ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Nacimiento y evolución del amparo mexicano


Enviado por   •  20 de Agosto de 2014  •  Tutoriales  •  10.582 Palabras (43 Páginas)  •  216 Visitas

Página 1 de 43

EL JUICIO DE AMPARO MEXICANO Y EL RECURSO CONSTITUCIONAL FEDERAL ALEMÁN (BREVES REFLEXIONES COMPARATIVAS)*

SUMARIO: I. Introducción. II. Nacimiento y evolución del amparo mexicano. III. Su complejidad actual. IV. Su trascendencia en otros países iberoamericanos y en varios instrumentos internacionales. V. Sectores protectores de los derechos humanos. VI. Nacimiento y desarrollo del recurso constitucional en la República Federal de Alemania. VII. Equivalencias con el amparo mexicano. VIII. Función tutelar de los derechos fundamentales. IX. Conclusiones comparativas. X. Bibliografía básica.

I. INTRODUCCIÓN

1. El presente trabajo tiene por objeto proporcionar un esbozo panorámico de carácter comparativo entre dos instituciones procesales que pueden considerarse paralelas. Por una parte el juicio de amparo mexicano en relación con sus sectores tutelares de los derechos humanos y en segundo lugar el recurso federal constitucional alemán (Verfassungsbeschwerde, en traducción literal: queja constitucional), como instrumento específico para proteger los llamados "derechos fundamentales" (Grundrechte) consagrados por la ley fundamental, ahora Constitución, de la República Federal de Alemania.

2. Aun cuando dichos instrumentos surgieron en épocas distintas y por causas diferentes, ambos pertenecen al género de los que podemos calificar como "instrumentos procesales específicos" para la tutela de los derechos humanos consagrados constitucionalmente, los que se caracterizan por un procedimiento sencillo y breve, con medidas precautorias enérgicas y efectos preponderantemente reparadores. Los dos pueden encuadrarse en el sector de la disciplina ca- lificada como "derecho procesal constitucional", que el destacado comparatista Mauro Cappelletti denomina "jurisdicción constitucional de la libertad".

3. Con estas superficiales reflexiones tenemos la pretensión, nada fácil, de destacar las semejanzas y las diferencias entre estos medios de defensa de los derechos de la persona humana, pero sin olvidar las distintas realidades económicas, políticas y sociales en las cuales se aplican.

II. NACIMIENTO Y EVOLUCIÓN DEL AMPARO MEXICANO

4. Esta institución, la más importante del derecho procesal mexicano, se creó después de una lenta y a veces atormentada evolución, en la cual se combinaron influencias externas con el desarrollo de instrumentos consagrados en documentos constitucionales mexicanos. El resultado fue un instrumento híbrido, resultado del trasplante de una institución norteamericana, perteneciente a la familia o tradición del common law, en un procedimiento inspirado en la legislación hispánica, situada en la familia o tradición continental europea, de origen romano-canónico. Por otra parte, una vez consolidado, el amparo mexicano sufrió transformaciones esenciales que modificaron de manera sustancial su estructura procesal.

5. Si pasamos breve revista a los antecedentes externos, descubrimos, en primer término, la influencia del derecho constitucional de los Estados Unidos, tanto por lo que se refiere al habeas corpus de ori-gen británico, consagrado en las diversas constituciones de las antiguas colonias inglesas, como especialmente la revisión judicial de la constitucionalidad de las leyes (judicial review), tal como fue descrito en el clásico libro del tratadista francés Alexis de Tocqueville, La democracia en América del Norte, cuya traducción castellana de Sán- chez de Bustamante, aparecida en París en el año de l836, fue conocida ampliamente por los juristas y políticos mexicanos de la época.

6. Pero la denominación deriva de la tradición hispánica, en virtud de que el nombre de "amparo", considerado como "castizo, evocador y legendario", de acuerdo con la certera frase del conocido constitucionalista mexicano Felipe Tena Ramírez, se inspira en dos ins- tituciones del mismo nombre, que se originan tanto en el derecho castellano, que era el aplicable en las colonias españolas en América (además de las llamadas "Leyes de Indias"), como en los procesos forales aragoneses, en ambos casos como instrumentos protectores de los derechos de los gobernados.

7. También podemos descubrir algunas instituciones francesas que influyeron directa o indirectamente en el amparo mexicano. En primer término, por medio del llamado Supremo Poder Conservador, órgano político establecido en las Leyes Constitucionales centralistas de l836, que tenía por objeto declarar la nulidad de los actos o le- yes de los poderes públicos a petición de alguno de ellos, y que constituyó un intento infructuoso de trasplantar el "Senado Conservador" de la Constitución francesa de l799. En segundo lugar, y de manera más importante, la casación francesa, que se injertó en el amparo contra resoluciones judiciales, en cuanto se aceptó la procedencia del propio amparo contra las decisiones de todos los jueces y tribunales del país.

8. Después de varios intentos que se hicieron en las Constituciones mexicanas, tanto de carácter federal como unitario, en las cuales se advierte una tendencia a superar el sistema de tutela de las normas constitucionales por parte de organismos políticos, ya sea el mismo Legislativo, de acuerdo con el precedente de la Constitución española de Cádiz de l8l2 (en la carta federal de l824), como por instrumentos específicos (el citado Supremo Poder Conservador), y atribuir a los tribunales, en especial a los federales, la protección de las normas fundamentales, que consagraban los derechos humanos, de acuerdo con la tradición norteamericana.

9. Según esta evolución, el juicio de amparo mexicano fue introducido en tres etapas: en primer lugar en la Constitución del Estado de Yucatán expedida en mayo de l84l, inspirada en el pensamien- to de Manuel Crescencio Rejón; posteriormente, y en el ámbito nacional, en el documento llamado "Acta de Reformas" (a la Constitución Federal de l824), promulgado a iniciativa de Mariano Otero y, finalmente, en la Constitución Federal de 5 de febrero de l857, en la cual se consagró de manera definitiva.

10. En las exposiciones de motivos de estos tres documentos fundamentales se expresó que, con el nombre de amparo, se pretendía la introducción de la revisión judicial norteamericana, tal como se dio a conocer en el citado libro de Alexis de Tocqueville, el cual se invocaba directamente. Dicha obra se consideró tan importante, que se hizo una reimpresión de la traducción castellana en el año de l855, en el cual se convocaron las elecciones para el Congreso Constituyente que redactó la carta federal de l857.

11. Los artículos l0l y l02 de la mencionada Constitución de l857 consagraron

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (70 Kb)  
Leer 42 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com