Manual De La Institución Del Mp
elpidio2012 de Marzo de 2015
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ESPECIALIDAD EN JUSTICIA PENAL Y DERECHOS HUMANOS
LA INSTITUCIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO
Lic. Filiberto Eladio Román Fernández
INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL
MAYO 2013
OBJETIVO GENERAL DE LA ASIGNATURA
Que el alumno reconozca las funciones y atribuciones del Ministerio Público como institución jurídica; así mismo maneje la información documental institucional propia de la función ministerial e identifique las obligaciones de todo servidor público y las sanciones que se puedan derivar de tipo administrativo y/o penal por el incumplimiento de sus funciones.
INDICE
Unidad 1. Historia de la Institución del Ministerio Público.
1.1 La influencia francesa (Procureurs du Roi)
1.2 El Ministerio Público Fiscal de la Suprema Corte (Constitución de 1824)
1.3 La Ley de jurados (1869)
1.4 El Reglamento del Ministerio Público (1891)
1.5 Análisis y antecedentes de la Institución del Ministerio Público en México
1.5.1 La influencia de la propuesta de Venustiano Carranza en la institución ministerial
Unidad 2. Principios rectores de la Institución del Ministerio Público.
2.1 Unidad
2.2 Indivisibilidad
2.3 Autonomía o independencia
2.4 Jerarquía
Unidad 3. Características de la Institución del Ministerio Público.
3.1 Como institución jurídica
3.2 Como representante social
3.3 Como órgano investigador
Unidad 4. El Ministerio Público y el ejercicio de la acción penal.
4.1 La función investigadora de la Institución ministerial.
4.2 Como parte en el proceso en la persecución del delito.
4.3 El interés social.
Unidad 5. El régimen jurídico mexicano y la Institución del Ministerio Público.
5.1 Análisis del artículo 21 Constitucional
5.2 Procuración de justicia
5.3 Administración de justicia
5.3.1 Análisis del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
5.3.2 Análisis del artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
5.4 La Institución del Ministerio Público y los lineamientos que la rigen en materia de seguridad pública
5.5 La Institución del Ministerio Público y la prevención del delito
5.6 La Institución del Ministerio Público y su intervención en los lineamientos de política criminal
5.7 La Institución del Ministerio Público y el Servicio Público de Carrera.
Unidad 6. La Institución del Ministerio Público en el Distrito Federal.
6.1 Marco normativo de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
6.1.1 La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
6.1.2 El Estatuto de Gobierno
6.1.3 La Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
6.1.4 El Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
6.2 Organización y estructura de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
6.3 Atribuciones y funciones del agente del Ministerio Público.
6.3.1 Adscrito a fiscalías centrales y desconcentradas.
6.3.2 Adscrito a juzgado (penales, civiles y familiares)
6.4 Estructura y funciones de las Coordinaciones Territoriales en el Distrito Federal.
Unidad 7. Normatividad de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
7.1 Marco normativo interno del Agente del Ministerio Público (Acuerdos y circulares).
7.2 Acuerdos emitidos por el C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal.
7.3 Circulares emitidas por el C. Procurador General de Justicia del Distrito Federal.
7.4 Bases, Manuales y Convenios de Colaboración.
Unidad 8. Conceptos generales.
8.1 Ética profesional.
8.2 Vocación de servicio.
8.3 El espíritu de servicio en la procuración de justicia.
8.4 El servicio público en el sistema jurídico mexicano.
Unidad 9. El agente del Ministerio Público como servidor público.
9.1 Concepto de servidor público.
9.2 Fundamento constitucional del Ministerio Público.
9.3 La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal como dependencia de la administración pública centralizada del Distrito Federal.
Unidad 10. El concepto de autoridad en el marco del servicio público.
10.1 Concepto emitido por el Derecho Administrativo.
10.2 Concepto emitido por la Ley de Amparo.
10.3 Tesis Jurisprudencial sobre el término autoridad.
Unidad 11. Marco jurídico aplicable en el servicio público.
11.1 El régimen constitucional de las responsabilidades de los servidores públicos.
11.1.1 Responsabilidad política.
11.1.1.1 Juicio político.
11.1.2. Responsabilidad administrativa.
11.1.2.1 Obligaciones de los servidores públicos.
11.1.2.2 Código de conducta del servidor público en la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.
11.1.2.3 Procedimiento administrativo.
11.1.2.4 Medios de impugnación.
11.1.3 Responsabilidad penal.
11.1.3.1 Delitos cometidos por servidores públicos.
11.1.3.2 Declaración de procedencia.
Unidad 1. Historia de la Institución del Ministerio Público.
La evolución histórica de la Institución del Ministerio Público en México, es una de las instituciones más discutidas desde su nacimiento e inserción en el campo del derecho procesal penal debido, en gran parte a la multiplicidad de facetas con las que cuenta para la realización de su desempeño.
Algunos autores consideran que el Ministerio Público tuvo su más remoto origen en Grecia, lo cual fundan su dicho en la figura del Arconte, que fue una magistratura que surgió aproximadamente en el año 683 antes de Cristo, siendo parte integrante del Gobierno Ateniense.
En el Derecho Romano existen diversas figuras que pueden considerarse como antecedentes de la función Ministerial, siendo una de estas figuras los funcionarios llamados Judices Questiones, contemplados en las Doce Tablas, que tenían la facultad de comprobar los hechos delictuosos y atribuciones características, específicamente de orden netamente jurisdiccionales.
La influencia francesa (Procureurs du Roi)
La institución del Ministerio Público es de origen francés teniendo como base a la figura de los Procureurs du Roi de la Monarquía francesa del siglo XIV. El procurador del rey se encargaba del procedimiento, y el abogado del rey se encargaba del litigio en todos los negocios que interesaban al rey. En el siglo XIV Felipe el Hermoso transforma los cargos y los erige en una magistratura. Durante la Monarquía el Ministerio Público no asume la calidad de representante del poder ejecutivo ante el poder judicial, porque en esa época era imposible hablar de división de poderes.
La Revolución Francesa hace cambios en la institución, desmembrándola en los Commissaires du Roi encargados de promover la acción penal y de la ejecución, y acusación pública durante el debate.
La tradición de la monarquía le devuelve la unidad que será continuada por la organización imperial hasta 1808 y 1810 cuando Napoleón, instituye que el Ministerio Público debe organizarse jerárquicamente bajo la dependencia del poder ejecutivo.
El Ministerio Público Fiscal de la Suprema Corte (Constitución de 1824)
El Ministerio Público en México tiene su origen después de la conquista con la imposición de una nueva cultura ya que con este movimiento los lineamientos de derecho observados por los aztecas fueron desplazados por los nuevos ordenamientos jurídicos traídos de España.
España, que impuso en el México colonial su legislación, estableció su organización por lo que respecta al Ministerio Público. La Recopilación de Indias, en ley dada el 5 de octubre de 1626 y 1632, ordenaba:
Es nuestra merced y voluntad que en cada una de las reales audiencias de Lima y México haya dos fiscales; que el más antiguo sirva la plaza, en todo lo civil, y el otro en lo criminal.
En la Constitución de 1824 se estableció al Ministerio Público Fiscal en la Suprema Corte, equiparándolo con los ministros y dándoles el carácter de inamovibles. También establece fiscales en los Tribunales de Circuito.
La Ley de 14 de febrero de 1826 reconoce como necesaria la intervención del Ministerio Público Fiscal en todas las causas criminales en que se interese la Federación, y en los conflictos de jurisdicción para entablar o no el recurso de competencia; haciendo, por último, necesaria la presencia de este funcionario en las visitas semanarias a las cárceles.
El decreto de 20 de mayo de 1826 es el que más pormenorizadamente habla del Ministerio Público, si bien nada dice de los agentes. La Ley de 22 de mayo de 1834 menciona la existencia de un Promotor Fiscal en cada Juzgado de Distrito, nombrado como el de circuito y con las mismas funciones.
La Ley de jurados (1869)
El 15 de junio de 1869, expide Benito
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