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PLANES DE EMERGENCIA


Enviado por   •  16 de Octubre de 2013  •  1.050 Palabras (5 Páginas)  •  327 Visitas

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TALLER UNIDAD l: GENERALIDADES DE LOS PLANES DE EMERGENCIA.

NOMBRE APRENDIZ DAVID ARIEL ARROYO CHAMPUTIS

CEDULA 12753650

EMAIL arroyitojen@hotmail.com

FECHA 05-09-2013

CODIGO DE CURSO 587363

FUERZAS MILITARES

EMPRESA

SECTOR SERVICIOS ( ATENCION Y PREVENCION)

SECTOR

Decreto No.93 de 1998 Por el cual se adopta el Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres

Que la Ley 46 de 1988, fijó como uno de los objetivos del Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, el garantizar un manejo oportuno y eficiente de todos los recursos humanos, técnicos, administrativos, económicos que sean indispensables para la prevención y atención de desastres.

Que el Decreto-Ley 919 de 1989 por el cual se organizó el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres establece en su artículo 3°, que la Oficina Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, hoy Dirección Nacional, elaborará un Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, el cual una vez aprobado por el Comité Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, será adoptado mediante Decreto del Gobierno Nacional.

Que el Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres debe incluir y determinar todas las políticas, acciones y programas, tanto de carácter sectorial como del orden nacional, regional y local que se refieren, entre otros, a los siguientes aspectos:

a) Las fases de prevención, atención inmediata, reconstrucción y desarrollo en relación con los diferentes tipos de desastres y calamidades públicas;

b) Los temas de orden económico, financiero, comunitario, jurídico e institucional;

c) La educación, capacitación y participación comunitaria;

d) Los sistemas integrados de información y comunicación a nivel nacional, regional y local;

e) La coordinación interinstitucional e intersectorial;

f) La investigación científica y los estudios técnicos necesarios;

Los sistemas y procedimientos de control y evaluación de los procesos de prevención y atención.

Que todas las entidades y organismos Públicos, Privados y Organismos no Gubernamentales a los cuales la Oficina Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, hoy Dirección Nacional, solicite colaboración a fin de ejecutar el Plan, estarán obligados a presentarla dentro del ámbito de su competencia.

Que los organismos de planeación del orden territorial deben tener en cuenta las orientaciones y directrices señaladas en el Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, y contemplarán las disposiciones y recomendaciones específicas sobre la materia, en especial en lo que se hace relación a los planes de desarrollo regional, departamental y municipal.

Que el Comité Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, conforme al Acta No.002 del 22 de septiembre de 1994, aprobó las pautas y orientaciones para la elaboración del Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres.

Que el Comité Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, conforma al Acta No.007 del 27 de noviembre de 1997, aprobó el Plan Nacional para la Prevención y Atención

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