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Produccion Ecologica


Enviado por   •  18 de Octubre de 2012  •  5.697 Palabras (23 Páginas)  •  645 Visitas

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1. ¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬De acuerdo a la actividad de elaboración de purines extractos e Hidrolatos explique brevemente con un ejemplo aplicable.

R: purín Los purines son líquidos obtenidos como el resultado de la mezcla voluntaria de extractos de ciertas plantas consideradas medicinales o alelopáticas. Las plantas utilizadas en su preparación cuentan en su composición con sustancias que nutren la planta y previenen la aparición de plagas y enfermedades.

Los purines se pueden hacer de la siguiente manera:

 Se seleccionan las plantas o ingredientes a utilizar, se lavan y se cortan en trozos muy finos posterior a esto se agregar agua en razón de 600 ml por cada 100 g de ingredientes sólidos luego se agregar una cucharada de levadura para estimular la fermentación bacteriana, Se cubre con un lienzo o tela evitando la contaminación con insectos pero permitiendo el paso de aire.

Se debe revolver diariamente el purín hasta que la mezcla no fermente más ni tenga olor desagradable, Colar el purín y guardar el liquido en un frasco limpio y tapado hasta el momento de su uso, este se debe utilizar en proporción 1:10de purín y agua

Tipos de purines:

Contra Ingredientes a utilizar

Áfidos Ajo, menta, ortiga y yerbabuena.

Babosas Cenizas de ajenjo y ají.

Bacteriosis Caléndula, capuchina, salvia y verbena.

Chiza Ají, ajo, helecho y rábano picante.

Gusano cogollero Ají, anamú y helecho.

Escarabajos Ajenjo, botón de oro, rábano y romero.

Desmineralización Ortiga y cola de caballo

Garrapatas Ajenjo, albahaca, limonaria y sábila.

Gorgojos Ajenjo, ají, ajo y laurel

Larvas de gusanos Ajo, ají, botón de oro, jazmín

Gusano blanco Capuchina y cubios

Heladas Ortiga

Hongos Chipaca, caléndula, cola de caballo, papayuelo y ruda.

Hormigas Helecho, menta, melcocha y yerbabuena

Minadores Ajo y ají.

Moscas Albahaca, poleo, ortiga y yerbabuena.

Mosquitos Ajenjo y albahaca.

Nematodos Chisacá y crotalaria

Pulgas Ajenjo, altamisa, albahaca y romero.

Trips Ají con ajo

 Hidrolatos: son abonos orgánicos de origen vegetal, de plantas aromáticas o medicinales Para su preparación, se somete a cocción la solución resultante de la mezcla de plantas aromáticas y medicinales y agua.

Los Hidrolatos al igual que los purines al aplicarlos a las plantas repelen los insectos y previenen enfermedades causadas por hongos y bacterias.

Algunas plantas aromáticas y medicinales para utilizadas en la preparación de Hidrolatos son:

• Hierbabuena.

• Limonaria.

• Albahaca.

• Llantén.

• Ají.

• Aj.

• Ruda.

• Prontoalivio.

• Cítricos.

MATERIALES E INSUMOS PARA LA PREPARACIÓN DE HIDROLATOS:

10 kilos de hojas y tallos delgados de plantas medicinales y/o aromáticas.

20 litros de agua pura 1 Olla grande y estufa o fogón Preparación de Hidrolatos Macerar y picar finamente las hojas y tallos de 10 kilos de plantas medicinales y aromáticas. Mezclar las plantas medicinales y aromáticas en 20 litros de agua pura. Colocar al fuego lento hasta que la mezcla de agua y plantas comience a hervir. Dejar enfriar la solución resultante y colarla. La solución se puede aplicar el mismo día de la preparación o hasta el día siguiente.

 Extracto: Es una solución que estar compuesta por un solvente orgánico generalmente aunque rara vez es acuoso, el cual tiene la función de extraer de la planta sustancias química que pertenecen a la planta, ejemplo: si tomamos unas hojas verdes de cualquier planta, la trituramos y luego le agregamos alcohol, esperamos un tiempo y tendremos nuestro extracto vegetal.

2. ¿Qué otro tipo de control biológico o natural se puede atizar para el control de garrapatas?

 Rotación adecuada de potreros.

INVESTIGADORES DE INDIA RECOMIENDAN SEMBRAR EN LOS POTREROS UNA LEGUMINOSA CUYAS HOJAS ESTÁN RECUBIERTAS POR PELOS QUE SEGREGAN UN COMPUESTO QUE PARALIZA LOS ESTADOS LARVARIOS DE LA GARRAPATA IMPIDIÉNDOLES SU DESARROLLO. Esta leguminosa es la Stylosanthes viscosa y se recomienda sembrarla alrededor de los potreros y cerca a los sitios de manejo y permanencia como los establos, las mangas, los bretes y los embarcaderos.

3. Manejo integrado ecológico de agentes plaga.

R/: para comenzar se debe mirar cual es la plaga o enfermedad que está causando las pérdidas, posterior a estos se debe tomar una decisión adecuada de que elementos vamos a utilizar los cuales pueden ser extractos, purines o Hidrolatos o también se pueden realizar diferentes controles tales como:

Control manual de insectos.

• Eliminación de plantas o frutas enfermas.

• Barbecho.

• Variedades resistentes.

• Rotación y asociación de cultivos.

• Manejo de densidad y fechas de siembra.

• Manejo de riego para combate de malezas.

• Cercas vivas para crear refugios para los enemigos naturales.

• Trampas.

• Caldos minerales.

Control biológico.

• Conservación o fomento de los enemigos naturales de las plagas.

• Aumento de organismos benéficos.

• Introducción de enemigos naturales contra plagas exóticas.

Control con plantas insecticidas.

• Uso de polvos, extractos, aceites de plantas con propiedades insecticidas, reguladores de crecimiento, repelentes o que alteren el comportamiento de las plagas.

Esto se realiza dependiendo del estado o ciclo en el que ataque dicha plaga.

4. ¿Qué otro tipo de enfermedades de las pasturas son de importancia económica?

• El manejo inapropiado de los pastos trae como consecuencia el ataque de enfermedades que causan la disminución de su calidad. Es tas enfermedades son causadas por bacterias, hongos, virus o deficiencias nutricionales en el terreno sobre el cual están sembradas. Otra de las enfermedades de los pastos

nombre común Mancha parda

Nombre científico Stemphylium botrysum

Daño que ocasiona Es una enfermedad muy común en el alfalfa, se presenta como manchas irregulares de borde pardo oscuro en las hojas. Afecta la capacidad fotosintética de la planta.

ACTIVIDAD # 2

1. Mencione bajo que norma la finca visitada se encuentra desarrollando el proceso de implementación en busca de la certificación? ¿Cuales son los componentes de dicha normatividad, y cuales componentes aplican a este sistema de producción desarrollada por la finca visitada?

R: La finca visitada el día 9 de octubre del presente año, se encuentra desarrollando el proceso de implementación bajo la norma 000187 del 31 de julio de 2006.

Los componentes de dicha normatividad son:

• Capitulo 1. Objeto y campo de aplicación.

• Capitulo 2. Definiciones.

• Capitulo 3. Principios de la producción y comercialización de alimentos ecológicos.

• Capitulo 4. Sistema de control.

• Capitulo 5. Registros ante el sistema nacional de control.

Ahora bien, en cuanto a la parte de los componentes que aplican a este sistema de producción en la finca visitada se ven involucrados varios como lo son:

Objeto y campo de aplicación

Artículo 1º. Objeto. Adoptase el Reglamento para la producción primaria, procesamiento, empacado, etiquetado, almacenamiento, certificación, importación, comercialización y el sistema de control de productos agropecuarios ecológicos, el cual establece en forma equivalente con disposiciones internacionales, los principios, directrices, normatividad y requisitos mínimos que deben cumplir los operadores para la producción primaria, procesamiento, empacado, etiquetado, almacenamiento, certificación, importación y comercialización interna de productos obtenidos mediante sistemas de producción agropecuaria ecológica, así como los organismos de control y el sistema de control para dichos productos.

• Garantizar a los consumidores que los alimentos ecológicos cumplan con lo establecido en el presente reglamento.

• Garantizar la idoneidad y transparencia de todos los operadores y los organismos de control.

• Artículo 2º. Campo de aplicación. La presente resolución se aplicará en todo el territorio nacional a los sistemas de producción y comercialización de productos ecológicos provenientes de:

a) Productos agrícolas vegetales no transformados.

b) Productos procesados destinados a la alimentación humana derivados de los productos indicados en el literal a);

Artículo 3º. Denominación de producto ecológico. Se entiende por producto “ecológico”, “biológico” y/o “orgánico”, en adelante “Producto Ecológico”1 a los productos agropecuarios, acuícolas y pesqueros primarios y aquellos productos procesados que sean dirigidos a la alimentación humana, obtenidos de acuerdo con lo estipulado en el presente reglamento, y que han sido certificados por una entidad debidamente autorizada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Principios de la producción y comercialización

de alimentos ecológicos

Artículo 4º. Visión general. Los sistemas ecológicos de producción agropecuarios, acuícola y pesqueros deberán utilizar insumos, métodos y prácticas que mejoren la actividad biológica del ecosistema, la biodiversidad y permitan un equilibrio biológico natural. Un sistema de producción ecológica deberá:

a) Aumentar la diversidad biológica del sistema en su conjunto;

b) Incrementar la actividad biológica del suelo (en el sistema de producción agropecuario);

c) Mantener la fertilidad del suelo a largo plazo (en el sistema de producción agropecuario);

d) Reutilizar los desechos de origen vegetal y animal a fin de devolver nutrientes a la tierra, reduciendo al mínimo el empleo de recursos no renovables;

f) Promover un uso saludable del suelo, el agua y el aire, y reducir al mínimo todas las formas de contaminación de estos elementos que puedan resultar de las prácticas de producción;

g) Manipular los productos haciendo hincapié en el uso de métodos cuidadosos de elaboración, a efectos de mantener la integridad ecológica y las cualidades vitales del producto en todas las etapas;

h) Establecer prácticas de producción que aseguren la inocuidad y calidad del producto;

i) Establecerse en cualquier predio existente a través de un período de conversión cuya duración adecuada dependerá de factores específicos para cada lugar, condiciones geográficas, climáticas, morfológicas, el tipo de cultivos que haya de producirse;

j) Mantener la seguridad, salud y bienestar laboral;

k) Estar conforme con las disposiciones aplicables en materia de uso del suelo prescritas por el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) respectivo, así como con la clasificación de áreas de reserva forestal establecida por la legislación vigente.

Artículo 5º. Separación de unidades productivas. Las unidades de producción agropecuaria ecológica se entienden como un organismo vivo, dinámico y sistémico. Por ello, deberán estar claramente delimitadas. En el caso en que existan en un mismo predio, unidades de producción agropecuaria no ecológica, el productor deberá garantizar la existencia de medidas preventivas orientadas a evitar contaminación y mezcla de productos.

Artículo 6º. Incompatibilidad con organismos vivos genéticamente modificados. No podrán ser utilizados “Organismos Vivos Genéticamente Modificados” sus productos o derivados, en ninguna de las etapas del sistema de producción ecológico.

Artículo 7º. Disminución de riesgos de contaminación por prácticas agropecuarias. Durante la producción, comercialización y/o procesamiento de productos agropecuarios ecológicos, no se deben utilizar productos químicos de síntesis; el uso de sustancias permitidas deben ser de modo excepcional, una vez los métodos naturales sean inviables y con previa autorización del organismo de control autorizado. Para el caso anterior se podrán utilizar:

a) Sustancias minerales inocuas, obtenidas de yacimientos naturales y que no hayan sufrido después de su extracción tratamiento diferente al mecánico (cernido, triturado) o físico (térmico, decantación, disolución de agua);

Artículo 8º. Períodos de conversión. Para que un producto agropecuario reciba la denominación de “Producto Agropecuario Ecológico”, deberá provenir de un sistema donde se hayan aplicado los principios, directrices, métodos y prácticas establecidas en el Reglamento, adoptado en la presente resolución durante los tiempos mínimos establecidos.

Artículo 9º. Uso del agua. El agua utilizada para el abastecimiento, la producción, transformación y procesamiento de los productos agropecuarios ecológicos, deberá cumplir con los requisitos de calidad establecidos en la legislación sanitaria vigente, así como los requerimientos ambientales para el uso del recurso.

Artículo 10. Barreras físicas para evitar contaminación. En situaciones en que las unidades productivas puedan estar expuestas a posibles fuentes de contaminación, se deberá disponer de barreras físicas o naturales adecuadas u otros medios que protejan y garanticen la integridad del área.

Artículo 11. Insumos. Para incluir o retirar insumos de las listas de sustancias establecidas en los Anexos I, II, III y IV del Reglamento, adoptado en la presente Resolución, se deberá solicitar autorización al Sistema Nacional de Control y deberán cumplir los siguientes principios:

a) Ser consistentes con los principios de producción ecológica;

b) No debe ser producto de síntesis química;

c) Las enmiendas deben ser de fuentes naturales;

d) El uso de la sustancia es necesaria o esencial para el uso a que se le destina;

e) Cumplir con la evaluación del riesgo que para sustancias destinadas al consumo humano se tengan establecidas;

f) El uso de la sustancia no resulta o contribuye a efectos dañinos al ambiente;

g) Tener el menor efecto negativo sobre la salud humana o de los animales y sobre la calidad de la vida.

h) Desde el punto de vista de la salud humana, la autorización del uso de insumos, debe estar sujeta a la evaluación de riesgo que para tal efecto tiene establecido el Ministerio de la Protección Social;

i) No existir alternativas disponibles autorizadas en cantidad y/o calidad suficiente;

j) Debe darse una descripción detallada del producto: condiciones de su utilización y las exigencias de composición y/o solubilidad;

k) La utilización de insumos permitidos en las listas de sustancias enlistadas en los Anexos I, II, III y IV del Reglamento, adoptado en la presente resolución, que requieran obtención del medio natural, deberá ajustarse al cumplimiento de la normatividad ambiental de uso y aprovechamiento;

l) Seguir con el procedimiento establecido por el Sistema Nacional de Control.

Parágrafo 1º. Todos los productos terminados y utilizados como abonos o sustancias de síntesis biológica o afines, químicas (bioinsumos) con fines comerciales en la producción ecológica deberán estar registrados ante el ICA.

Artículo 12. Almacenamiento de materias primas e insumos. No se permitirá el almacenamiento sin separación, en la unidad productiva, de las materias primas e insumos, distintos de aquellos cuya utilización sea compatible con las disposiciones de la presente resolución.

Artículo 13. Transporte de los productos ecológicos. Sin perjuicio de las exigencias sanitarias que al respecto se encuentren establecidas para el rotulado de alimentos empacados en general, los productos ecológicos solamente se podrán transportar a otras unidades, tanto mayoristas como minoristas, en envases o recipientes adecuados cuyo sistema de cierre impida la sustitución de su contenido y que vayan provistos de una etiqueta que cumpla con lo establecido en la Resolución número 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social, o la posterior normatividad que la sustituya o adicione, así como también con el capítulo de Etiquetado del Reglamento que adopta esta resolución.

Parágrafo 1º. No obstante a lo anterior, no se necesitará un cierre en los envases o recipientes que impida la sustitución de su contenido, cuando el transporte y destino sea entre un productor y otro operador que se hallen sometidos al sistema de control establecido.

Artículo 14. Etiquetado. Los productos amparados bajo esta resolución, deberán cumplir con lo especificado en la Resolución número 5109 de 2005 del Ministerio de la Protección Social, o la que la modifique, sustituya o adicione.

Los productos que en su etiqueta hagan referencia a su origen ecológico, biológico u orgánico, se deberán identificar teniendo en cuenta lo estipulado en el Reglamento, adoptado en la presente resolución y deberán estar respaldados del correspondiente documento emitido por un organismo de control debidamente autorizado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Artículo 15 Situaciones de emergencia. En caso de presentarse una situación de emergencia que obligue al productor a utilizar prácticas no aceptadas por la presente Resolución y el reglamento que adopta, el productor debe comunicar al organismo de control las medidas a tomar y a su vez, según los principios acá establecidos, esta definirá el tiempo necesario para poder comercializar y etiquetar el producto como ecológico.

Artículo 16. Certificación. Los productos comercializados bajo la denominación de productos agropecuarios ecológicos, biológicos u orgánicos deberán estar respaldados por la correspondiente certificación otorgada por un organismo de control debidamente acreditado por la entidad competente y autorizado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Parágrafo 1º. Ninguna persona física o jurídica podrá certificar productos ecológicos, biológicos u orgánicos, sin la previa autorización otorgada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Artículo 17. Uso del sello único de alimento ecológico. Las personas naturales o jurídicas que produzcan o procesen productos nacionales, que cumplan con los requisitos referentes al método de producción, elaboración, etiquetado, lista de ingredientes y que además estén bajo lo estipulado por la Resolución del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural número 0148 del 2004, podrán usar el Sello Unico de Alimento Ecológico.

El operador podrá obtener la autorización del uso del Sello único de Alimento Ecológico a través del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, siempre y cuando cuente con una certificación de producto ecológico obtenida por un organismo de control acreditado y autorizado de acuerdo con lo establecido en la presente resolución.

Artículo 18. Requisitos mínimos de control. Al iniciarse el proceso de certificación el organismo de control aparte de realizar una inspección física completa de la unidad productiva, deberá crear un registro con los antecedentes de cada una de las unidades productivas mediante una inspección o informe inicial, que contemplará como mínimo:

a) Nombre del establecimiento y datos personales del productor;

b) Ubicación geográfica, superficie total y superficie de cada lote;

c) Descripción de la unidad productiva y los segmentos en los que se divide, tales como área de producción, área de almacenamiento, transformación, envasado u otros;

d) Identificación de los predios colindantes y el tipo de actividad que realizan;

e) Sistema de riego detallando el origen del agua;

f) Descripción del suelo, descripción detallada de las prácticas agropecuarias, tratamientos realizados en los últimos tres (3) años en cada uno de los lotes, cultivos anteriores, prácticas culturales, otros;

g) Descripción de instalaciones y maquinaria;

h) Para plantas de elaboración o procesamiento se deberá recopilar los antecedentes de cada una de las unidades de procesamiento. En el mismo informe deberá contemplarse como mínimo el nombre del establecimiento, datos del responsable, ubicación, plano de la planta y sus instalaciones, productos bajo elaboración, descripción del proceso, lista de ingredientes utilizados en el proceso y su origen. Se deberán tener en cuenta análisis y controles de calidad;

i) Las plantas productoras o transformadoras, sitios de almacenamiento y expendio de alimentos, deben cumplir con los principios de las Buenas Prácticas de Manufactura establecidos en el Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de la Protección Social o las que lo sustituyan o modifiquen;

j) Programa de limpieza y control sanitario de equipos, máquinas, elementos de transporte y depósitos a fin de evitar posibles contaminantes;

Parágrafo 2º. Se entiende por inspección la labor de visitar, verificar, fiscalizar o evaluar, la naturaleza ecológica de la producción, sus procesos y las instalaciones apropiadas para el mismo.

2. ¿Qué sistemas o formas de certificación están contemplados dentro de la normatividad reguladora de los procesos ecológicos? Que es un (SCI) sistema de control interno, cuáles son sus deberes y cuando se emplea un SCI?

Para evaluar la conformidad de un sistema productivo, las entidades certificadoras se basan en las normas establecidas por cada uno de los mercados a los que será dirigido el producto ecológico, como por ejemplo las siguientes:

Colombia: Resolución 0187/06

En términos generales, el procedimiento para conseguir la certificación ecológica de un producto se realiza de la siguiente forma:

1. El productor debe identificar las entidades certificadoras reconocidas en los mercados en los cuales pretende comercializar el producto. Para el mercado nacional, la entidad debe estar acreditada ante la Superintendencia de Industria y Comercio y autorizada (ó en proceso de autorización) por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

2. Una vez identificadas las entidades de certificación, se debe solicitar una cotización y entrega de documentos de referencia, con los cuales se realizará el proceso de certificación. En dicha información el productor podrá verificar los costos que debe asumir para la certificación, los tiempos establecidos para la conversión, las condiciones de producción que debe adoptar, entre otros aspectos específicos de su sistema productivo.

Como se mencionó anteriormente, los aspectos específicos del proceso de certificación dependen de la normativa que la entidad certificadora tome como referencia, sin embargo, a modo general las normativas manejan los mismos principios de producción ecológica y se está presentando la tendencia de generar procesos equivalentes entre las entidades certificadoras, para facilitar el comercio internacional.

En el caso colombiano, el reglamento técnico de la Resolución 0187/06 establece los principios, directrices, normatividad y requisitos mínimos que deben cumplir los productores que operen bajo sistemas de producción agropecuaria ecológica en términos de producción primaria, procesamiento, empacado, etiquetado, almacenamiento y comercialización interna.

3. Con base en las condiciones ofrecidas por cada entidad certificadora, el productor debe seleccionar aquella con la cual firmará el contrato para iniciar el proceso de certificación.

4. Una vez finalizado el proceso de certificación, el productor puede solicitar al MADR el “Sello Único Nacional de Alimento Ecológico” (Gráfico 3), que debe llevar el empaque del producto, adjuntando a la solicitud el certificado ecológico emitido por la entidad competente

El (SCI) es de acuerdo con lo establecido en la Ley 87 de 1993, el SCI está integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad.

Lo anterior con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención de las metas u objetivos propuestos.

El Decreto 1599 de 2005 adoptó el Modelo estándar de Control Interno - MECI - que busca proporcionar a todas las entidades públicas mecanismos estándar para la evaluación estratégica y de gestión, en el marco de la autorregulación y la prevención.

El Sistema de Control Interno debe:

• Ser una herramienta para el mejoramiento de la gestión de la Universidad

• Articular los elementos de la organización de manera que funcionen como un sistema armónico

• Definir parámetros para evaluar planes y programas

• Brindar elementos para la toma de decisiones

• Generar información para la retroalimentación constante entre todas las instancias de la organización.

• Brindar posibilidades para mejorar el desempeño de las personas y previene posibles errores humanos

• Garantizar el cumplimiento de la Ley en el marco de la autonomía

• Promover la autoevaluación y autorregulación

3. Que es una certificadora de productos orgánicos, y cuales conoce usted que estén desarrollando este trabajo en Colombia? Menciónelas, que estén abaladas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Una certificadora es una empresa u organización que se dedica a estudiar las fincas que trabajan orgánicamente, así como a determinar si cumplen con las normas de producción orgánica. Una vez terminado el estudio y si el resultado es positivo, la certificadora otorga un certificado de cumplimiento de dichas normas. Las normas de producción orgánica son bastante parecidas en todo el mundo en cuanto a los principios generales.

Una característica muy importante que debe tener una certificadora es que debe ser una tercera parte completamente neutral e independiente a la hora de tomar decisiones para otorgar o denegar una certificación. Esta característica propia de la certificadora aunado a un buen trabajo de certificación, genera confianza entre quienes participan en el mercadeo de productos orgánicos.

Puede darse el caso de que la certificación puede ser otorgada por el grupo que produce o comercializa dichos productos; esto tiene el nombre de auto certificación. Aunque esta es una forma de certificación, no es considerada la más adecuada, debido a que quien certifica está siendo juez y parte en el proceso de certificación y comercialización. Esto es lo que se llama conflicto de intereses, y toda certificadora debe tener mucho cuidado de que su trabajo se limite exclusivamente a la certificación y nunca entablar relaciones comerciales, ni favorecer a ningún cliente sobre otro.

En resumen, la certificadora debe dedicarse únicamente a aplicar las normas de certificación.

La Corporación Colombia Internacional es una entidad certificadora de productos ecológicos en Colombia, acreditada por la Superintendencia de Industria y Comercio, a nivel nacional, con el aval de Bioagricoop SCR de Italia y BCS-OKO Garantie Gmbh de Alemania, ha certificado productos ecológicos en el país desde 1994, principalmente panela exportada al mercado de Italia, pulpa de mango con destino a Alemania, Holanda, Estados Unidos y Canadá, banano deshidratado y vinagres finos de caña, que se deben estar exportando a Suiza y Estados Unidos (banano) y a la Unión Europea (vinagres).

Dado el interés que ha despertado en nuestros visitantes el trabajo con productos ecológicos, presentamos el proceso de certificación que se realiza en Colombia, el cual como ya se mencionó está a cargo de la Corporación Colombia internacional y se basa en la Resolución 0544 de 1995 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a nivel local.

4. ¿Cuáles son los pasos para llevar a cabo un proceso de certificación?

Cuando una empresa, tras evaluar los pro y los contra, toma la decisión de certificarse e iniciar un proceso de implementación de sistemas de gestión de calidad con miras al mejoramiento, debe afrontar ciertos procesos. Con Cultura E conozca los pasos esenciales a la hora de implementar una norma ISO dentro del campo empresarial.

Diagnóstico

Todo proceso de certificación inicia con un correcto diagnóstico. Este punto es considerado esencial puesto que determina los recursos con los que cuenta la empresa. Un diagnóstico correcto permite, además, identificar las falencias o fortalezas de la empresa. Según los parámetros establecidos desde ISO, esta es la labor más importante del proceso y se establece como la base para determinar el estado real de la empresa, soportando el análisis en su información básica.

El primer paso para desarrollar un buen diagnóstico es consultar al personal (empleados) sobre cómo hacen su trabajo y cuál es su forma diaria de operación, esto permite adelantar un cuidadoso seguimiento de las acciones. No obstante, esta tarea también puede ser reemplazada por encuestas que evalúen funcionamientos, tiempos, resultados, entre otros factores.

Seguido del diagnóstico, como eje central de un proceso de certificación, se establece un compromiso e inicia la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad mediante los siguientes procesos: planeación, sensibilización, documentación, implementación y seguimiento, y revisión y evaluación.

Compromiso

Esta es una etapa intermedia que incluso no es establecida dentro de los parámetros de ISO, sin embargo es recomendada por las empresas asesoras puesto que es el momento en el que todos los niveles de la empresa se concientizan sobre la importancia de iniciar el proyecto. Es importante aclarar que el nivel jerárquico más alto de la empresa debe estar comprometido con el mejoramiento y las buenas intenciones generadas en este proceso.

Planeación

Mucho se ha hablado de la importancia que establece la planeación dentro de cualquier proceso. En una ruta para la certificación esta norma no es la excepción y la planeación se concibe como la etapa que define el tiempo de realización de cada una de las actividades planeadas. Experiencias de otras empresas, hoy día certificadas, aclaran la importancia de un asesor exclusivo dentro del proceso de certificación puesto que aquellas compañías que no son asesoradas tienden a duplicar el tiempo del proyecto.

En la planeación, partiendo de lo recolectado en el diagnóstico, se establecen los objetivos y acciones necesarias para corregir las deficiencias detectadas y superarlas; así mismo, se fortalecen las ventajas ya identificadas.

A la hora de establecer las metas se deben tener en cuenta los alcances e indicadores que le ayudarán a medirlas posteriormente; de igual forma es importante tener consciencia de que los objetivos trazados no solo deben ser medibles, sino también coherentes con las capacidades y políticas de la organización. Dicha medición debe realizarse llevando varios documentos en los que se evalúe la eficacia y se ejerza control sobre la misma.

El plan es un mapa de navegación, tanto para lograr la certificación como para facilitar los planes a futuro de la empresa. Algunos pasos recomendados para diseñar un buen plan de trabajo son:

1. Identificar la situación y definirla concretamente determinando su grado de importancia.

2. Observar las características del problema teniendo en cuenta diferentes puntos de vista.

3. Elaborar un plan de acción que bloquee las causas del problema y lo solucione.

4. Crear indicadores para evaluar la situación.

Sensibilización

Esta etapa, también conocida como capacitación, está destinada a que el personal de la organización se incluya en un proceso de sensibilización en el que conozcan el alcance de la certificación y lo que esto representa para cada área de trabajo. Las directivas de la empresa deben asegurarse de que su personal tenga sentido de pertenencia por el proceso, pues esto contribuirá en el logro de los objetivos.

Documentación

Esta es considerada la etapa de los manuales. Debe establecerse por escrito cada una de las políticas de la organización y su manera de cumplir la norma o estándar. Así mismo, en la etapa de documentación se definen los procedimientos e instrucciones de trabajo de los procesos operativos.

En este punto es recomendable investigar las regulaciones que aplican para el sector al que pertenece cada empresa, cuáles son los documentos requeridos por la entidad y cuáles son los registros exigidos por la norma internacional. Esto permitirá medir qué documentos se tienen y qué documentos es necesario elaborar.

Entre la documentación que exige la norma, sea cual sea el sector, se encuentra el manual de calidad, el manual de procedimiento, los procedimientos generales y específicos, los registros, los planes de calidad y especificaciones en general. También resultan necesarios: expedientes maestros de los productos, informes, planos, dibujos, esquemas, reglamentos, instrucciones, etc.

Si se pregunta por la extensión de la documentación, es importante que conozca que este factor depende del tamaño y el tipo de actividad de la organización.

Implementación y seguimiento

En este paso del proceso de certificación se llevan a cabo las prácticas de las políticas definidas y los procedimientos desarrollados. Esta parte del proceso se caracteriza por incluir a todo el personal de la organización.

La implementación y seguimiento es fiel al desarrollo sistemático de productos, bienes y servicios que propendan a una mejor calidad y al cumplimiento de las necesidades del cliente. La empresa se enfrenta del papel al hecho, buscando un objetivo claro.

Revisión y evaluación

Tal como lo indica la Norma ISO, la certificación debe estar preparada para revisiones constantes. Más allá de una vigilancia, estos procesos se adelantan para identificar fallas, diseñar correctivos y lograr mejoras continuas. La norma especifica que deben realizarse tres etapas de revisión y evaluaciones periódicas antes de la certificación: la primera etapa es llevada a cabo por la gerencia, la segunda por las auditorías internas y la tercera por los auditores externos.

1. Revisiones gerenciales

En esta etapa la gerencia empresarial realiza auditorías internas para detectar evidencias sobre incumplimientos en la documentación, en los registros o en el conocimiento del personal. Las auditorías internas permiten dar a conocer el grado de implementación del sistema y detectar oportunidades para mejorar. Esta es la etapa límite para seleccionar una compañía certificadora, una vez que la empresa esté lista para recibir la auditoría.

2. Pre-auditoría

Aquí la compañía certificadora elegida se dirige a la empresa para evaluar el grado de cumplimiento del sistema de calidad. Las pre-auditorías son auditorías reales, pero se diferencian de las terceras en que estas no son válidas para obtener el registro. Este paso sirve como un ejercicio de preparación para la certificación.

3. Certificación

Etapa decisiva del proceso. La compañía certificadora asiste a la empresa para evaluar el grado de cumplimiento del sistema de calidad; de este resultado depende el logro de la acreditación, dado que las auditorías de certificación tienen validez para el registro. En el caso cumplir con todos los requisitos, el organismo certificador emite una constancia con duración de tres años, bajo la condición de mantener el sistema de calidad. Una vez logra la certificación, la compañía tiene que certificarse de nuevo al tercer año.

5. ¿Qué es la inspección de la finca? ¿Que se inspecciona?

Es el paso más importante del proceso de certificación. Todos los pasos anteriores tienen como objetivo que la inspección se pueda realizar exitosamente, y de una inspección correcta depende la buena toma de decisiones de parte del Comité de Certificación.

La inspección es una visita que hace un inspector a la finca, con el fin de verificar la información de la solicitud dada por el productor, además, inspecciona detalladamente la finca para comparar las prácticas de la finca con las normas de producción respectivas. El inspector orgánico es una persona que ha recibido preparación en Agricultura Orgánica, y en Inspección de fincas orgánicas.

¿QUE SE INSPECCIONA?

Que la información que el productor llenó en la solicitud de certificación esté acorde con lo encontrado en la finca.

- La información básica de la finca, por ejemplo: los cultivos sembrados, la cantidad de tierra ocupada, la ubicación de la finca, los cultivos vecinos si los hay, las instalaciones que hay en la finca, el equipo de trabajo que posee el productor y la bodega de materiales e insumos de la finca.

- El manejo que se le ha dado a la finca durante los últimos tres años.

- El manejo de la fertilidad y conservación del suelo. En este punto el Inspector verifica los métodos de fertilización los abonos utilizados, de donde provienen estos abonos, las cantidades que se utilizan, la época de aplicación. Así mismo verifica que en la finca haya un plan de manejo de la erosión del suelo.

- La condición de los cultivos sembrados en la finca.

- La proveniencia, estado y cantidad de la semilla, almácigo o el material de siembra utilizado en la finca para establecer la plantación.

- Manejo de plantas adventicias. En este punto revisa como se controlan y el manejo que se le da a estas plantas dentro de la finca.

- Manejo de plagas. También se revisan los métodos de control de plagas, los productos utilizados para controlar plagas y cuáles son las plagas más importantes en la finca.

- Fuentes de agua y riego El inspector revisa cual es el método de riego que se utiliza. Así mismo inspecciona las fuentes de agua de la finca, para determinar si existe algún riesgo de contaminación.

- Actividades en las fincas vecinas. El inspector también revisa las actividades que se llevan a cabo en las fincas colindantes e inspecciona

las posibilidades de que se produzca algún tipo de contaminaciónproveniente de éstas, en caso de que utilicen insumos no permitidos para la producción orgánica.

- Cosecha. El inspector revisa las actividades de cosecha y como se están ejecutando, con el fin de asegurar que en esta labor no vaya a ocurrir algún tipo de contaminación a la hora de realizarse. Revisa también las cantidades cosechadas y vendidas por el agricultor. Siempre se inspecciona la documentación relativa a las ventas y la cosecha del producto.

- Almacenamiento. Se inspecciona el lugar, las condiciones de almacenamiento, la ventilación, el aislamiento y el control de roedores y otras plagas, y si existe algún riesgo de contaminación de los productos orgánicos, ya sea con sustancias prohibidas o con productos que no sean orgánicos o que no estén permitidos.

- Procesamiento en finca-manejo pos cosecha. Si se le da al producto algún manejo pos cosecha, como cortado, lavado y cocimiento, el inspector revisará detalladamente el procedimiento, el lugar donde se procesan los productos y la limpieza de todo el equipo y el material utilizado en estas operaciones.

- Comercialización. Se inspecciona la documentación de las ventas del producto, las cantidades vendidas como orgánicas, los números de identificación de los lotes de ventas, el mercado destino de dichos productos, y en general cualquier información relacionada con

Comercialización que tenga que ver con la certificación orgánica.

- Muestreos. El inspector evalúa el riesgo de contaminación del suelo, del producto o de las aguas, y si existe alguna sospecha de contaminación, puede tomar las muestras respectivas para ser analizadas en un laboratorio autorizado.

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