LOS REQUISITOS DE ADMISIBILDAD DE LOS MEDIOS DE PRUEBA
Karenpardo50Apuntes22 de Noviembre de 2021
5.168 Palabras (21 Páginas)157 Visitas
LOS REQUISITOS DE ADMISIBILDAD DE LOS MEDIOS DE PRUEBA [pic 1]
Licitud ¿Por qué son importantes estos requisitos en derecho ?
Conducencia -respetar Derechos fundamentales.
Pertinencia -Evitar el abuso de derecho por alguna parte.
Utilidad -para que no se congestione la adm. Justicia (eco procesal)
¿Por qué son útiles en el proceso? – cuando yo aporto o solicito medios de prueba debe cumplir con todos estos requisitos para que el juez expida un auto admitiendo los medios de prueba.
El análisis de los requisitos debe ser en orden y deben estar todos:
¿AUTO QUE DERETA LOS MEDIOS DE PRUEBA? -Es decretado por el juez.
¿EN QUE MOMENTO?
La regla general: es en la audiencia inicial art 372 #10 CGP
Excepcionalmente: antes (baja complejidad probatoria , son pocas ) en el auto que fija hora y fecha para la audiencia inicial .
¿AUTO SUCEPTIBLE DE RECUROS? -SI: recurso de apelación (en audiencia: notificación por estrado, se impone inmediatamente) notificado fuera de audiencia se debe interponer dentro de los 3 días de la notificación del auto.ART 318CGP
[pic 2]
Audiencia inicial - DECRETA: ordena practicar y [pic 3]
1.solicito o aporto 2. Juez incorporar al expediente el mdp.[pic 4][pic 5]
medios de prueba -susceptible recurso de reposición.
- NO DECRETA: niega su práctica y su incorporación
(susceptible recurso de reposición y en subsidio apelación art 321 #3CGP)
-RECHAZA DE PLANO art 168 cgp (admite reposición art 318 cgp)
¿QUE QUIERE DECIR QUE SE DECRETA? -Que ese medio de prueba entra al proceso, es aceptable para el proceso pro que cumple los requisitos, -cuando yo aporto o solicito medios de pruebas y estas son practicadas yo ya no puedo pedir sacarlas del proceso, porque hacen ya parte del proceso (PRINCIPIO DE COMUNDIAD DE LA PREUBA )
[pic 6]LICITUD: Que el medio de prueba aportado o solicitado no vaya en contra de derecho fundamentales, garantías o el debido proceso.
# ILICITO: No se va a tener en cuanta la prueba para el proceso no es subsanable.
ART 29 CP: Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso.
Art 164 CGP: Las pruebas obtenidas con violación del debido proceso son nulas de pleno derecho.
Art 168 CGP: El juez rechazará, mediante providencia motivada, las pruebas ilícitas, las notoriamente impertinentes, las inconducentes y las manifiestamente superfluas o inútiles.
Cláusula de exclusión probatoria: se excluye del proceso la prueba obtenida con violación de garantías fundamentales (ilícita ) porque son nulas de pleno derecho art 23 cpp.
PRUEBA ILEGAL | PRUEBA ILICITA |
Subsanable -no genera exclusión Ej: no le tome el juramento al testigo (no se vulnero ningún derecho, si no existe una ausencia de los requisitos que el legislador puso para este) | No es subsanable -genera exclusión Se excluye la prueba y es Nula de pleno derecho (por que se obtiene con la violación de derechos fundamentales) |
[pic 7]
REGLA GENERAL: la prueba ilícita debe excluirse por que es nula de pleno derecho por violar garantías fundamentales, entonces que pasa con ¿los futos? -los frutos igualmente si la raíz esta envenenada los frutos también estarán contaminados.
Existen unas excepciones: art 455 cpp Cuando la prueba licita obtenida de una fuente ilícita es válida: en estos 3 casos.
- VINCULO ATENUADO :
Investigación ilícitos prueba derivada[pic 8]
Actos probatorios ilícitos lapso de tiempo
(sanea el vicio)
EJ: Andrés esta en su casa y de un momento al otro llega la policía y entra a su domicilio sin ninguna orden judicial, cuando ellos entran ven a Andrés con droga en su mesa y hacen unas grabaciones , no es posible imputarle el delito por tener droga por que es ilícita por entrar la policía su domicilio si orden judicial y violar el derecho a la intimidad y la inviolabilidad del domicilio, pero un tiempo después el Andrés se acerca ante la fiscalía y confiesa .
2.FUENTE INDEPENDIENTE: existe una investigación que permite obtener pruebas por una vía distinta de la empleada inicialmente la cual esta primera había vulnerado derechos u garantías fundaméntales ocasionando una prueba ilícita.
- EJ: A una persona se le acusa participar en un robo de un anillo y sin orden judicial la policía va a hacia su casa y por medio de la fuerza le toman las huellas tácticas (fueron obtenidos de manera ilícitas, se obtuvieron violando el domicilio y a la fuerza, sin orden judicial).
Entonces en este caso la fiscalía hace una investigación independiente donde se encontraron las huellas de estas persona, por medio de cosas que tocaba en el trabajo y unas grabaciones obtenidas del centro comercial.
DESCUBRIMIENTO INEVITABLE:
Una persona dice que mato a una persona y llevo a la policía donde lo había enterrado porque este lo tenían a la fuerza por esos acepta la aceptación del crimen: descubrimiento de un cadáver por la fuerza ilícita.
Se dice que en ese lugar habían 200 personas buscando así que era inevitable que no se encontrara el cadáver, ya que era solo cuestión de tiempo pero igual habían muchos investigadores buscando el cuerpo .
[pic 9]CONDUCENCIA:
- Cuando el medio de prueba aportado como solicitado es idóneo (idoneidad legal) para demostrar el hecho x (la ley en algunos casos me establece unos medios de hechos específicos para acreditar el hecho que se pretende).
Ej: juanita es propietaria de un inmueble en un pueblito de Cundinamarca y por razones de estudio se va 6 meses del país, cando vuelve instaura una demanda para un proceso reivindicatorio contra Lorena por que, había empezado a poseer su bien por lo que juanita aportara el medio de prueba de escritura pública y la correspondiente inscripción en el folio de matrícula inmobiliaria del inmueble, porque es el medio de prueba idóneo para acreditar su propiedad del bien inmueble.
2)paula demanda a Carlos para un proceso de divorcio, ella aporta un medio de prueba para comprar que están casados el cual es registro civil de matrimonio, no podrá ella aporta unas fotos con el en un paseo por que no es conducente.
[pic 10]PERTINENCIA:
Relación (directa o indirecta) entre el mdp aporta o solicitado y el tema de prueba , es decir que esos medios de prueba deben versar sobre los hechos que se pretenden el proceso, porque si no tiene que ver entran a ser impertinentes .
Ej: pablo y Sonia eran esposos, Sonia quedo embrazada y un tiempo después de que nace el bebe pablo se da cuenta que el bebe no se parece a el si no a su amigo Carlos por lo que inicia un proceso de impugnación de paternidad, y Sonia aporta un medio de prueba de un contrato de compraventa sobre un bien inmueble.(el mdp no tiene relación con los hechos debatidos en el proceso )
Artículo 212.CGP Petición de la prueba y limitación de testimonios
Cuando se pidan testimonios deberá expresarse el nombre, domicilio, residencia o lugar donde pueden ser citados los testigos, y enunciarse concretamente los hechos objeto de la prueba
El juez podrá limitar la recepción de los testimonios cuando considere suficientemente esclarecidos los hechos materia de esa prueba, mediante auto que no admite recurso.
Esto lo hace quien solicita el testimonio,
Esto le permite al juez saber la pertinencia de la prueba que se pide para saber que le que le consta a el testigo y si estos hechos objetos de prueba que pretende la parte se relacionan con los hechos que se están debatiendo.
[pic 11]UTILIDAD:
El medio de prueba aportado o solicitado le aporta al proceso, sirve para acreditar los hechos objeto de litigio y puede ayudar para llegar al convencimiento del juez.
Siguiendo al maestro Jairo parra es PROVICIONAL: porque en el momento que el juez va a proferir el auto que decreta el medio de prueba es útil, pero no me va a definir la sentencia, pero provisionalmente es útil.
Inútil: los temas de prueba relevados de prueba .
EJ: las normas jurídicas de NO alcance nacional .
ITER PROBATORIO
...