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LOS CONTRATOS MERCANTILES


Enviado por   •  13 de Mayo de 2013  •  6.006 Palabras (25 Páginas)  •  273 Visitas

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CONTATOS MERCANTILES

DEFINICION

Un contrato, es un acto por el cual una persona física o moral se obliga a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Su característica es la bilateralidad cuando del contrato se emanan obligaciones reciprocas para las partes, representa seguridad para los involucrados, sirve para regular los acuerdos de ambas partes.

Precisamente, la razón por la que se expiden contratos, es para que quede bien definido quien será el responsable de cada acción contemplada.

Según el Código Civil, El contrato, es una especie del convenio que produce o transfiere derechos y obligaciones, así que podemos afirmar que el contrato mercantil es el acuerdo de dos o más voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones de naturaleza mercantil.

TIPOS DE CONTRATOS

Los contratos pueden ser:

NATURALEZA JURIDICA

“Los contratos mercantiles contenidos en el Código de Comercio se diferencian de los civiles de su mismo nombre y naturaleza contenidos en el Código Civil, por la presencia de un comerciante en una de las partes, porque su fin es la industria o el comercio o por el carácter mercantil del objeto sobre el que recae.”

En el Código encontramos definidos y regulados algunos contratos, y existen otros reglamentados en normas diferentes al Código de Comercio.

Contratos regulados por el Código de Comercio

La compraventa:

Según el artículo 905, la compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a transferir la propiedad de una cosa y la otra a pagarla en dinero. El dinero que el comprador da por la cosa vendida se llama precio. Las partes en este contrato se denominan vendedor y comprador.

La compraventa con reserva de dominio: Artículo 952: El vendedor se puede reservar el dominio de la cosa vendida, mueble o inmueble, hasta que el comprador haya pagado la totalidad del precio. El comprador solo adquiere la propiedad del bien con el pago de la última cuota del precio, cuando se pague por instalamentos (a plazo).

Compraventa con garantía prendaria: Artículo 951. Cuando se trate de bienes muebles, singularizables e identificables, y el precio se paga todo o en parte a plazo, el pago se puede garantizar con la prenda de la cosa vendida, pero conservando el comprador la tenencia de ella. Por ejemplo: si compramos un vehículo con un plazo de pago a 36 meses, podemos garantizar la obligación gravando con prenda el vehículo; esto significa que el dominio del mismo lo tiene la empresa vendedora, pero el comprador conserva su disfrute.

La anticresis:

Es un contrato por el que se entrega al acreedor un bien mueble o inmueble para que se pague con sus frutos. El contrato se perfecciona con la entrega del bien y esta regulado por los articulos1221 1225 del Código del Comercio.

El Suministro:

El artículo 968 lo define como aquel por el cual una parte se obliga, a cambio de una contraprestación, a cumplir a favor de otra, en forma independiente, prestaciones periódicas o continuadas de cosas o servicios. El suministro puede ser de bienes o de servicios. Por ejemplo: Contrato de suministro de útiles de oficina o papel para una empresa, el combustible para una estación de servicio. Las partes en este contrato son: El proveedor y el consumidor.

Transporte:

Es un contrato por medio del cual una de las partes se obliga para con la otra, a cambio de un precio, a conducir de un lugar a otro, por determinado medio y en el plazo fijado, personas o cosas y a entregar éstas al destinatario. Se perfecciona este contrato con el solo acuerdo de las partes y se prueba conforme a las reglas legales. Las partes son: El transportador y el pasajero; y transportador y remitente, cuando se trate de transporte de cosas. Artículo 981 del Código de Comercio.

El transporte se clasifica en varias formas, y de allí surgen las obligaciones y responsabilidades de las partes que en él intervienen. Puede ser: Transporte terrestre, marítimo, aéreo; de pasajeros o de cosas, y mixto cuando se refiere al pasajero y su equipaje.

El Decreto 01 de 1990 reglamentó lo referente a las empresas de transporte, las obligaciones del transportador, responsabilidades e indemnizaciones; así como también definió el transporte combinado y el transporte multimodal. El transporte combinado se presenta cuando en un único contrato de transporte la conducción es realizada en forma sucesiva por varias empresas transportadoras, por más de un modo de transporte. Y el transporte multimodal cuando la conducción de mercancías se realiza por dos o más modos de transporte, desde un lugar en el que el operador de transporte multimodal las toma bajo su custodia o responsabilidad hasta otro lugar designado para su entrega al destinatario, en virtud de un contrato único de transporte. Si la conducción de mercancías es entre dos o más países, será transporte multimodal internacional.

Incoterms 2000

Es una herramienta básica e negociación, los cuales son utilizados en las compraventas internacionales, utilizando algunos términos relacionados, por ejemplo con las modalidades de pago, con las condiciones de embarque de las mercancías, etc. la mayoría de tales términos tienen su origen en usos y costumbres del comercio marítimo ; la cámara de comercio internacional publica los incoterms de los que puede decirse que son reglas internacionales de conocimiento generalizado por la interpretación de los términos comerciales; los incoterms proporcionan un conocimiento de reglas internacionales para la definición e interpretación de los principales términos empleados en los contratos de compraventa internacional que busca suprimir los problemas que se presentan en los regímenes entre diversos países.

El contrato de Seguro:

Artículo 1036 y siguientes del Código de Comercio. El seguro es un contrato en virtud del cual un asegurador toma sobre sí todos, algunos o alguno de los riesgos de pérdida o deterioro que amenazan las cosas o la vida, a cambio de una prima que paga el asegurado o tomador. El documento que contiene y prueba el contrato de seguro se denomina Póliza y debe ir firmado por el asegurador. El contrato de seguro puede ser de daños, de incendio, de transporte, de responsabilidad, de personas, de vida, entre otros. Las partes son: El asegurador y el tomador. El tomador puede ser una persona natural o jurídica quien obrando por cuenta propia o

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