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Prevención General Negativa


Enviado por   •  21 de Julio de 2015  •  Trabajos  •  1.537 Palabras (7 Páginas)  •  946 Visitas

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[pic 1]UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

LA PREVENCIÓN GENERAL NEGATIVA: Amenaza legal y ejecución

Trabajo en la modalidad:

TESINA

Como requisito para:

2do AÑO, DERECHO PENAL-PARTE GENERAL

ALUMNA:

Vanessa Geraldine Aparicio Barboza

(CODIGO: 2014016803)

        PROFESOR:

Dr. Juan Carlos Jiménez Herrera

LIMA, Noviembre del 2015

Para mis dos mejores amigos en el mundo: mis padres; gracias por su amor, comprensión y apoyo incondicional

AGRADECIMIENTOS

El presente trabajo de tesina, en primer lugar he de dar el correspondiente agradecimiento a mis padres por el esfuerzo y la confianza que pusieron en mí cuando decidí seguir la carrera de Derecho.

A la UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL por acogerme en sus aulas y darme la oportunidad de estudiar para formarme como una profesional a futuro.

A mis profesores, en este segundo año de formación, los cuales con su visión crítica en distintos aspectos de la vida cotidiana, su rectitud y calidad como docentes ayudan a una a formarse como persona.

A mis compañeras de aula, por ser tan empeñosas en sus proyectos e impulsarme a querer serlo también.

Son muchas las personas las que forman parte de mi vida académica y ojalá sigan siéndolo en mi vida profesional. Por los de ahora y los del futuro gracias por sus consejos, ánimos y enseñanzas.

A  todos los mencionados: Muchísimas gracias.

RESUMEN

Dentro de las teorías penales encontramos a las teorías o preventivas generales, las cuales a diferencia de las teorías absolutas o  de la retribución no ven al fin en la pena en su influencia sobre el autor, ya que la conciben sobre la influencia que ejerce en la colectividad mediante la amenaza  penal y la ejecución de la pena

Paul Johan Feuerbach fue quien elaboró  esta clase de  prevención general llamada “Teoría psicológica de la coacción”, la que viene a ser la teoría de prevención general negativa.  Esta teoría al querer prevenir el delito mediante las normas penales constituye una teoría de la amenaza penal, pero también afirma la necesidad de una teoría de la ejecución de la pena ya que sin esta no se confirmaría la seriedad de la amenaza anterior por lo que su amenaza carecería de eficacia.

Para Feuerbach, “El fin de infligir la pena se encuentra en la motivación de la  eficacia de la amenaza legal. La ley debe de intimidar a todos los ciudadanos, sin embargo la ejecución debe otorgarle eficacia a la ley, el fin mediato de la aplicación de la pena es, asimismo, la intimidación de la colectividad a través de la ley””

INTRODUCCIÓN

El Derecho penal es un control social altamente formalizado. Y como todo medio de control social, va a tender a evitar la concurrencia de determinadas conductas desviadas que atenten con la estabilidad social al establecer sanciones determinadas que les sucederán a su comisión.

Empezaré tratando al Derecho Penal como medio de control social el cual es ejercido por el Estado (Derecho Penal en Sentido Subjetivo), el cual viene a ser el titular exclusivo y excluyente del derecho a castigar al ser defraudado  lo establecido en las normas (Derecho Penal en Sentido Objetivo) quienes determinan  las consecuencias jurídicas que les corresponde a determinadas conductas, denominadas  penas y delitos, respectivamente.

Luego me encargaré en especial de las consecuencias jurídicas; tratando a las penas y las teorías de sus fines. Refiriéndome  a la  prevención general, uno de los fines que la pena cumple dentro del  sistema social. Digo uno de los fines puesto que si bien se distinguen distintos fines a la pena como vienen a ser: la retribución y la prevención (general y especifica); en nuestro sistema peruano  se dará una “combinación” de los postulados más resaltantes de estas categorías, lo cual es conocida como la teoría de la unión o mixta, esta es apreciable a lo largo de todo el proceso de determinación de la pena (determinación legal, determinación judicial, determinación ejecutiva)

Tanto las la retribución y la prevención corresponde  a teorías sobre los fines de la pena; la primera, corresponde  a la teorías absolutas y la segundas, a las relativas. La distinción entre estas dos teorías radica en que aquellas conciben a la pena como fin en sí misma, y estas la conciben según la necesidad que tengan respecto al carácter social, vale decir, la utilidad social que representan.

Será en estas últimas teorías, las relativas, en las que me enfocaré.  Las teorías relativas se clasifican en: Prevención general y Prevención específica; las primeras, a su vez, se dividen en prevención general positiva y prevención general negativa. Es en esta última en la que centraré la presente  tesina.

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