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Obligaciones


Enviado por   •  20 de Enero de 2014  •  3.023 Palabras (13 Páginas)  •  160 Visitas

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Juicio Ejecutivo

Por Obligación de Dar

LIBRO III Títulos 2 y 3 CPC

Inicio: Gestión preparatoria de la vía ejecutiva

Demanda ejecutiva

Demanda abre: Cuaderno Principal o Ejecutivo

Requisitos: Tener un Título ejecutivo, que debe contener:

Requisitos Especiales Una Obligación: Líquida

Actualmente exigible

No prescrita

Requisitos comunes a toda demanda 254 CPC

Patrocinio y poder. Ley 18.120

Examen de admisibilidad 441 Demanda es admisible

Resolución - Providencia

“Despáchese” mandamiento de ejecución y embargo

Mandamiento de Ejecución y Embargo

Firmado por el juez y el secretario.

Primera actuación

Cuaderno de Apremio

Notificación – Requerimiento

Notificación Si se inició por gestión preparatoria.

Demanda Demandado señaló domicilio en dicha gestión: Por Cédula.

Ejecutiva Ddo. no señaló domicilio: Por Estado Diario.

Si la demanda es el primer escrito, o sea, “Título Perfecto”

Hay que distinguir:

Personal en persona si es habido.

Cédula de espera, si no es habido, que es una citación al deudor para que concurra a la oficina del receptor.

Fuera de Chile : Tabla de emplazamiento

Dentro de Chile Dentro del territorio de Competencia del tribunal.

En la comuna 4 días

Fuera de la comuna 8 días

Se le requiere de pago Fuera del territorio de Competencia del tribunal.

Tribunal exhortado 4 u 8 días

Tribunal exhortante 8 días +Tabla de Emplazamiento)

Si no paga, se procede al embargo, en

cantidad suficiente para cubrir el total de la

deuda*.

Importante: A partir del requerimiento empieza correr el plazo para que el ejecutado ejerza su derecho a defensa, mediante las excepciones del 464.

Con relación al

embargo

1 1

Con relación

al depositario 2

provisional

3 4

Además, la designación no puede recaer en emplea-

E dos o dependientes del tribunal a cualquier título ni

en persona que desempeñe el cargo en 3 o más juicios en el mismo

tribunal.

¿Qué otra designación podría contener el mandamiento?... Si la ejecución recae sobre un cuerpo cierto, debe hacer mención a él. Y si el acreedor ha señalado en la demanda bienes que la ley permite embargar, también debe mencionarlos.

Si en concepto del tribunal haya fundado temor de que el mandamiento sea desobedecido, podrá solicitar a petición de parte, el auxilio de la fuerza pública.

Si se designa depositario al deudor, para tal caso, la ley establece un tipo penal especial, que es el “depositario alzado”.

¿Y si el deudor no paga y no se defiende?... Se verifica la hipótesis del 472, esto es, “Se omitirá la sentencia y bastará el meye para que el acreedor pueda perseguir la realización de los bienes embargados y el pago, de acuerdo al procedimiento de apremio”. Entonces, se sigue adelante con la tramitación del cuaderno de apremio.

Oposición del demandado

Se defiende

Recurso de Apelación

Por las excepciones del 464

La oposición se dirige contra el manda-

miento, pero como éste se funda en el

TE, ataca indirectamente también a éste. Requisitos de admisibilidad de la oposición: Son 3

Efecto

...

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