quien deberá comparecer  por conducto de su apoderado ó representante legal, con facultades para absolver posiciones, debiendo ser citado con el apercibimiento de Ley, por lo que solicito que la misma le sea notificado por conducto del representante legal compareciente en la presente audiencia, lo anterior  para los efectos legales a que hay lugar, y que para el caso de no concurrir, sin justa causa; se le tendrá por confesa de todas y cada una de las posiciones que se le articulen en el día y hora que se señalen para la audiencia respectiva, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 776, 786, 788 y 789, y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo.

        Prueba que relaciono, tanto con todos y cada uno de los hechos de mi escrito inicial de demanda como del escrito de Ampliación, aclaración y precisión de demanda, teniendo por objeto principal la acreditación de la relación Laboral que existió entre las partes, y que tienden a establecer que se le adeudan todas y cada una de las prestaciones legales reclamadas, así como que fue despedida por la demandada en forma injustificada, así como todo lo relacionado con los hechos controvertidos.

3.- LA CONFESIONAL.- A cargo de la persona moral y hoy codemandada, quien deberá comparecer  por conducto de su apoderado ó representante legal, con facultades para absolver posiciones, debiendo ser citado con el apercibimiento de Ley, por lo que solicito que la misma le sea notificado por conducto del representante legal compareciente en la presente audiencia, lo anterior  para los efectos legales a que hay lugar, y que para el caso de no concurrir, sin justa causa; se le tendrá por confesa de todas y cada una de las posiciones que se le articulen en el día y hora que se señalen para la audiencia respectiva, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 776, 786, 788 y 789, y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo.

        Prueba que relaciono, tanto con todos y cada uno de los hechos de mi escrito inicial de demanda como del escrito de Ampliación, aclaración y precisión de demanda, teniendo por objeto principal la acreditación de la relación Laboral que existió entre las partes, y que tienden a establecer que se le adeudan todas y cada una de las prestaciones legales reclamadas, así como que fue despedida por la demandada en forma injustificada, así como todo lo relacionado con los hechos controvertidos.

4.- LA CONFESIONAL.- A cargo del codemandado, en su carácter de propietario de la Institución multicitada, quien deberá comparecer en forma personalísima y no por conducto de apoderado legal alguno, para absolver posiciones que se le articularan el día y hora que esta autoridad así disponga, a efecto de que se lleve a cabo el desahogo de dicha probanza, debiendo ser citado por conducto de su apoderado y/o representante legal compareciente a la audiencia respectiva, lo anterior, por economía, celeridad procesal y para los efectos legales a que haya lugar, con el apercibimiento de Ley de que para el caso de no comparecer, sin justa causa, se le declare confeso de todas y cada una de las posiciones cuya legalidad sea previamente calificada de legales; de conformidad con lo dispuesto por los artículos 776, 786, 788, 789, y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo

        Prueba que relaciono, tanto con todos y cada uno de los hechos de mi escrito inicial de demanda como del escrito de Ampliación, aclaración y precisión de demanda, teniendo por objeto principal la acreditación de la relación Laboral que existió entre las partes, y que tienden a establecer que se le adeudan todas y cada una de las prestaciones legales reclamadas, así como que fue despedida por la demandada en forma injustificada, así como todo lo relacionado con los hechos controvertidos.

5.- LA CONFESIONAL.- A cargo del demandado, en su carácter de propietario de la Institución multicitada, quien deberá comparecer en forma personalísima y no por conducto de apoderado legal alguno, para absolver posiciones que se le articularan el día y hora que esta autoridad así disponga, a efecto de que se lleve a cabo el desahogo de dicha probanza, debiendo ser citado por conducto de su apoderado y/o representante legal compareciente a la audiencia respectiva, lo anterior, por economía, celeridad procesal y para los efectos legales a que haya lugar, con el apercibimiento de Ley de que para el caso de no comparecer, sin justa causa, se le declare confeso de todas y cada una de las posiciones cuya legalidad sea previamente calificada de legales; de conformidad con lo dispuesto por los artículos 776, 786, 788, 789, y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo

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