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Parcial I Derecho Penal Ubp


Enviado por   •  29 de Abril de 2014  •  747 Palabras (3 Páginas)  •  1.379 Visitas

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1) Compare como conciben al delincuente la escuela Toscana y el Positivismo Criminológico.

La Escuela Toscana considera al delincuente como un individuo normal, libre, inteligente y moralmente imputable, que por su propia voluntad ha elegido el delito. Ha elegido lo malo pudiendo haber elegido lo bueno y por lo tanto es un sujeto que violando la norma penal merece la pena.

El delincuente tiene la libertad de elegir, todo surge de la voluntad del hombre mismo y la pena que se le debe aplicar debe ser proporcional al delito cometido con libertad e inteligencia.

El Positivismo Criminológico en cambio niega ese libre albedrío, niega esa afirmación que el individuo es libre para elegir y considera que el delincuente está determinado a serlo. Es decir que ciertas personas, genéticamente o por ciertos rasgos físicos o por nacer o vivir en determinados lugares, están predispuestos a delinquir, teniendo en cuenta los factores sociales y psicológicos que lo rodean.

Si el hombre está determinado al delito, no se lo puede culpar y a su vez la sociedad está determinada a su defensa.

LOMBROSO: Considera la existencia de un delincuente natural con ciertas características propias que permite distinguirlo del resto de los seres humanos (forma del cráneo, cara, cejas, voz, etc.)

FERRI: Acepta la idea de Lombroso y la completa ya que considera además otros factores (Clima, ambiente, posición social y económica entre otras)

Estas Teorías del Positivismo Criminológico fueron desechadas por no tener sustento científico ya que se encontró al menos un individuo con esas características similares que no era delincuente.

2) Explique a quienes se dirigen y cual es el contenido de las normas primarias y secundarias mediante las cuales el Derecho Penal alcanza sus fines

La Norma Penal indica que conducta esta prohibida u ordenada y amenazada para el autor. El supuesto de hecho que se analiza en la norma penal es un delito y la consecuencia jurídica es una pena o una medida de seguridad.

La norma primaria es de valoración y determinación y va dirigida al ciudadano y la norma secundaria va dirigida al juzgador.

Ej.: El Art. 70 C/P dice: Se aplicara reclusión o prisión de ocho a veinticinco años, al que matare a otro…

Entonces, lo de quien matare a otro recibirá una pena de reclusión o prisión de ocho a veinticinco años se lo está diciendo al ciudadano en la norma primaria y al juzgador en la norma secundaria, la norma primaria se ve reflejada en que no debe matar a otro.

Como norma de determinación intenta motivar a los sujetos a actuar psicológicamente sobre su esfera de comportamiento y como norma de valoración reafirma la defensa del bien jurídico y supone

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