Programa De Capacitacion
moremosa4 de Diciembre de 2013
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TEMAS:
1. APERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO
2. INSCRIPCION DE LA EMPRESA EN LA SEGURIDAD SOCIAL
3. AFILIACION Y ALTA DE LOS TRABAJADORES EN LA SEGURIDAD SOCIAL
4. AFILIACION Y ALTA DEL EMPRESARIO EN LA SEGURIDAD SOCIAL
5. LIBRO DE VISITAS
6. LIBRO DE MATRICULA Y CALENDARIO LABORAL
Apertura del Centro de Trabajo
Al margen del giro o actividad comercial, industrial o de servicios, el proceso para crear una empresa contempla factores aplicables a
cualquier tipo de compañía y ayudan a constituir bases sólidas para su crecimiento.
El informe Doing Business registra todos los procedimientos que se requieren oficialmente o que se realizan en la práctica para que un empresario pueda abrir y operar formalmente una empresa industrial o comercial, así como el tiempo y los costos asociados a estos procedimientos y el requisito de capital mínimo pagado. Estos procedimientos incluyen la obtención de todas las licencias y permisos necesarios, y la realización de cualquier notificación, comprobación o inscripción ante las autoridades correspondientes, que se le exijan respecto de la empresa y sus empleados. La clasificación en facilidad de apertura de una empresa es el promedio simple de las clasificaciones percentiles de los indicadores que la componen. Después de estudiar las leyes, reglamentos y datos públicos sobre la puesta en marcha de una empresa, se desarrolla una detallada lista de los procedimientos, junto con el tiempo y costo de realizarlos en circunstancias normales y los requisitos de capital mínimo pagado. Después de esto, los abogados expertos en constitución de empresas, notarios, además de los funcionarios públicos de cada economía, completan y verifican los datos. También se recopila información acerca de la secuencia en que se deben completar los procedimientos, y si éstos se pueden realizar simultáneamente. Se establece la presunción de que toda la información necesaria está directamente disponible y que el emprendedor no hace recurso a sobornos.
Para poder comparar los datos entre las diferentes economías, se usan varias suposiciones en lo que se refiere a la empresa y a los procedimientos.
Suposiciones acerca de la empresa
La empresa:
Es una sociedad de responsabilidad limitada (o la figura legal equivalente). Si hay más de un tipo de sociedad de responsabilidad limitada en la economía, se elige la forma de responsabilidad limitada más común entre las empresas de la economía. La información acerca de la forma más común se obtiene de los abogados expertos en constitución de empresas o de la oficina de estadística.
• Opera en la mayor ciudad comercial de la economía.
• Es 100% de titularidad nacional y tiene cinco propietarios, ninguno de los cuales es una persona jurídica.
• Tiene un capital inicial equivalente a diez veces el ingreso per cápita, pagado en efectivo.
• Realiza actividades generales industriales o comerciales, como la producción o venta de productos o la prestación de servicios al público. No desempeña operaciones de comercio internacional y no comercia con productos sujetos a un régimen tributario especial, como por ejemplo licores o tabaco. La empresa no está utilizando procesos de producción altamente contaminantes.
• Alquila una planta comercial y oficinas y no es propietaria de bienes raíces.
• No reúne los requisitos para recibir incentivos a la inversión ni para cualquier beneficio especial.
• Tiene un mínimo de 10 y un máximo de 50 empleados al mes de comenzar las operaciones, y todos tienen la nacionalidad de la economía.
• Tiene una facturación de al menos 100 veces el ingreso per cápita. Su escritura de constitución tiene una extensión de diez páginas.
Procedimientos
Un procedimiento se define como cualquier interacción de los fundadores de la sociedad con terceras partes externas (por ejemplo, organismos del gobierno, abogados, auditores o notarios). Las interacciones entre los fundadores o ejecutivos de la compañía y los empleados no se consideran procedimientos. Los procedimientos que deben completarse en el mismo edificio pero en diferentes oficinas o diferentes ventanillas se cuentan como procedimientos separados. De igual modo, si los fundadores tienen que visitar el mismo organismo varias veces para realizar procedimientos diferentes, consecutivos en el tiempo, éstos se consideran procedimientos distintos. Se supone que los fundadores completan todos los procedimientos por sí mismos, sin intermediarios, mediadores, gestores, contables o abogados, a menos que el empleo de una tercera persona sea exigido por ley, en cuyo caso dichos procedimientos se consideran aparte. Cada procedimiento electrónico se cuenta por separado. Si dos procedimientos pueden completarse a través del mismo sitio web pero requieren la presentación de documentos diferentes, se cuentan como dos procedimientos.
Se registran los procedimientos requeridos oficialmente antes y después de la inscripción para que un empresario gestione formalmente la empresa. Se incluyen también los procedimientos exigidos para mantener oficialmente correspondencia o realizar operaciones con organismos públicos. Por ejemplo, se incluye la obtención de un sello o estampilla de la sociedad si dicho sello se requiere en documentos oficiales, como la declaración tributaria. De forma similar, si una empresa debe abrir una cuenta bancaria antes de registrarse ante la autoridad competente para la tramitación del impuesto sobre las ventas o sobre el valor agregado, esta operación se incluye como un procedimiento separado. La simplificación de procedimientos sólo se contabiliza si cumple con los siguientes cuatro criterios: es legal, está disponible para el público en general, se emplea por la mayoría de las sociedades y el evitarlo causa grandes retrasos. Solamente están cubiertos los procedimientos exigidos para todas las empresas. Los procedimientos específicos para un sector industrial están excluidos. Por ejemplo, los procedimientos necesarios para cumplir con reglamentos medioambientales se incluyen sólo si se aplican a todas las empresas que realicen actividades comerciales o industriales generales. No se incluyen aquellos procedimientos que la empresa necesite para obtener servicios de electricidad, de agua, de gas y de tratamiento de desechos.
Tiempo
El tiempo se cuenta en días calendario. La medición captura la duración promedio que los abogados expertos en constitución de sociedades estiman en la práctica como necesaria para completar los procedimientos que se requieran, con un seguimiento mínimo ante los organismos públicos y sin la realización de pagos extraordinarios. Se asume que el tiempo mínimo requerido para cada procedimiento es de un día, excepto para aquellos procedimientos que pueden ser completados en línea para los cuales el tiempo requerido es medio día. Aunque haya procedimientos que puedan realizarse simultáneamente, éstos no pueden comenzar en el mismo día. Es decir, los procedimientos simultáneos comienzan en días consecutivos con excepción de aquellos que pueden ser completados en línea. Se considera que un procedimiento se ha completado una vez que la sociedad ha recibido el documento final de incorporación, como por ejemplo el certificado de inscripción de la sociedad o el número de identificación fiscal. Si se puede acelerar un procedimiento a un costo adicional, se elige el procedimiento más rápido si esa opción resulta beneficiosa para la economía en la clasificación. Se presume igualmente que el empresario no pierde tiempo y se dedica a completar cada procedimiento restante sin demora. No se tiene en cuenta el tiempo que el empresario emplea en recopilar información. Se presume que el empresario conoce todos los requisitos para la apertura de una empresa y el orden de ejecución desde el principio, pero no ha tenido contacto previo con ninguno de los funcionarios que realizarán los trámites.
Costo
El costo se registra como un porcentaje del ingreso per cápita de la economía. Incluye las tarifas oficiales y los honorarios por servicios legales o profesionales si la ley los exige. Se incluyen las tarifas para la adquisición y legalización de los libros societarios si dichas operaciones son exigidas por la ley. A pesar de que el registro en el impuesto al valor agregado puede ser contado como un procedimiento aparte, dicho impuesto no forma parte de los costos de incorporación. Para el cómputo de los costos se emplean como fuentes el texto de la ley de sociedades, el código de comercio y las regulaciones específicas, así como las tablas de tarifas oficiales. En ausencia de una tabla de tarifas, se toma como fuente oficial el valor que estime un funcionario del gobierno, y en ausencia de éste, se emplean las estimaciones de los abogados expertos en constitución de sociedades. En caso de que haya diferentes estimaciones entre varios abogados expertos, se calcula la media de dichos datos. En todos los casos, el costo excluye los sobornos.
Requisito de capital mínimo pagado
El requisito de capital mínimo pagado refleja la cantidad que el empresario necesita depositar en un banco o ante un notario antes de la inscripción y hasta tres meses después de la constitución de la sociedad, y se computa como un porcentaje del ingreso per cápita de la economía. Esta cantidad normalmente se especifica en el código de comercio o la ley de sociedades. Muchas economías requieren un capital mínimo pagado pero permiten a las sociedades abonar sólo una parte antes del registro, debiendo pagar el resto después del primer año de operación
No obstante, el proceso de apertura
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