ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

LAS Y LOS NUEVOS CIUDADANOS REPUBLICANOS Y EL NUEVO PROYECTO NACIONAL ORIGEN

silyan375 de Noviembre de 2012

4.269 Palabras (18 Páginas)2.301 Visitas

Página 1 de 18

Artículo 10. ° El territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad.

El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad.

El BIEN SOCIAL no implica un colectivismo, donde todos son, teóricamente, dueños de todo pero la propiedad, posesión y uso se transforman en una abstracción para el pueblo. No así para una minoría usurpadora que ocupa el vértice de la pirámide social, desde donde usa y abusa de la propiedad y desde allí administra la abundancia y escasez: el dominio del hombre. Tal como en el capitalismo plutocrático. El bien social es un bien comunitario y funcional donde un sector del pueblo es dueño de esa parte que requiere para satisfacer necesidades concretas y que en sí conforma una realidad. Dentro del marco de una reglamentación ordenadora, todos tienen su titularidad y su goce.

Un ejemplo nos ilustra mejor a otro nivel. Los clubes de barrio sirvieron para que los vecinos no sólo pudieran encontrarse, compartir, conocerse, sino para poder gozar de ventajas que individualmente no podrían obtener: gimnasio, canchas, piletas, asadores, juegos recreativos, elementos materiales a los que se agregan la socialidad, el trato, la experiencia común.

Hoy las clases más adineradas tienen acceso a los clubes de campo, en un ámbito más restringido. Pero no dejan de construir un bien social. Como nadie puede ser zarza como para utilizar todo al mismo tiempo, la dinámica social hace que los integrantes de una comunidad determinada hagan uso alternativo de los bienes comunes.

El enaltecimiento de las virtudes cívicas constituye un aspecto cuya centralidad es indiscutible en la tradición republicana. La clave de la robustez de la república está en la formación cívica y la participación de los ciudadanos en la res pública, la cosa pública que a todos nos concierne.

El republicanismo apuesta por la fortaleza cotidiana de las virtudes cívicas, sostén de la república, por lo que la erosión de aquellas conlleva la decadencia de ésta. De allí la relevancia que se le da a la formación ciudadana, así como la preocupación permanente por los efectos deletéreos de la corrupción.

El participacionismo contemporáneo, heredero a su modo de la tradición republicana, intenta rescatar la sustancia popular de la democracia, jaqueada de tal forma por fenómenos de diversa índole como la imposición técnica, la oligarquía y el poder invisible, que hoy es moneda corriente, aunque enmarcada dentro de distintos enfoques y acepciones, hablar de la crisis de la democracia representativa.

La tradición republicana, a través (aunque no únicamente) de la doctrina bolivariana, trasversaliza impregnando de sentido el texto constitucional de 1999. En algunos casos esa trasversalización es manifiesta y explícita como ilustrativamente se patentiza en diversas normas constitucionales. Así:

- La ética como valor superior que debe propugnar el Estado democrático y social de Derecho y de Justicia (art. 2 CB). La ética debe entenderse aquí como fundamento de la moral pública y no como disciplina filosófica que se dedica a la reflexión sobre la moral.

- El amor a la patria y las virtudes cívicas como conceptos positivos que debe promover el Poder Ciudadano (art. 278 CB).

- La educación de acuerdo con la Constitución no es exclusivamente un derecho sino también un deber y un proceso fundamental para alcanzar los fines esenciales del Estado (artículos 3 y 102 CB), donde la educación ciudadana adquiere un estatus constitucional. Dentro de ella la enseñanza de los principios del ideario bolivariano (art. 108 CB) conforma un mandato constitucional.

- En el capítulo de los deberes de los venezolanos se consagra expresamente el de honrar y defender la patria, dentro de un conjunto de deberes (art. 130 CB) todos ellos con asidero en la tradición republicana. Además el amor a las leyes implica un deber de obediencia (art. 131 CB) y el reconocimiento de la supremacía constitucional (art. 7 CB), que encuentra como mecanismo de protección en situaciones límite de usurpación, fraude y despotismo constitucional, el deber de la desobediencia legítima y la resistencia a la opresión, abarcando incluso la posibilidad de legitimar la rebelión constitucional, en fidelidad a la tradición republicana de nuestro pueblo, como lo recalca la norma contemplada en el artículo 350 de la Constitución.

DEBERES DEL CIUDADANO BÁSICAMENTE ARTÍCULOS DEL 130 AL 135 DE LA CONSTITUCIÓN.

Nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, suprema rectora del ordenamiento jurídico venezolano, cuyo esquema resulta de un alto y eminente contenido social, apegada a las nuevas tendencias protectoras del colectivo y garante de los derechos humanos, sociales, civiles y políticos, a la vez que salvaguarda y enaltece estos derechos, establece deberes de responsabilidad social para todos los venezolanos y venezolanas, con lo cual contribuyan no sólo con la defensa de la Soberanía y la integridad Nacional, el gasto público o la defensa y preservación del desarrollo del país, sino también, con el cumplimiento de los deberes sociales de participación civil y política, defensa de los derechos humanos y no menos importante, la obligación que tienen los particulares dentro de sus capacidades, de ser solidarios y responsables con el Estado, en lo que a asistencia social y humanitaria se refiere. Teniendo como principales ejecutores de tal deber por mandato constitucional expreso, a todos aquellos quienes aspiren al ejercicio de cualquier profesión.

Así mismo, señala la norma constitucional, en su artículo 3 que son fines esenciales del Estado Venezolano “(...) la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. La

educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.”

En tal sentido, el artículo 135 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece en su parte in fine que “(...) Quienes aspiren al ejercicio de cualquier profesión, tienen el deber de prestar servicio a la comunidad durante el tiempo, lugar y condiciones que determine la ley”

Lo anteriormente expuesto se complementa con lo dispuesto en el artículo 102 de la Constitución, en el cual se expresa que, la educación tiene por finalidad (...,) desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social ( ...) De igual manera el artículo 79 constitucional, expresa que “Los jóvenes y las jóvenes tienen el derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, creará oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y, en particular, la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la ley.”

La Constitución Nacional establece e impone una serie de Deberes que deben ser cumplidos por todos los venezolanos y también por los extranjeros que residan en el país. Esa serie de Deberes se pueden clasificar en las siguientes categorías:

1. Deberes para Con La Patria: son el conjunto de obligaciones que tiene todo venezolano o extranjero residente en el país para con la Nación, estos son:

• El deber de honrar y defender la Nación.

• El deber de honrar y defender los Símbolos Patrios.

• El deber de honrar y defender los valores culturales.

• El deber de honrar y defender la Nacionalidad.

• El deber de honrar y defender la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación.

2. Deberes para con La Constitución y Las Leyes: son el conjunto de obligaciones que se adquieren y deben cumplir, pues las mismas están consagradas expresamente en las Leyes, y el incumplimiento acarrea una sanción.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (22 Kb)
Leer 17 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com