Organizacion Administrativa Y Judicial Del Trabajo
jorge00132326 de Febrero de 2015
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Actividad capitulo 7. Organización Administrativa y Judicial de Trabajo.
7.1
DIRECCIÓN SUPERIOR - DESPACHO MINISTERIAL
Es la autoridad superior del Ministerio de Trabajo y Previsión
Social, a quien le corresponde cumplir y desarrollar las funciones que establece la
Constitución Política de la República de Guatemala, la Ley del Organismo Ejecutivo y
demás leyes vigentes. Para el debido cumplimiento de sus funciones, está a cargo de
un Ministro que es el rector de las políticas públicas correspondientes a las funciones
sustantivas del Ministerio, y un Primero, Segundo y Tercer Viceministro. El Ministro,
cuando sea el caso, hará la respectiva delegación de autoridad.
AUTORIDADES SUPERIORES
• Ministro
• Primero, Segundo y Tercer Viceministros
5.2.1.1 Ministro
Es el responsable de cumplir y velar porque se cumplan las
funciones que la Constitución Política de la República de Guatemala y las leyes que le
asignan al Ministerio. Es el funcionario de superior jerarquía en el Ministerio, tiene
autoridad y competencia en toda la República para los asuntos propios de su ramo.
Para el debido cumplimiento de sus fines cuenta con el apoyo de las unidades
siguientes: Secretaria General, Secretaria de Comunicación Social, Procuraduría de la
Defensa del Trabajador, Dirección de Sistemas de Información, Unidad de Auditoría
Interna, Consejo Técnico y Asesoría Jurídica, Dirección de Planificación, Cooperación
y Estadística, Unidad de Asuntos Internacionales de Trabajo y Coordinación de
Regionales.
5.2.1.2 Viceministros
Los Viceministros tienen jerarquía inmediata
Órganos Consultivos
Tienen el carácter de órganos consultivos de la Dirección Superior, los
señalados por Acuerdos y Convenios Internacionales, el Código de Trabajo, reglamentos
y demás disposiciones legales y vigentes.
b) Secretaría General
Son atribuciones de la Secretaría General las siguientes: Mantener y
proporcionar información sobre la gestión técnica y administrativa del Despacho
Ministerial y demás dependencias del ramo.
Recibir, registrar, clasificar y atender los
asuntos del despacho, formulando resoluciones, oficios, y otros documentos pertinentes
que agilicen el trámite de los asuntos ministeriales. Elaboración de proyectos de
Acuerdos Gubernativos y Acuerdos y resoluciones Ministeriales, conforme a lineamientos
emitidos por el Despacho Ministerial, cumpliendo con todo el procedimiento legal que a
cada caso corresponda. Ser el enlace entre el Despacho y las dependencias del
Ministerio, manteniendo un flujo oportuno de los expedientes. Notificar Acuerdos y
resoluciones emanadas del Despacho. Representar al Ministerio de Trabajo y Previsión
Social, en las actividades que el señor Ministro le encomiende. Organizar, sistematizar,
actualizar y conservar el archivo general del Ministerio. Las demás que le sean propias
de su cargo.
c) Secretaría de Comunicación Social
Son atribuciones de la Secretaría de Comunicación Social las siguientes:
Diseñar las políticas y estrategias de comunicación social del Ministerio, con el objeto de
promover el dialogo y el entendimiento con los diferentes sectores de la sociedad,
especialmente el sector laboral. Divulgar las principales actividades de interés nacional
que realiza el Ministerio. Fortalecer las relaciones con los medios de comunicación social
del país. Coordinar con las diferentes dependencias del Ministerio, a efecto de clasificar
los logros alcanzados y que ameriten su divulgación. Convocar a conferencias
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