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Proteccion Vs Proteccionismo Laboral


Enviado por   •  27 de Mayo de 2013  •  1.533 Palabras (7 Páginas)  •  627 Visitas

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Protección vs Proteccionismo al trabajador.

Derecho Laboral

Durante los últimos 14 años he tenido la dicha de dedicarme mayormente a las relaciones humanas en puestos como gerencias de servicio al cliente, hotelería, y recursos humanos. Como dato curioso ahora digo que “dichosamente” ya que en los inicios de mis estudios profesionales mi enfoque se dirigía a aquellas carreras que no tuviesen mucho que ver con el elemento humano.

Debido a razones laborales tuve la oportunidad de desenvolverme en el área de recursos humanos en América del Norte y Europa, actualmente tengo 3.5 años desempeñándome en dicha área acá en Costa Rica es importante señalar que en todas aquellas naciones visitadas así como en nuestro país existe un común denominador, “la protección al trabajador”.

Sin embargo se ve claramente que cierto número de garantías sociales no se encuentran definidas o establecidas en las naciones del llamado “primer mundo”, rubros como el preaviso y cesantía son más políticas establecidas de modo voluntario por las organizaciones que obligaciones determinadas por ley.

En muchas de estas naciones es muy común ver la terminación de contratos laborales por hechos como el caer en una limitación física leve con la agravante situación de que en algunos países el sistema de seguro social es bastante ineficiente en la atención de sus beneficiarios para no mencionar las enormes lagunas que este deja en las áreas de cobertura médica y de prescripción de fármacos.

Los países más desarrollados de Europa cuentan con mejores condiciones de seguro social, sin embargo suele verse que sus deducciones e impuestos al salario ascienden a cifras que para nosotros son ridículamente altas alcanzando niveles de un 60% de deducciones sobre el salario.

Sin embargo al ver la calidad de la cobertura del seguro así como la utilización en otros rubros por parte del gobierno muchos mencionan el hecho de que dichas deducciones no son quizá las ideales para sus bolsillos mas sin embargo son justificadas por el desarrollo y sistemas de retorno de dichos impuestos al pueblo en forma de servicios, seguro social y seguridad social.

Como ejemplo mencionaré uno de los que más llamó mi atención; estando en Amsterdam, Holanda, al caminar por una de sus calles durante mi primer visita me llamó la atención un vehículo que con el sonar de una pequeña campana anunciaba su llegada, cuál fue mi sorpresa que en lugar de niños en busca de helados quienes se acercaban al vehículo eran adultos con algún tipo de problema de quizá de falta de hogar o trabajo dada su presentación personal y el desaliño con que se presentaban en un país tan limpio y desarrollado donde no había visto aún a un indigente siendo esta probablemente mi única experiencia al respeto.

Esa sorpresa se convirtió casi en un shock cultural cuando me explicaron que aquel vehículo no era una venta ambulante de helados sino un vehículo del gobierno y que lo que repartía eran drogas entre los adictos de la calle. Su fin era mantener sin delinquir a los adictos que estaban desempleados y que de otro modo probablemente con un impacto negativo tendrían que financiarse su vicio.

Básicamente el gobierno además de los programas de desintoxicación y rehabilitación tiene programas de distribución de modo que los “casos perdidos” no incrementaran las estadísticas de delitos.

Luego de mi regreso a Costa Rica y al establecerme nuevamente entre las filas laborales de nuestra bella nación he encontrado cierta dificultad para adaptarme después de tantos años a ciertos procesos disciplinarios y leyes nacionales.

Investigando descubrí como detalle curioso parece ser que todos o gran mayoría de los códigos laborales tienen su origen en Francia, curiosamente el primer documento que hace algún tipo de mención al sentido laboral, fue en el sentido contrario a un estado de derecho protector; durante lo que se conoce en derecho como la era de la prohibición, donde según el código penal francés se prohibía la asociación en grupos, a partir de ahí se darían la época de la tolerancia y la de la reglamentación.

De modo tal me llama la atención como a partir de una misma fuente se den casos extremos que aún en situaciones claras de empleados problemáticos exista no una protección al trabajador con la cual estoy muy de acuerdo, sino un proteccionismo extremo que en mi opinión muy personal raya en lo que conocemos como alcahuetería.

Fuera de nuestras fronteras se denota muchas veces que si bien se protege al trabajador también se le exigen niveles de rendimiento laboral apropiados y mientras estos niveles estén presentes los colaboradores no tendrían que preocuparse de sus puestos.

Me referiré a un ejemplo

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