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POLITICA DE USO DE VEHICULOS UTILITARIOS.


Enviado por   •  15 de Febrero de 2017  •  Trabajos  •  1.833 Palabras (8 Páginas)  •  3.430 Visitas

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Disposiciones Generales

Clausula Primera.- El propósito del presente documento es establecer las Políticas y Lineamientos que debe observar la Empresa Industrial Guther S.A. de C.V. en relación a los vehículos oficiales.

Clausula Segunda.- Para los efectos de estas políticas y lineamientos, en lo sucesivo se entenderá por:

  1. Vale de Salida: registro de uso de los vehículos oficiales, el cual deberá contener los siguientes conceptos, fecha y hora de salida, asunto, domicilio, vehículo, kilómetros a la salida, kilómetros al regreso, kilómetros recorridos, nombre y firma del conductor. E utilizará cuando los vehículos sean utilizados por una persona distinta al resguardatario.
  2. Bitácora de servicio: registro de mantenimiento que requieren los vehículos para que se mantengan en óptimas condiciones de uso, los cuales son de carácter preventivo o correctivo, el primero son los establecidos en los manuales del conductor y asistencia vial de cada vehículo, y los segundos cuando ocurra una descompostura o desperfecto.
  3. Comisión: Es la encomienda, encargo o instrucción que se imparte al Trabajador.
  4. Conductor ocasional: Es aquel Trabajador con que con motivo de una comisión utiliza los vehículos temporalmente.
  5. Empresa: Industrial Guther S.A de C.V.
  6. Trabajador: Es toda aquella persona que preste un trabajo subordinado físico o intelectual a la Empresa Industrial Guther S.A de C.V.
  7. Resguardatario: Es aquel Trabajador de la Empresa que tiene bajo su resguardo los vehículos oficiales.
  8. Siniestro: Es todo suceso imprevisto o fortuito que produzca daños en vehículos oficiales, tales como robo total o parcial, incendio o accidente de tránsito, entre otros; esté o no cubierto por una póliza de seguros.
  9. Vehículo: Son los vehículos oficiales propiedad o en posesión de la Empresa, destinado a la transportación de personas y/o cosas para el cumplimiento de los fines de la Empresa.
  10. Dolo: Cuando se realiza un acto con plena intención.
  11. Negligencia: Omisión en el hacer que se está obligado a realizar.
  12. Imprudencia: Es un hacer que viola las precauciones que se deben tener en una actividad de riesgo.
  13. Impericia: Es la falta de un conocimiento que se debe tener y no se puede ignorar para manejar un vehículo.

Clausula Tercera.- De la Responsabilidad:

  1. Director General, autorizará los vehículos que serán asignados a los Trabajadores como prestación adicional, para el desempeño de sus funciones.
  2. Gerencia de Recursos Humanos, será el encargado de elaborar las responsivas de vehículos, y llevar actualizado el expediente de cada uno, resguardando en él: la responsiva firmada por el Trabajador, copia de su IFE / INE, copia de su Licencia de Conducir (Chofer /Automovilista)
  3. Gerencia de Operaciones – administrará y supervisará el registro de uso y mantenimiento,
  4. Encargado de Almacén y Logística – Auxiliar de Almacén—administrará y supervisará y llevará registro de las actividades de uso, orden y limpieza de los vehículos así como cuidado del aspecto del vehículo. Informará a Gerencia de Recursos Humanos sobre modificaciones, alteraciones, golpes, daños o robos leves o mayores, quien evaluará la situación y aplicará las medidas correspondientes.
  5. Gerencia Comercial - Asignará los vehículos y Trabajadores para el cumplimiento del Trabajo de acuerdo a pendientes y rutas programadas y asignará combustible. Como responsable de departamento se asegurará del orden y limpieza de los vehículos.

Clausula Cuarta.- Denominaciones: Existirán dos denominaciones en los vehículos propiedad de la Empresa: “asignados” y “utilitarios”

  1. Los vehículos asignados, son aquéllos que se otorgan en calidad de resguardo a los Trabajadores de mandos superiores, por indicaciones del Director General o Dirección Administrativa; para el desempeño de las labores que ejerce en la Empresa.

Los vehículos asignados podrán ser utilizados los siete días de la semana en la atención de asuntos derivados de sus funciones.

  1. Los vehículos utilitarios, son aquéllos que deberán ser aprovechados en el servicio de las operaciones y gestiones propias de trabajo de la Empresa, mismos que deben pernoctar al término de la jornada laboral.

Uso

Clausula Quinta.- Gerencia de Recursos Humanos será responsable de lo siguiente:

  1. Vigilar el buen uso que se le dé a los vehículos oficiales.
  2. Elaborar un expediente de cada vehículo que contendrá la responsiva, comodato, copias pólizas seguro y demás documentos importantes del mismo.
  3. Verificar que los Trabajadores que utilicen los vehículos oficiales tengan licencia de conducir vigente, de acuerdo al tipo de vehículo.
  4. Direccionar las solicitudes de mantenimiento vehicular a quien corresponda, y resguardará el documento probatorio de dicho mantenimiento.
  5. Verificará que la bitácora de mantenimiento se realice de forma programada en cada vehículo. Se apoyará con Gerencia de Operaciones.
  6. Solicitar a Dirección Administrativa la contratación de pólizas de seguro de los vehículos de la Empresa y guardar una copia de resguardo en el expediente del vehículo.

Nota: Dirección Administrativa y Dirección General serán los responsables de asignar los vehículos y derivarán a Gerencia de Recursos Humanos para que el trámite y proceso correspondiente se realice.

Clausula Sexta.- El uso de vehículos deberá ajustarse a los siguientes criterios:

  1. Los vehículos propiedad de la Empresa sólo podrán ser utilizados por los Trabajadores de la misma y aquéllos asignados para realizar servicios relacionados con las funciones propias de la Empresa.
  2. El resguardatario es el responsable de la custodia y el buen uso del vehículo a su cargo, el cual deberá ser utilizado bajos las Leyes y Reglamentos de Tránsito tanto Federales, Estatales como Municipales.
  3. Por ningún motivo, los vehículos propiedad de la Empresa, deberán portar propaganda política o comercial de cualquier tipo.
  4. La Dirección Administrativa y Gerencia de Recursos Humanos deberán mantener el resguardo actualizado correspondiente a cada vehículo, anexando copia de licencia de manejo vigente y legible del resguardatario del vehículo.
  5. Los vehículos utilitarios no deberán ser utilizados los fines de semana si no tienen algún asunto oficial, de igual forma en los periodos vacacionales, debiendo concentrarse en las instalaciones de la Empresa después de concluir las labores cotidianas, a excepción de cuando sean asignados para alguna comisión especial e indicación Directa de Dirección General o Dirección Administrativa.
  6. Los vehículos asignados SÍ pueden ser utilizados los fines de semana por los Trabajadores a quienes se les dejó la guarda del vehículo, sin embargo, en periodos de ausencia, vacaciones o de inactividad prolongada (permisos por más de 1 día o incapacidades) éstos deberán dejar los vehículos en las instalaciones de la Empresa el último día de su asistencia, y para ello reportarán a Recursos Humanos y dejarán a ése mismo la llave del vehículo, una vez que regresen de estos periodos entonces volverán a contar con la asignación del vehículo.

Clausula Séptima.- La Empresa, será responsable de tener al corriente los pagos de refrendos, pólizas de seguro y mantenimientos de cada vehículo.

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