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MINISTERIO PÚBLICO EN MÉXICO


Enviado por   •  2 de Junio de 2014  •  10.034 Palabras (41 Páginas)  •  468 Visitas

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ENSAYO : El MINISTERIO PUBLICO COMO PERSECUTOR DEL DELITO

El Ministerio Público es una institución autónoma, de gran importancia en toda

sociedad democrática, y que juega un papel preponderante en la defensa de la legalidad.

Muchos juristas reflexionan sobre los alcances del protagonismo del Ministerio

Público en nuestra sociedad, coincidiendo en señalar que como órgano autónomo de derecho

constitucional, tiene como misión la justicia en defensa del interés social. De otro lado,

institucionalmente, como sostiene Roxin, es una autoridad de la justicia jerárquicamente

estructurada, un actor encargado de exigir al Juez la aplicación de la Ley y que participa en el

proceso de aplicación de normas jurídicas y en la función política del Estado, que es la pretensión

de ejercer sobre un determinado territorio el monopolio de la violencia legítima. 1

A fin de poder establecer los alcances de la Función Persecutora del Delito que

ostenta el Ministerio Público, es importante tratar previamente sobre sus orígenes y para lo que

fue concebido.

1 .-Antecedentes del MINISTERIO PÚBLICO

En cuanto a sus orígenes en el Perú, el Dr. Cubas Villanueva, sostiene que

se remonta desde el Reglamento Provisional que dictó el General San Martín en 1821 hasta la

Carta Magna de 1933 el Ministerio Público estuvo concebido como un organismo dependiente del

Poder Judicial, que representaba el interés social y actuaba como auxiliar ilustrativo del Juez o

Tribunal; y dentro de este contexto establecieron sus funciones y atribuciones los Códigos de

Procedimientos Penales y las Leyes Orgánicas del Poder Judicial. 2

Así al instalarse la Corte Suprema de la República, en febrero de 1825, junto con los Vocales

se nombra al fiscal. Sus contornos aparecen en el Reglamento de Tribunales de 1854 y con más

precisión en la Ley Orgánica de 1912. Su nombre era Ministerio Fiscal convertido en la actualidad

en Ministerio Público, que es más exacto. Con algunas variantes su función principal ha sido de

carácter judicial, especialmente en el ramo penal, no obstante lo cual antes de la creación de la

Fiscalía en lo Administrativo de la Corte Suprema y de las Procuradurías, tenían a su cargo la

defensa de los intereses del Estado y eran parte en las demandas que se le formulaban. El

ministerio Público aunque ya no integra el Poder Judicial, siempre representa el interés social y

está encargado de hacer valer la pretensión punitiva – como dice Manzini – para la sanción de los

delitos, pero teniendo independencia en el ejercicio de sus funciones, las que desempeña según

su propio criterio y sin obedecer órdenes superiores, salvo las derivadas de la jerarquía funcional

3. Hoy es el titular de la acción penal (art. 11º L.O.M.P.).

2.-Marco Constitucional El artículo 250 de la Constitución Política de 1979 estableció que el Ministerio Público es un

Organismo autónomo y jerárquicamente organizado y le asignaba en 7 incisos sus

atribuciones, conservando las que tenía cua ndo formaba parte del Poder Judicial, pero

incorporándose nuevas e importantes funciones tales como:-Defensa de la legalidad de los

Derechos Ciudadanos y de los intereses públicos tutelados por la Ley.;-Vigilar e intervenir en la

investigación del delito desde la etapa policial.; -Actuar como Defensor del Pueblo ante la

Administración Pública.; El texto constitucional disponía que los miembros del Ministerio Público

tienen las mismas prerrogativas que los integrantes del Poder Judicial en sus respectivas

categorías. Les afecta las mismas incompatibilidades. Su nombramiento está sujeto a idénticos

requisitos y procedimientos, aunque si echamos un vistazo a la actualidad, ésta homologación no

se produce, sobre todo en cuanto a haberes. Su Ley Orgánica, Decr eto Legislativo 052 contiene

las disposiciones relacionadas en su estructura y funcionamiento, así el art. 36 establece cuales

son los órganos: El Fiscal de la Nación, los Fiscales Supremos, Los Fiscales Superiores, Los

Fiscales Provinciales. También lo son: Los Fiscales Adjuntos, Las Juntas de Fiscales.

La Carta Magna que entró en vigencia en enero de 1994 en el artículo 158 establece que

el Ministerio Público, es un organismo autónomo, presidido por el Fiscal de la Nación, que es

elegido por la Junta de Fiscales Supremos por tres años prorrogables vía reelección sólo por

otros dos. Respecto a las jerarquías de sus órganos, contiene igual disposición que la anterior.

Sus funciones están señaladas en el artículo 159 y encontramos dos modificaciones importantes:

-Ya no ejerce la Defensoría del Pueblo, que está a cargo de un organismo autónomo, del mismo

nombre Y Respecto a su función persecutoria, amplia sus facultades, al establecer que le

corresponde “conducir desde su inicio la investigación del delito.

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