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LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO

Jackelinnava19 de Abril de 2013

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL

“RAFAEL MARÍA BARALT”

VICERRECTORADO ACADÉMICO

PROGRAMA: POSTGRADO

MAESTRÍA: GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS.

UNIDAD III

LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO

Presentado por:

Jackelin Nava

Altagracia, febrero de 2013.

ESQUEMA

Introducción.

UNIDAD III. LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO

1) Objeto de la ley.

2) Ámbito de aplicación.

3) Comité de seguridad y salud laboral.

4) La participación y el control social.

5) Accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales,

6) Responsabilidades y sanciones.

Conclusiones.

Referencias Bibliográficas.

INTRODUCCIÓN

La sociedad actual sufre grandes transformaciones, en aspectos diversos, entre los cuales destacan en el aspecto social, en cuanto al reconocimiento de los derechos humanos y del derecho fundamental en el trabajo, entre otros; en lo laboral, se caracteriza por la flexibilización de las legislaciones laborales para abrir el espacio de negociación entre los sujetos privados, nuevas formas de organización del trabajo, y diversificación de la protección de la norma estatal. Aparecen, además, dos nuevas figuras que tienen incidencia inmediata en esa transformación, como lo son la informática y la globalización.

Venezuela, no escapa a esta realidad y en este marco nace la ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT, 2005), cuyo fin último es la regulación de los derechos y deberes de trabajadores y empleadores en materia de seguridad, salud y ambiente de trabajo, estableciendo las prestaciones a cargo de la seguridad social en caso de accidente o enfermedad ocupacional, y a cargo del empleador cuando existiere dolo o negligencia de su parte, creando además la figura de la responsabilidad subjetiva, mediante la cual el patrón es responsable por haber creado el riesgo.

De allí surge la necesidad de estudiar la LOPCYMAT, conocer el alcance de la responsabilidad del empleador, así como las sanciones a que hubiere lugar si fuese el caso.

En consecuencia, la LOPCYMAT otorga tanto derechos y deberes a los trabajadores y empleadores. Es así, que su artículo 53 enuncia una serie de derechos en favor del trabajador, que convergen en el desarrollo de sus labores en un ambiente adecuado y propicio para el ejercicio de sus facultades físicas y mentales, bajo condiciones de seguridad.

Del mismo modo, le son impuestos deberes, los cuales propenden al ejercicio de sus funciones bajo respeto de las condiciones de seguridad, resguardo de las instalaciones y equipos. Por otra parte, como derecho de los empleadores, se contrapone la capacidad de exigir a los trabajadores el cumplimiento de sus deberes y de las condiciones de seguridad e higiene impuestas en el ambiente de trabajo, así como abstenerse de toda conducta que pueda perjudicar el funcionamiento óptimo de la empresa.

Como deberes, se les exige, en líneas generales, garantizar a los trabajadores condiciones de salud, higiene, seguridad, bienestar, programas de recreación, descaso.

UNIDAD III

LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO

Es un instrumento legal en el cual se encuentran las normas por las cuales deben regirse las empresas y sus trabajadores para garantizar la Prevención Seguridad y Salud Laboral, fue publicada en Gaceta Oficial número 38.236, de fecha 26 de julio de 2005. Este Instrumento jurídico forma parte del Sistema Integral de Seguridad Social de Venezuela. (Figueroa, 2012)

Esta Ley promueve la implementación del Régimen de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el marco del nuevo Sistema Seguridad Social, abarca la promoción de la salud de los trabajadores, la prevención de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, la atención, rehabilitación y reinserción de los trabajadores y establece las prestaciones dinerarias que correspondan por los daños que ocasionen enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajo.

La estructura de la LOPCYMAT según la Pirámide de Kelsen sería la siguiente:

-La Constitución Nacional

- Tratado Internacional La Organización Internacional del Trabajo (OIT)

-Ley Orgánica del Trabajo

-Reglamento de la LOT

-Ley Orgánica de Prevención, Condición y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT)

- Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, (LOPCYMAT) G.O. Nº 38.596

- Contratación Colectiva.

.

1) Objeto de la Ley.

La LOPCYMAT tiene por finalidad establecer las instituciones, normas y lineamientos de las políticas, y los órganos y entes que permitan garantizar a los trabajadores y trabajadoras, condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio, la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, la reparación integral del daño sufrido y la promoción e incentivo al desarrollo de programas para la recreación, utilización del tiempo libre y descanso.

Asimismo, tiene por objeto regular los derechos y deberes de los trabajadores y empleadores, la imposición de sanciones por el incumplimiento de la Ley, así como fijar la responsabilidad del empleador y sus representantes, en caso de accidentes de trabajo o enfermedades ocupacionales (Artículo 1º).

En concordancia con lo anterior, el Artículo 86 de la Constitución refiere aspectos fundamentales sobre la seguridad social señalando específicamente: “el derecho a la seguridad social como servicio público y de carácter no lucrativo”. Lo que se puede apreciar en este artículo, es que la constitución establece los principios dirigidos a la protección del trabajador por parte de sus patronos garantizando las condiciones de trabajo adecuadas y la creación de instituciones que promuevan dichas condiciones.

Queda establecida entonces, en la Constitución la obligación de los patronos de garantizar a sus trabajadores condiciones aptas para desenvolverse en su medio de trabajo, y el Estado está en la obligación de brindar las medidas y el control para se puedan dar tales condiciones.

De igual forma, en la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) en el artículo 156 se expresa que el trabajo se llevará a cabo en condiciones dignas y seguras, que permitan a los trabajadores y trabajadoras el desarrollo de sus potencialidades, capacidad creativa y pleno respeto a sus derechos humanos, garantizando una serie de condiciones que abarcan ámbitos como el físico, intelectual, moral y social.

Como puede verse, el objeto de la LOPCYMAT es amplio, y se encuentra contemplado en documentos legales como la Constitución, la Ley Orgánica del Trabajo, en esta Ley se garantiza tanto a los trabajadores permanentes como ocasionales, las condiciones de seguridad, salud y bienestar procurando un medio ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio de sus facultades físicas y mentales, por tanto, se encuentra en plena concordancia con lo que establece la Constitución en su artículo 86, pues, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) plasma las atribuciones que tiene el Estado para garantizar el derecho a la salud de todos los ciudadanos, creando para ello el sistema público nacional de salud, que se encarga de dar prioridad a la promoción de la salud, a la prevención y al tratamiento oportuno y rehabilitación de calidad cumpliendo con los principios de solidaridad, gratuidad, equidad y universalidad, entre otros.

2) Ámbito de Aplicación.

Al respecto la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) en su artículo 89 plantea que: "el trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras". De igual manera en este artículo se prohíbe todo tipo de discriminación por razones de política, edad, raza, sexo o credo o por cualquier otra condición, es decir, su ámbito de aplicación no acepta distingos que no se encuentren establecidos en esta Ley.

Esto ocurre por cuanto las legislaciones anteriores en materia laboral habían creado una barrera artificial entre las condiciones y mejoras laborales del trabajador de la empresa privada y el empleado público, que en la realidad ambos prestan un servicio a cambio de una remuneración, en una condición de subordinación, sólo que en el primero de los casos el patrono o empleador lo constituye la empresa privada y en el segundo, el Estado.

Sin embargo, el artículo 6 de la Ley Orgánica del Trabajo (2012) establece que los funcionarios o empleados públicos nacionales, estadales o municipales,

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