Manual De Vivienda Fiscal
andy867 de Septiembre de 2012
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CONSIDERANDO:
Que mediante decreto 2158 del 01 de septiembre de 1997 se desarrolla la estructura orgánica, se determina la misión, funciones y principios de la gestión en la Policía Nacional.
Que el mencionado decreto en su artículo 15 faculta al Director General de la Policía Nacional para desarrollar la estructura orgánica de la Institución de acuerdo con las necesidades institucionales.
RESUELVE:
TITULO I
CAPITULO UNICO
ESTRUCTURA
ARTICULO 1o. ESTRUCTURA: Para desarrollo de su misión la Dirección de Bienestar Social tendrá la siguiente estructura:
1. AREA EDUCATIVA
1.1 Grupo de Evaluación de la Calidad del Servicio Educativo
1.2 Grupo de Transformación Pedagógica
1.3 Grupo de Investigación Educativa y Pedagógica
2. AREA DE RECREACION Y DEPORTE
2.1 Grupo Centros vacacionales
2.2 Grupo Centros Sociales
2.3 Grupo Recreación y Deporte
2.4 Grupo de Turismo
3. AREA DE VIVIENDA FISCAL
3.1 Grupo de Administración de Vivienda Fiscal
4. AREA SERVICIOS Y APOYO
4.1 Grupo Financiero
4.2 Grupo de Talento Humano
4.3 Grupo de Suministros
4.4 Grupo de Servicios Generales
4.5 Grupo de Servicios Especiales
5. ORGANISMOS DESCONCENTRADOS
5.1 Colegios de la Policía Nacional
5.2 Centros de Capacitación
5.3 Centros Sociales
5.4 Centros Vacacionales
5.5 Centro Religioso
5.6 Lavandería
ARTICULO 2o. MISION. La Dirección de Bienestar Social tiene como misión crear, mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral de la comunidad policial y su calidad de vida e incrementen los niveles de satisfacción, eficiencia e identificación con su trabajo.
ARTICULO 3o. PROCESOS DE LA DIRECCION DE BIENESTAR SOCIAL. La Dirección de Bienestar Social cumplirá su misión mediante el desarrollo y ejecución de los siguientes procesos:
1. Planeación estratégica y toma de decisiones
2. Administración del talento humano
3. Mejoramiento de la calidad de vida laboral
4. Administración de la información
5. implementación de alianzas estratégicas
6. Gerenciamiento del sistema de quejas, reclamos y sugerencias
7. Desarrollo tecnológico
TITULO II
CAPITULO UNICO
AREA EDUCATIVA
ARTICULO 4o. MISION DEL AREA EDUCATIVA. El Área Educativa tendrá como misión contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los beneficiarios de la Policía Nacional, a través del direccionamiento del servicio educativo en los niveles preescolar, básica y educación no formal, orientado a una formación integral que permita la convivencia pacífica, la participación democrática, el desarrollo creativo, la investigación y el avance científico - tecnológico.
ARTICULO 5o. GRUPO EVALUACION DE LA CALIDAD DEL SERVICIO EDUCATIVO. El Grupo de Evaluación de la Calidad del Servicio Educativo cumplirá su misión mediante el desarrollo y ejecución de los siguientes procesos:
1. Seguimiento y orientación a proyectos educativos institucionales.
2. Seguimiento a evaluaciones institucionales
3. Veeduría comunidades educativas
4. Monitoreo y control de gestión
ARTICULO 6o. GRUPO DE TRANSFORMACION PEDAGOGICA. El Grupo de Transformación Pedagógica cumplirá su misión a través de los siguientes procesos:
1. Bienestar y desarrollo de la comunidad educativa
2. Direccionamiento del desarrollo pedagógico
3. Planeación de recursos financieros y materiales
ARTICULO 7o. GRUPO INVESTIGACION EDUCATIVA Y PEDAGOGICA: El Grupo de Investigación Educativa y Pedagógica cumplirá su misión a través de los siguientes procesos:
1. Investigación educativa
2. Investigación pedagógica
TITULO III
CAPITULO UNICO
AREA DE RECREACION Y DEPORTE
ARTICULO 8o. MISION DEL AREA DE RECREACION Y DEPORTE: El Area de Recreaciòn y Deporte tendrá como misión fomentar el mejoramiento de calidad de vida del personal de la Institución y sus familias mediante la prestaciòn de excelentes servicios de recreaciòn, desarrollo de la pràctica deportiva y aprovechamiento del tiempo libre.
ARTICULO 9o. GRUPO CENTROS VACACIONALES: El grupo Centros Vacacionales cumplirá su misión a través de los siguientes procesos:
1. Adjudicación y reservas
2. Afiliación personal retirado
3. Monitoreo y control de gestión
4. Planificación de recursos financieros y materiales
ARTICULO 10o. GRUPO CENTROS SOCIALES: El Grupo Centros Sociales cumplirá su misión a través de los siguientes procesos:
1. Direccionamiento gestión del servicio
2. Monitoreo y control de gestión
3. Administración del sistema de quejas y reclamos
ARTICULO 11o. GRUPO DE RECREACION Y DEPORTE: El Grupo de Recreación y Deporte cumplirá su misión a través de los siguientes procesos:
1. Coordinación de promoción nacional
2. Monitoreo y evaluación de programas
3. Promoción recreo - deportiva
4. Planificación de recursos financieros y materiales
ARTICULO 12o. GRUPO DE TURISMO: El Grupo de Turismo cumplirá su misión a través de los siguientes procesos:
1. Diseño planes turísticos nacionales e internacionales
2. Coordinación planes turísticos nacionales e internacionales
3. Promoción turística
4. Monitoreo y evaluación de gestión
ARTICULO 13o. USO CENTROS VACACIONALES PERSONAL RETIRADO. El uso de los centros vacacionales de la Policía Nacional se hará extensivo al personal en goce de asignación de retiro o pensión de la Policía Nacional o el antiguo INSSPONAL, que voluntariamente lo solicite, de acuerdo al grado que ostentaban al momento del retiro, en las mismas condiciones y previo el cumplimiento de los requisitos que se exigen para el personal en servicio activo.
PARAGRAFO. Este beneficio no se hará extensivo al personal que haya sido retirado por destitución.
ARTICULO 14o. APORTE PERSONAL RETIRADO. El personal en goce de asignación de retiro o pensión que solicite afiliación a los centros vacacionales aportará anualmente el equivalente a tres (3) días de sueldo básico del activo en su grado o categoría, suma que se invertirá en el mantenimiento y sostenimiento de esas instalaciones.
ARTICULO 15o. TARIFAS. Las tarifas para el uso de los centros vacacionales para el personal retirado, serán las que rigen para el personal en servicio activo.
TITULO IV
CAPITULO UNICO
AREA DE VIVIENDA FISCAL
ARTICULO 16o. MISION DEL AREA DE VIVIENDA FISCAL: El Area de Vivienda Fiscal tendrá como misión administrar efectivamente la vivienda fiscal para responder a las necesidades transitorias reales y sentidas del personal uniformado de la Institución.
ARTICULO 17o. PROCESOS DEL AREA DE VIVIENDA FISCAL. El Area de Vivienda Fiscal cumplirá su misión mediante el desarrollo y ejecución de los siguientes procesos.
1. Coordinación de adjudicación y seguimiento de contratos
2. Desarrollo de infraestructura de vivienda fiscal
3. Coordinación del mantenimiento de vivienda fiscal
ARTICULO 18o. FINALIDAD. La vivienda fiscal tiene por finalidad solucionar y subsidiar transitoriamente dentro de las posibilidades de disponibilidad, la necesidad de vivienda del personal de Oficiales, Nivel Ejecutivo, Suboficiales y Agentes, que por razones de su cargo, seguridad, destinación, estímulo y ubicación geográfica, presentan riesgo o dificultad en la consecución de habitación.
ARTICULO 19o. BENEFICIARIOS. Tienen derecho a adjudicación de vivienda fiscal los Oficiales, personal del Nivel Ejecutivo, Suboficiales y Agentes en servicio activo, con más de cinco (5) años de servicio en la Institución u que tengan constituida una familia.
También podrá otorgarse vivienda fiscal, por razones de seguridad, al Ministro y Viceministro de Defensa que así lo soliciten.
ARTICULO 20o. JUNTAS DE ADJUDICACION. La adjudicación de vivienda fiscal se hará por intermedio de la respectiva Junta, de conformidad con las disposiciones establecidas en la presente resolución. Para el efecto, créanse las Juntas de Adjudicación de Vivienda Fiscal, las cuales estarán integradas de la siguiente manera:
1. Para la guarnición de Santa Fe de Bogotá
a. Subdirector General
b. Director de Bienestar Social
c. Director de Recursos Humanos
d. Jefe Area de Vivienda Fiscal, quien actuará como Secretario
2. Para los Departamentos de Policía, Policías Metropolitanas y seccionales de
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