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LAVADO DE ACTIVOS


Enviado por   •  10 de Julio de 2015  •  2.105 Palabras (9 Páginas)  •  168 Visitas

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SECCIÓN 4: DE LA PREVENCIÓN DE ACTOS INCORRECTOS Y FRAUDE Las Compañías del Grupo no están exentas de la posibilidad de ser víctimas de actos deshonestos que afecten sus activos, utilidades, o que pongan en riesgo a sus empleados, productos, servicios e imagen corporativa. Por esta razón, la prevención de los actos incorrectos y del fraude es una regla de conducta para los empleados. El Grupo Bancolombia tiene como premisa fundamental, la no tolerancia de los actos incorrectos y del fraude, por tal razón una vez estos son identificados se tomarán correctivos inmediatos, los cuales incluyen el reporte y denuncia ante las autoridades pertinentes cuando a ello haya lugar. Los actos incorrectos corresponden a los hechos o actos que afectan al Grupo o sus clientes en diferentes aspectos, tales como buenas prácticas del manejo del negocio, transparencia en la información al mercado, la credibilidad, la confianza, la imagen corporativa y su reputación. Además de algunos actos que se describen en el presente Código, el Grupo ha definido las siguientes categorías de actos incorrectos: • Apropiación indebida de recursos: En general, toda apropiación, desviación, ocultamiento o uso de los bienes de propiedad o bajo responsabilidad del Grupo, para ser destinados a fines diferentes de aquellos para los cuales hayan sido específicamente adquiridos o recibidos. En esta categoría se incluyen, entre otros: - Hurto en sus distintas clasificaciones. - Abuso de confianza. - Desviación o uso indebido de información reservada. - Malversación, ocultamiento y destinación diferente de recursos. - Apropiación física de bienes, sin la respectiva autorización. - Apropiación u ocultamiento de dinero, títulos representativos de valor o similares, así sea de manera temporal. - Realización de gastos no autorizados, en beneficio propio o de terceros. - Copia no autorizada de programas, software o en general, de activos protegidos por la propiedad intelectual. • Corrupción: Definida como el requerimiento o aceptación, ofrecimiento u otorgamiento, por o hacia un empleado del Grupo, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas de cualquier clase, para sí 10 mismo o para otra persona, a cambio de la realización u omisión de cualquier acto relacionado con su trabajo o para influenciar la toma de una decisión o conceder un tratamiento favorable. Se incluye como acto de corrupción, el soborno a funcionarios públicos o privados, a título personal o a nombre del Grupo, para la realización de una determinada acción inapropiada o la omisión de una actuación por parte de dichos funcionarios. • Falsos Reportes: Son aquellos tendientes a distorsionar u ocultar la realidad de una situación financiera o comercial del desempeño propio o de terceros. Se entienden incluidos como falsos reportes, entre otros: - Suministro de información falsa o que no corresponda a la realidad, a terceros o a otros empleados del Grupo para encubrir el desempeño deficiente o para acceder a bonificaciones o beneficios personales o de terceros. - Omitir o distorsionar la información que de acuerdo con las disposiciones legales y las políticas del Grupo debe ser divulgada al mercado o a terceros. - Utilizar información que induzca a engaño o confusión a inversionistas, entidades financieras o terceros en general. • Manipulación de Estados Financieros: Se define como la producción, alteración o supresión deliberada de registros, realizados de tal forma que se distorsionen los estados financieros. Dicha manipulación comprende, pero no se limita a: - El acto de diferir el registro de ingresos para disminuir los resultados de un período. - El acto de diferir o registrar un egreso, en fecha diferente a la de su causación, con el propósito de mejorar los resultados de un período. - El uso de cuentas provisionales o cuentas puente, para distorsionar ingresos o egresos significativos. - La creación de transacciones falsas con proveedores, acreedores o terceros. - La manipulación de saldos de cuentas del activo y pasivo. - El traslado periódico de obligaciones reales o ficticias de un acreedor o deudor a otro, real o ficticio, con el propósito de falsear la realidad de los saldos de cartera, cuentas por cobrar, cuentas por pagar y otros activos o pasivos. - Ocultamiento de errores contables. - En general, toda manipulación contable de la realidad financiera de las entidades del Grupo. 11 • Incumplimiento de Obligaciones Legales: Algunas de estas obligaciones son: - Presentación de reportes falsos o inexactos, a sabiendas de la falsedad o inexactitud. - Falsos reportes de cumplimiento de regulaciones legales. - Ocultamiento deliberado de violaciones legales. • Abuso tecnológico, incluyendo el acceso no autorizado a sistemas de cómputo o sitios que tengan restricción de ingreso, violación de licencias de software, implantación de virus u otro código dañino o cualquier tipo de sabotaje, como: - Acceso o divulgación no autorizada de archivos electrónicos. - Uso indebido de la Red y otros recursos, incluido internet. - Manipulación de contraseñas o uso indebido de las mismas para alteración o supresión de registros. - Destrucción o distorsión de información clave para el Grupo o de sus clientes. - Fraude tecnológico o por computador, en todas sus manifestaciones. • Operaciones indebidas con los equipos, estaciones de trabajo y aplicativos del Grupo: Ningún empleado podrá utilizar aplicaciones de trabajo internas del Grupo Bancolombia que le sean habilitadas para el desarrollo de sus funciones, con el fin de realizar modificaciones, alteraciones o supresiones de registros de manera indebida y no autorizada. Los empleados deberán abstenerse de usar accesos y privilegios sobre los sistemas, para realizar consultas o transacciones en beneficio propio o de familiares o amigos. Los empleados podrán realizar consultas de sus productos y servicios a través de su estación de trabajo, de igual manera a como lo haría cualquier cliente del Grupo. Las Compañías del Grupo podrán establecer restricciones para el uso de ciertos dispositivos tales como celulares, smarthphones, tabletas, etc, en determinadas áreas de las Compañías que tengan información reservada o confidencial. Para tal efecto, al momento del ingreso a dichas áreas los empleados deberán entregar los dispositivos de comunicación a la persona que para tal efecto designe la Compañía o deberán guardarlo en los casilleros que se destinen para tal fin. 12 4.1. Obligación general relacionada con actos incorrectos Todos los empleados, incluyendo los de las empresas que contratan con el Grupo, tienen la obligación de reportar cualquier sospecha o evidencia de la realización de un acto incorrecto,

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