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Los elementos a considerar en el diseño y estudio de una teoría general de derecho administrativo

Ittay LoezaApuntes26 de Abril de 2017

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Los elementos a considerar en el diseño y estudio de una teoría general de derecho administrativo

Se debe hacer cargo de un estudio abstracto, teorico doctrina de las características que condicionan el estudio y aplicación de todas las instituciones administrativas. Por lo tanto debe atender:

  • Estudio de categorías, instituciones, elementos o aspectos que constituyen sus generalidades.
  • Estudio de las formas de organización adminsitrativa o la manera en la cual la administración publica cumple con sus fines adoptando una cierta forma de hacer las cosas. (Centralizacion, desconcentración, descentralización, empresa publica y fideicomiso publico). Estudiar elementos evolutivos para atender de mejor manera la realidad social, pertinencia de permanencia o modificación.
  • Fundamentos o presupuestos epistemológicos, bases para el diseño, creación, funcionamiento de las ramas especializadas teorico-doctrinales de las subdiciplinas que resuelven problemas concretos de la sociedad del derecho administrativo.

Serie de exigencias o condicionamientos para referirse a una rama especializada:

  • Objeto de estudio propio deslindado de las instituciones generales
  • Legislación específica sobre ese objeto
  • Se empiece a construir una doctrina, análisis científicos sobre dicho objeto
  • Necesidad de resolver problemas sociales concretos (contribución a la satisfacción de las necesidades de carácter social).

El derecho adminsitrativo ha tendido a fracmentarse, incidiendo a resolver problemas sociales específicos. Las ramas especializadas pueden declararse: (Autónomas o separadas del árbol del derecho administrativo en general u observan una tendencia a la autonomía como disciplinas en un futuro próximo o cercano).

Ramas especializadas:

  • Derecho ambiental
  • Financiero
  • Presupuestal
  • Diplomático y consular
  • Naval
  • Marítimo
  • Patentes y marcas
  • Energético
  • Sanitario
  • Ganadero
  • Agropecuario
  • Transgénicos
  • Farmacéutico
  • Deportivo
  • Económico
  • Juegos apuestas y sorteos
  • Nuclear
  • Aeroespacial
  • Aéreo
  • Castrense
  • Militar
  • Penitenciario
  • Municipal
  • Bursátil
  • Parlamentario (ciencia de la legislación)
  • Forestal
  • Aguas
  • Cambio climático
  • Del Consumidor

 

        

Construir una definición de derecho administrativo:

Definir al D. advo. En sentido amplio o en sentido estricto o restringido: ““  “”

No se debe disociar que la reflexión del D. advo converge con la ciencia jurídica.

  • Es importante la reflexión del derecho administrativo dentro del modelo epistemológico dentro del país y el mundo.
  • LOS PRINCIPIOS UNICONARAN DE DIFERENTE FORMA EN EL ORDENAMIENTO, LSO PRINCIPIOS POR LA CARGA AXIOLOGICA SERAN TRATADOS POR UN METODO DE PONDERACION DONDE SE TRATA DE CONCILIAR SUS CONTENIDOS, de tal suerte que no se nulifique uno de ellos para beneficiar a otros tantos iguales.

  • Logica argumentativa
  • Logica jurídica.

El derecho administrativo estudia un conjunto de normas y principios, los cuales, serán de derecho público.

Armonización, ponderación, ajustándose a circunstancias fácticas.

Una definición de derecho administrativo haría REFERENCIA A :

1.- Conjunto de normas y principios: ( carga axiológica → Derecho publico: (Interes general, proporcionalidad, etc.) dotan de una serie de legitimaciones.

2.- Estudiaran o regularan la organización [ conjunto de órganos, instancias, aspectos que de alguna forma actúan o materializan funciones atendiendo a tales fines], la estructura, la actividad e incluso las relaciones jurídicas de aquella parte del Estado identificada con la administración pública y el poder ejecutivo.

La administración adopta una forma de organización jerárquica del ejecutivo a los demás organismos. Conjunto interconectado de órganos superiores a inferiores.

Estructura: a todo marco de derecho o jurídico que personifica a la organización pública, estableciendo los alcances y límites del ámbito de actuación de todos y cada uno de los órganos. Recursos humanos, materiales, procedimientos y aspectos genéricos que nutran la función de la organización en la búsqueda de sus fines.

Actividad: prestando servicios públicos, contratación pública, ejerce una serie de potestades, creando normas jurídicas en el ámbito adminsitrativo para organizar determinado sector de la realidad social, fomenta cierta conducta, castiga, vigila el cierto cumplimiento de tareas, facultades sancionadoras.

Todo lo que puede hacer para el logro de sus fines.

Relaciones jurídicas: Conjunto de normas jurídicas que estudian las relaciones entre el Estado y las personas; Es mas que hablar de las relaciones con los particulares. Existen 3 nivlees distintos de relaciones jurídicas:

I.- Relaciones jurídicas entre sus propios Órganos:  a través de diferentes instrumentos

II.- Entre sus Órganos y los particulares o los administrados.

III.- Con otros entes públicos.

3.-El ejercicio de la función administrativa de los demás poderes u órganos del Estado [ El poder judicial y el legislativo también hacen funciones administrativas al materializar sus funciones a través de actos administrativos]

Hueco de 2 dias----

Dogmas liberales que propiciaron el surgimiento del derecho administrativo en Francia:

HAY 4 DOGMAS EMANADOS DE LA REVOLUCION FRANCESA:

1.- DIVISION DE PODERES. (CAPACIDAD de juzgar, legislar y administrar) (delimita un área del funcionamiento del Estado en cuanto a la tarea de administración general del Estado, por lo tanto se crea un área de Estudio).

 “en el estado del soberano, si bien es cierto que ya existía administración pública, no se podría hablar en sentido técnico del derecho administrativo, esto solo se da cuando se da la división de poderes.

2.-  VINCULADO CON LA SOBERANIA DE LA LEY. -   Elemento ideológico alimentado por las tesis de la ilustración, iusnaturalismo.

Seguridad jurídica es el respaldo potestativo de las normas a la luz del ciudadano y que éste tenga la seguridad de que la autoridad actuara por la norma y no por las actuaciones que pueda hacer de manera unilateral.

Pone limites a la acción de los poderes públicos. Genera previsibilidad del actuar del Estado. / en sentido contrario de no contar con la organización normativa del poder político se hubicaria a los ciudadanos en un Estado de indefensión.

Fijacion de la competencia del Estado. - Se le fija a la autoridad (solo podrá hacer solo aquello para lo que ésta expresamente facultado).

“todos los actos privativos son actos de molestia” (pero no al revés).

Jurisdiccional: Es el genero/ una gran función del Estado

Competencia: la medida de la jurisdicción “Especie”/ Un pedazo de esa jurisdicción.

3 Dogma: La administración publica va a tener delimitada los alcances de su actividad y proceda metalizar sus actividades.

Acceso a la jurisdicción

Debido proceso

Tutela judicial efectiva

4 DOGMA IDEA DE LIBERTAD INDIVIDUAL: Los derechos o libertades fundamenta como elemento objetivo que estando establecido en los ordenamientos se constituye como límite o hasta donde llega o alcanza o se permite la actuación de las autoridades públicas. (Bandera infranqueable de los órganos del Estado con relación a los derechos fundamentales/ No vulnerados de manera injustificada, se marcan líneas de acción que configuran plenamente a la materialización de los derechos humanos. La administración se enfrenta con esos límites y a partir de ahí empieza a crear sus instituciones (Expropiación: necesitan cumplir una serie de exigencias que, dadas por la constitución, apegándose a ciertos tipos de justificaciones).

Deber de las autoridades: No intervenir en el uso y goce de los derechos fundamentales.

Vinculación de carácter negativo: No afectar arbitrariamente, no afectar, no generar actos lesivos al patrimonio.

Multa 4 necesidades para que no se considere excesiva.

Confiscación: privación de patrimonio

Decomiso: aseguramiento precautorio de determinados bienes derivados de actos ilícitos.

Vinculación negativa: cuando el propio ordenamiento establece prohibiciones que a titulo de deber u obligación se le impone a la autoridad para no afectar la esfera jurídica de los derechos fundamentales del individuo o gobernado.

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