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Manual De Convivencia

willywaooo18216 de Mayo de 2012

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Sabiendo que toda Institución necesita Normas de convivencia que le sirva de orientación, para que el trabajo que se está realizando este justamente equilibrado y sus integrantes puedan realizar una labor eficiente.

Por ello nos evocamos a estructurar de una manera sencillas Normas de Convivencia de nuestro plantel.

FINES.

• Que actúa de acuerdo con las disposiciones legales.

• Señalar a cada integrante del personal tanto de sus obligaciones como sus derechos.

• Facilitar la Labor Educativa.

• Encontrar la cooperación entre todos los elementos que intervienen en el proceso educativo.

CAPITULO. I.-

Artículo: 1.- La dirección de la Escuela Básica “Ligia Cadenas de Alvarado”, está formada por una Directora, Sub-Directora y una Coordinadora Pedagógica.

Artículo: 2.- Son sus atribuciones de acuerdos a los artículos 22 y 23 del Reglamento General de la Ley de Educación.

- Responder por la buena marcha del establecimiento y de las Instituciones que en el mismo funcionen.

- Asistir y permanecer diariamente en el Plantel durante las horas de labor.

- Proponer a los funcionarios competentes los horarios del plantel.

- Coordinar el trabajo de maestros para mejorar sus condiciones docentes.

- Preceder los actos que se celebren en el Instituto.

- Firmar la correspondencia oficial y demás documentos.

ARTÍCULO 3.- SON DEBERES Y ATRIBUCIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO.

1- Hacer las observaciones a que hubiere lugar en forma privada a los maestros.

2. - Resolver en la medida de las posibilidades, satisfactoriamente las consultas de sus maestros.

3. - Conceder a los maestros permiso hasta por tres (3) días por causa justificadas.

4. - Combinar el respeto que debe merecerle la personalidad de cada maestro y ética profesional.

5.- Procurar hacer cada vez más científico el trabajo escolar.

6.- Producir en colaboración con el resto del Personal, el plan anual de trabajo.

ARTÍCULO. 4.- ADEMAS DE LAS ATRIBUCIONES ANTERIORES SON DEBERES TAMBIEN DE LOS DIRECTIVOS.

1.- Convocar y presidir el Consejo de Maestros y las Sesiones de la Sociedad de padres y maestros.

2.- Establecer los deberes y atribuciones de los Obreros.

3.- Recibir y entregar bajo inventario las pertenencias del plantel.

4.- Hacer directamente o por escrito las observaciones y recomendaciones a los maestros.

5.- Dirigir el desenvolvimiento del grupo tanto en su aspecto administrativo como técnico.

6.- Orientar al Personal en todo aquello que sea positivo para la labor positiva educativa.

NORMAS DE CONVIVENCIA

El presente documento constituye las Normas de Convivencia del Plantel, se regirá por las disposiciones de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de educación, el Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación, la LOPNNA, Mujer y Familia.

CAPITULO I

ORDEMAR DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES EN UNA SOLA PARTE.

Artículo 1: Serán alumnos regulares quienes después de haber cumplido los requisitos establecidos por la Ley y los Reglamentos formalicen su inscripción y sigan los cursos y las que estén en proceso para obtener la acreditación que en el nivel respectivo, otorgue el plantel.

SECCION PRIMERA

De los Deberes y Derechos de los Estudiante.

Artículo 2: Son deberes de los Estudiantes:

1.- Asumir la responsabilidad de su aprendizaje y actuación estudiantil, mediante el cumplimiento de las actividades prescritas en los programas oficiales vigentes y de las tareas y trabajos que les sean asignadas.

2.-Asistir diaria y puntualmente a las actividades educativas del plantel en el horario comprendido 7:00 am a 12:00 am. 3.- Acatar y cumplir y obedecer las decisiones y orientaciones del personal Directivo y Docente del Plantel.

4.- Cumplir con sus deberes como Estudiantes.

5.- Honrar a la Patria y sus Símbolos.

6.- Estar a las 7:00 am en la institución para formar y entonar el Himno Nacional.

SECCION SEGUNDA

De la inscripción en el Plantel. Artículo: 3.- La inscripción del alumno en el Plantel la realizará la persona mayor de edad, que ejerza su presentación legal, y su defecto la podrá hacer otra persona plenamente autorizada, que previa entrevista con el personal Directivo acepte dar cumplimiento a sus deberes como representantes.

Artículo 4.- La formalización de la inscripción cumplirá cuando el representante legal del mundo haya entregado todos los recaudos exigidos por la Dirección del plantel y por la normativa vigente.

CAPITULO II

Del Personal Docente

SECCION PRIMERA.

Disposiciones Generales

Artículo: 5.- El personal Docente está integrado por quienes ejerzan funciones de: Enseñanza, Planificación, Orientación, Dirección, y por los demás que determinen las Leyes y los Reglamentos.

SECCION PRIMERA

Deberes y Derechos del Personal Docente.

Artículo: 6.- Cumplir las actividades Docentes conforme a los Planes de estudio y desarrollar la totalidad de los objetivos, contenidos y actividades establecidos en los programas oficiales, de acuerdo a las previsiones de las autoridades competentes dentro del calendario Escolar y su horario de trabajo.

- Participar en todas las actividades de evaluación y asumir una actitud honesta que garantice la validez y confiabilidad de los mismos.

- Los alumnos deben asistir a la Institución correctamente uniformados y con el corte de cabello “alto tipo militar”. Además cuidar de su presentación personal del orden, aseo de sus útiles escolares y guardar las normas de higiene que garanticen la preservación de su salud.

- Mantener en buen estado y pulcritud el traje escolar y portar el distintivo que lo acredite como alumno regular de la Institución.

- Participar activa y efectivamente en la organización, promoción y realización de actividades de formación y difusión cultural, actos cívicos, conmemorativos, deportivos u otros.

- Participar, respetar y rendir culto cívico permanente a los Símbolos de la Patria, a el Libertador y a los demás valores que reafirman la nacionalidad.

- Contribuir a mantener en todo momento el buen nombre de la Institución dentro y fuera de la Comunidad.

- Participar en Clubes, Sociedades Bolivarianas y otras Organizaciones Estudiantiles.

- Entonar a la hora de entrada El Himno Nacional o El Himno del Estado e Izar La Bandera Nacional.

- Informar sobre los resultados de la evaluación a sus padres y representantes.

- Queda terminantemente prohibido masticar chicles dentro de la Institución.

- Resolver los problemas familiares fuera de la Institución

.

DERECHOS Y GARANTIAS DEL PERSONAL DOCENTE:

• Autonomía del Docente del Aula.

• Disponibilidad de todos los recursos didácticos dentro de la Institución.

• Derecho asistir a las diversas actividades para el mejoramiento profesional.

• Derecho a estar informado del calendario de actividades planificadas durante el año escolar.

• Derecho a recibir orientaciones o tutorías de parte del personal debidamente calificado para tal fin. (Directivo, sub.- directivo, coord.)

• Derecho a exigir el cumplimiento de sus deberes a todo el personal perteneciente a la Institución. (Docente, Administrativo, Directivo, Obreros)

• Derecho a la defensa por cualquier amonestación con carácter sanciona torio.

• Derecho a la equidad con respecto al ámbito educativo.

NOTA. Todos aquellos derechos contemplados en el quehacer educativo.

RESPONSABILIDAD Y DERECHOS DE LOS DOCENTES:

• Asistencia, puntualidad y cumplimiento a cabalidad del ejercicio de la profesión Docente.

• Respeto a la dignidad y a la ética profesional de todo el personal de la Institución.

• Uso y mantenimiento de todo el material mobiliario e inmobiliario de la Institución.

NORMAS DE CONVIVENCIA / PARCIAL

1.- Comprometerse a respetar las Normas Disciplinarias y de convivencia de la Institución.

2.- Recibir una Educación, de acuerdo con los fines que persigue el Estado.

3.- Recibir un trato adecuado a su condición de alumno.

4.- Exigir de sus compañeros en cualquier ocasión un comportamiento cónsono con los elevados fines de la Institución.

5.- Pedir consejo a los miembros del personal Docente del Plantel para el mejor desarrollo de las actividades que se realizan.

6.- Una vez que el alumno ingrese al plantel no podrá salir sin autorización de la coordinación respectiva.

7.- La entrada a la escuela es a las 7:00 a.m. diariamente, si el alumno llega con diez (10) minutos de retraso no podrá integrarse a clase y perderá la primera hora, deberá dirigirse a la coordinación respectiva para recibir instrucciones.

8.- La coordinación no autorizará la entrada a clase en horas intermedias, a excepción que presente un justificativo médico.

9.- La coordinación citará al representante

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