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MODELO DE CURATELA


Enviado por   •  20 de Marzo de 2014  •  583 Palabras (3 Páginas)  •  1.091 Visitas

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CIUDADANO

UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.

SU DESPACHO.-

Yo, xxx, venezolana, Comerciante, mayor de edad, divorciada, titular de la Cédula de Identidad No. V.- xxx, de este domicilio, asistida en este acto por FIDEL A. GUTIERREZ M., Abogado en ejercicio de la profesión, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 35.649, ante usted respetuosamente ocurro para exponer y solicitar:

I

DE LOS HECHOS

Es el caso ciudadano Juez, en un futuro inmediato voy a contraer matrimonio civil con el ciudadano xxx, venezolano, Administrador, mayor de edad, soltero, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°. V.- xxx.

Tengo bajo la Patria Potestad a los adolescentes xxx y xxx de Quince (15) y Diecisiete (17) años de edad, respectivamente, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V.- xxx y V.- xxx, respectivamente, quienes fueron concebidos con el ciudadano xxx, venezolano, Comerciante, mayor de edad, divorciado, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V.- xxx.

Hago del conocimiento del Tribunal que mis mencionadas hijas no tienen bienes de fortuna.

II

FUNDAMENTOS DE DERECHO

La institución de la Curatela para personas que vayan a contraer matrimonio y tengan hijos menores bajo su Patria Potestad se encuentra establecida los artículos Código Civil Venezolano, siguientes:

Artículo 110° Cualquier persona que vaya a casarse y tenga hijos menores bajo su potestad, ocurrirá ante el Juez de Menores de su domicilio para que les nombre un curador ad hoc.

Si existen bienes propios de los hijos, el Juez procederá a inventariarlos con intervención del curador, del otro progenitor que ejerce la patria potestad y de dos (2) testigos que nombre al efecto.

Cuando haya bienes situados fuera de la jurisdicción del Juez y la naturaleza de ellos lo reclame, se dará comisión para practicar el inventario con las formalidades ya dichas.

Si no se conocieren bienes, el curado, hechas las averiguaciones del caso, así lo hará constar.

Artículo 111° No podrá celebrarse el matrimonio de quien tuviere hijos menores bajo su potestad, sin que se presenten, originales, las actuaciones a que se refiere el artículo anterior.

Artículo 112°Quien, hallándose en las circunstancias expresadas, haya dejado de cumplir las formalidades prescritas, y el que contrajere matrimonio con aquél, serán responsables solidariamente de los perjuicios que ocasionen a los hijos.

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