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MANUAL DE CONVIVENCIA

Edgar JavierApuntes14 de Diciembre de 2019

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MANUAL DE CONVIVENCIA

INSTITUCIÓN EDUCATIVA AGROPECUARIA

“MARCO FIDEL SUAREZ”

        

El Carmen de Atrato, Chocó

2016

CONTENIDO

PRESENTACIÓN        4

CAPÍTULO 1        5

MARCO LEGAL        5

CAPÍTULO 2        14

PRINCIPIOS ORIENTADORES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA        14

CAPÍTULO 3        21

LA COMUNIDAD EDUCATIVA        21

CAPITULO 4        37

GOBIERNO ESCOLAR        37

CAPITULO 5        41

OTRAS INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN        41

CAPITULO 6        48

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN        48

CAPITULO 7        51

DEBIDO PROCESO Y CLASIFICACIÓN DE LAS FALTAS        51

CAPITULO 8        75

REGLAMENTACIONES ESPECÍFICAS        75

CAPITULO 9        84

NORMAS DE HIGIENE Y SALUD PÚBLICA        84

CAPITULO 10        86

SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO DE LOS ESTUDIANTES        86

PRESENTACIÓN

Enfoque de contexto 

El manual de convivencia es el conjunto de normas que rigen los estamentos de la Institución, su cumplimiento racional es parte fundamental del cotidiano quehacer, ubicando al estudiante en un enfoque sistémico, donde tenga razón su existencia, desarrollo, construcción y transcendencia.

Por tal razón se hace necesario implementar el  Manual de Convivencia para la jornada única,  según lo estipula la Ley General de Educación:

“Los establecimientos Educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matricula correspondiente en representación de sus hijos estarán aceptando el mismo” (Artículo 87 de la Ley 115/ 1994, El art. 85 de la ley 115 del 94 modificado por el art. 53 del plan nacional de desarrollo 2014- 2018 

OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

Objetivo General

Establecer las normas y demás estrategias que faciliten la convivencia de los diferentes estamentos, permitiendo el diario desarrollo de las actividades escolares y extraescolares, mediante un clima facilitador de relaciones inter- personales, que reflejen en los aprendizajes, un ambiente relacionado con la educación emocional y moral de los estudiantes (el respeto, la tolerancia, la responsabilidad, la honestidad, la lealtad, la integridad, la puntualidad, entre otros).

Objetivos Específicos

  1. Determinar los deberes y derechos de los alumnos y demás estamentos de la Institución, con el propósito de regular  los comportamientos que infringen  la convivencia escolar y establecer los correctivos en cada caso; basados en la filosofía del plantel y las normas vigentes.
  2. Precisar las competencias, mecanismos y procedimientos para la aplicación de los correctivos.
  3. Lograr que todos los estamentos de la Institución conozcan el manual de convivencia y velen por su correcta aplicación y cumplimiento.
  4. Crear en los estudiantes hábitos de buen comportamiento, estudio y trabajo, con el propósito de inculcar en los estudiantes los valores y principios de la institución.
  5. Lograr el correcto funcionamiento del plantel en todos los campos buscando el   continuo mejoramiento institucional.
  6. Recuperar los valores y promoverlos en los educandos, por medio de acciones coordinadas, entre padres, educadores y alumnos.

CAPÍTULO 1

MARCO LEGAL

Artículo 1. Son las leyes y decretos sobre los que esta soportado la construcción del presente manual de convivencia de la Institución Agropecuaria Marco Fidel Suarez.

El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica. Este manual de convivencia, se fundamenta en la Constitución Política de Colombia, Ley de Infancia y la Adolescencia, la Ley General de Educación y la reglamentación del Decreto 1860 del 03 de agosto de 1.994, ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario 1965 de 3013

Constitución política de Colombia: el presente manual de convivencia se basa en las normas contenidas en la Constitución política de Colombia.

Artículo 1°. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

Artículo 2°. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar.

Artículo 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.

Artículo 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución.

Artículo 33. Nadie podrá ser obligado a declarar contra sí mismo o contra su cónyuge, compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad.

Artículo 41. En todas las instituciones de educación, oficiales o privadas, serán obligatorios el estudio de la Constitución y la Instrucción Cívica. Así mismo se fomentarán prácticas democráticas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación ciudadana. El Estado divulgará la Constitución.

Artículo 43. La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. Protección especial a las mujeres en estado de gestación y cabeza de familia.

Artículo 44. La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores.

Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.

Artículo 45. El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral.

El Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud.

Artículo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.

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