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Normatividad y procedimientos educativos

Marisol Correa MoralesInforme8 de Julio de 2016

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UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO PROFESIONAL

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Normatividad y procedimientos educativos

Alejandro Cordero Gallegos

Antología

Licenciatura en Educación

7mo Cuatrimestre

MODULO I

Aula 5

05- Octubre-2015


INDICE

  • Diferencias de la LEE y la LGE
  • LEY ESTATAL DE EDUCACIÓN, SNTE
  • Ley General de educación
  • PED
  • Acuerdo 357
  • Acuerdo 254
  • Acuerdo 255
  • Acuerdo 243
  • Acuerdo 450
  • Acuerdo 279
  • Artículo 3ro constitucional
  • Compromiso social
  • Cuadro retos
  • PND

DIFERENCIA ENTRE LA LGE Y LA LEE

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

LEY ESTATAL DE EDUCACIÓN

Prestar servicios educativos de calidad, los mismos se prestaran en el marco del federalismo.

Regula la educación que imparte el estado.

Determina para toda la república, los planes y programas de estudio para la educación preescolar, primaria, secundaria y norma

El estado está obligado a prestar los servicios educativos para que toda la población pueda cursar la Educación Preescolar, Primaria y Secundaria

El ejecutivo federal concurrirá al financiamiento de la educación pública

La aplicación y vigilancia de esta ley le corresponderá al Ejecutivo del Estado a través de la Secretaria de Educación Publica

La autoridad educativa federal determinará el calendario escolar aplicable a toda la república, en los niveles de preescolar, primaria, secundaria y normal, el cual deberá contener doscientos días de clases para los educandos.

 Las autoridades educativas estatales y las municipales deberán satisfacer los trabajadores de la educación para ejercer la docencia y labores de administración. 

Se basa en el artículo 3ro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Se basa en la Ley General de Educación

Se adicionan y reafirman 75 artículos en la LGE.

Se debe reconocer que cada estado tendrá su propia Ley Estatal de Educación misma que será impuesta por el gobernador electo.

LEY ESTATAL DE EDUCACIÓN SNTE

  • En este documento se enmarcan las disposiciones generales del federalismo educativo, de la equidad en la educación así como del proceso educativo y en base a la educación que impartan los particulares.
  • También habla sobre la validez oficial de los estudios y de los certificados de conocimientos.
  • De la participación social en la educación.
  • Así como de las infracciones, las sanciones y el recurso administrativo.
  • Aquí también se marca los criterios, términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanecía en el servicio profesional.
  • Respeto de los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación.
  • Se expresa también el firme compromiso de respetar las prestaciones salariales y sociales de los mismos.
  • Garantiza en todo momento la calidad y gratuidad de la educación pública y el aprendizaje de los alumnos.
  • Constituye mesas de trabajo o grupos mixtos SEDUZAC-SNTE, para generar propuestas para la mejora del servicio educativo y la calidad de vida de los trabajadores.


LEY GENERAL DE EDUCACIÓN

Se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones a la LGE

DOF

11/09/2013

Artículo único: Son los párrafos introductorios al acuerdo

Artículo 2.- Todo individuo tiene derecho a recibir una educación de calidad y a las mismas oportunidades.

Artículo 3.- El Estado está obligado a prestar servicios educativos de calidad para que los ciudadanos puedan cursar  la educación básica y media superior.

Artículo 6.- La educación que Estado imparta tiene que ser gratuita y no podrá en ningún momento condicionarse ni la inscripción, el acceso a la escuela, la aplicación de exámenes o la entrega de documentación.

Artículo 8.- Los estudios de educación básica, media superior y escuelas que tengan que ver con la formación de maestros de basara en los resultados del progreso científico.

Artículo 10.- Recibirán el nombre de educador e instituciones según lo que marca la ley.

Artículo 11.-Se debe evaluar la calidad, el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación básica y media superior.

Artículo 12.- En las instituciones de educación normal  y que tengan relación con la docencia deben tener los elementos necesarios para ser escuelas actualizadas y de calidad.

Artículo 13.- Se debe de contar con un módulo de información educativa a nivel local, el cual se encargara de los  programas, cursos y lo que tenga que ver con actualizaciones para los docentes.

Artículo 14.- Revisar el trabajo de los docentes a los educandos por medio de evaluaciones y al mismo tiempo tener una actualización para los docentes.

Artículo 15.- El trabajo que realicen los docentes debe estar sujeto a lo dicho en la ley general de educación.

Artículo 16.- Ed. Inicial, básico, indígena y especial

Artículo 20.- El docente debe estar actualizado según lo que indique la Ley General de Educación

Artículo 21.-Para poder impartir clases en las instituciones de las que se encarga el Estado, se deben satisfacer las necesidades que indique el personal competente según corresponde la Ley General de Educación.

Artículo 24.- En el Diario Oficial de la Federación debe establecerse los alimentos que serán consumidos dentro de la escuela.

Articulo25.- Es obligatorio que se presente el proyecto del presupuesto de lo que sustenta a las escuelas.

Artículo 28.- Cada escuela debe buscar la forma de fortalecer la autonomía de cada escuela.

Artículo 29.- Corresponde a la forma de evaluación que tiene que tener conformidad con lo establecido por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.

Artículo 30.-Facilidades y colaboración para las evaluaciones a que esta sección se refiere.

Artículo 31.- El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación es el encargado de mostrar los desarrollos de cada entidad.

Artículo 32.- Hace referencia a que cada individuo tiene derecho a una educación de calidad y a una equidad educativa.

Artículo 33.- Se prestaran servicios de educación a quien tiene rezagos educativos.

Artículo 34.- Evaluar las competencias de la calidad educativa

Articulo 41.- Integrar a los alumnos con necesidades especiales así como orientación a padres y maestros.

Articulo 42.- Cursos a los docentes y al personal que labora en los planteles de educación.

Artículo 44.- Promoción y asesoría de educación para adultos así como facilidades para acreditar primaria, secundaria y media superior.

Artículo 48.- La Secretaría realizará revisiones y evaluaciones sistemáticas y continuas de los planes y programas a que se refiere el presente artículo, para mantenerlos permanentemente actualizados.

Artículo 56.- De igual manera indicarán en dicha publicación, los nombres de los educadores que obtengan resultados suficientes, una vez que apliquen las evaluaciones y se entregara a las escuelas particulares un reporte.

Artículo 57.- Cumplir con lo dispuesto en el artículo 3ro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 58.- Las autoridades procurarán llevar a cabo una visita de inspección por lo menos una vez al año y podrán formular medidas correctivas, mismas que harán del conocimiento de los particulares.

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