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LEY Nº 29158


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2013  •  Tesis  •  7.605 Palabras (31 Páginas)  •  280 Visitas

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LEY ORGANICA DEL PODER EJECUTIVO

LEY Nº 29158

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la República

Ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY ÓRGANICA DEL PODER EJECUTIVO

TÍTULO PRELIMINAR

Artículo I.- Principio de legalidad

Las autoridades, funcionarios y servidores del Poder Ejecutivo están sometidos a la

Constitución Política del Perú, a las leyes y a las demás normas del ordenamiento jurídico.

Desarrollan sus funciones dentro de las facultades que les estén conferidas.

Artículo II.- Principio de servicio al ciudadano

Las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad;

actúan en función de sus necesidades, así como del interés general de la nación, asegurando

que su actividad se realice con arreglo a:

1. Eficacia: la gestión se organiza para el cumplimiento oportuno de los objetivos y las

metas gubernamentales.

2. Eficiencia: la gestión se realiza optimizando la utilización de los recursos disponibles,

procurando innovación y mejoramiento continuo.

3. Simplicidad: la gestión elimina todo requisito y procedimiento innecesario. Los

procesos deben ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir.

4. Sostenibilidad ambiental: la gestión se orienta al uso racional y sostenible de los

recursos naturales.

5. Predictibilidad: la gestión brinda información veraz, completa, confiable y oportuna,

que permita conciencia bastante certera acerca del resultado de cada procedimiento.

6. Continuidad: la gestión adopta como referentes de actuación las políticas de Estado

acordadas, así como los objetivos y metas de planeamiento y programación multianual

establecidos.

7. Rendición de cuentas: los responsables de la gestión dan cuenta periódicamente, a

la población, acerca de los avances, logros, dificultades y perspectivas.

8. Prevención: gestión para enfrentar los riesgos que afecten la vida de las personas, y

para asegurar la prestación de los servicios fundamentales.

9. Celeridad: la gestión debe asegurar que todo procedimiento cumpla su trámite

regular dentro de los plazos establecidos, evitando actuaciones que dificulten su

desenvolvimiento, bajo responsabilidad.

Artículo III.- Principio de Inclusión y Equidad

El Poder Ejecutivo afirma los derechos fundamentales de las personas y el ejercicio de

sus responsabilidades, procurando:

1. Inclusión: la gestión promueve la incorporación económica, social, política y cultural

de los grupos sociales excluidos y vulnerables, y de las personas con discapacidad de

cualquier tipo que limita su desempeño y participación activa en la sociedad.

2. Equidad: la gestión promueve la igualdad de todas las personas en el acceso a las

oportunidades y beneficios que se derivan de la prestación de servicios públicos y de la

actividad pública en general.

Artículo IV.- Principio de participación y transparencia

Las personas tienen derecho a vigilar y participar en la gestión del Poder Ejecutivo,

conforme a los procedimientos establecidos por la ley. Para ello, las entidades del Poder

Ejecutivo actúan de manera que las personas tengan acceso a información, conforme a ley.

Artículo V.- Principio de organización e integración

Las entidades del Poder Ejecutivo:

1. Se organizan en un régimen jerarquizado y desconcentrado cuando corresponda,

sobre la base de funciones y competencias afines, evitando la duplicidad y superposición de

funciones.

2. Coordinan y cooperan de manera continua y permanente con los Gobiernos

Regionales y Gobiernos Locales en el marco de la Ley y la Constitución Política del Perú.

3. Se relacionan con los otros Poderes del Estado y Organismos autónomos, con

arreglo a la Constitución Política del Perú y la ley.

4. Ejercen con imparcialidad y neutralidad los poderes que les han sido conferidos.

Artículo VI.- Principio de competencia

1. El Poder Ejecutivo ejerce sus competencias sin asumir funciones y atribuciones que

son cumplidas por los otros niveles de gobierno.

2. El Poder Ejecutivo ejerce sus competencias exclusivas, no pudiendo delegar ni

transferir las funciones y atribuciones inherentes a ellas.

TÍTULO I

ORGANIZACIÓN Y COMPETENCIA DEL PODER EJECUTIVO

Capítulo I

Objeto y Disposiciones Generales

Artículo 1.- Objeto de la Ley

La presente Ley

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