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Proyecto De Tesis

alexalfredo23 de Febrero de 2015

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Página 1 de 28

UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN

ESCUELA DE POST GRADO

MAESTRIA EN DERECHO

MENCIÓN: CIENCIAS PENALES

PROYECTO DE TESIS

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“CONSECUENCIAS SOCIOJURÍDICAS DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS EN LA CIUDAD DE PUCALLPA - AÑOS 2010 AL 2012”

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TESISTA:

PERCY ARGANDOÑA SALAZAR

ASESOR:

RODOLFO JOSÉ ESPINOZA ZEVALLOS

PUCALLPA - PERU

2013

I. TÍTULO DE LA INVESTIGACIÓN…………………….………………………

II. EL PROBLEMA DE INVESTIGACION .……….……………………….……

2.1. Descripción del Problema…………………….………………………

2.2. Formulación del problema………………………………….……………...

2.2.1. Problema General………………………….……………………….

2.2.2. Problema Especifico………………………………………………..

2.3. Objetivos…….……………………..………………………………………..

2.3.1. General……………………………………………………………....

2.3.2. Específicos…………………………………………………………..

2.4. Hipótesis y/o Sistema………………………………………………………

2.4.1. Hipótesis General……………………………………………………

2.4.2. Hipótesis Especifica…………………………………………………

2.5. Variables…………………………………………………………………….

2.6. Justificación e importancia …………………………..….…………….…

2.7. Viabilidad…………………………………………………..………….…….

2.8. Limitaciones………………………………………………….………………

III. MARCO TEÓRICO……………………………………………………….….…..

3.1. Antecedentes………………………………………………………….

3.2. Bases teóricas………………………………………..……………….

3.3. Definiciones conceptuales…………………………………………...

3.4. Bases Epistémicas

3.5. Bases Antropológicas (opcional)

IV. METODOLOGIA……………………………………………………………………

IV.1. Tipo de investigación………………………………………………..….

IV.2. Diseño y esquema de investigación………………………………..…

IV.3. Población y Muestra

IV.4. Deficiencias operativas e Instrumentos de recolección……………..

IV.5. Técnicas de recojo, procedimiento y presentación de datos……….

V. CRONOGRAMA

Cuadro cronológico de acciones

VI. PRESUPUESTO

VI.1. Potencial humano…………………………………………….…………

VI.2. Recursos materiales……………………………………….……………

VI.3. Recursos financieros………………………………………..………..…

VII. BIBLIOGRAFÍA…………………………………………………………....…

VIII. ANEXOS………………………………………………………………………

I. TITULO DE LA INVESTIGACION

CONSECUENCIAS SOCIOJURÍDICAS DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS EN LA CIUDAD DE PUCALLPA - AÑOS 2010 AL 2012

II. EL PROBLEMA DE LA INVESTIGACION

2. 1. DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA

El Artículo 2° de la Constitución Política del Perú, protege, entre otros, los derechos “A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar”, razón por la cual el Estado está en la obligación de garantizar su libre ejercicio. Al mismo tiempo, nuestro país ha suscrito diversos instrumentos internacionales orientados a ese fin, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, La Convención de Belem do Pará, la Convención de los Derechos del Niño, entre otros.

Cuando se habla de la violación de derechos humanos, generalmente se piensa en que tal acto es responsabilidad exclusiva del Estado. Sin embargo, dicha lesión puede darse también por los particulares, como ocurre en el caso del delito de trata de personas, que abarca una amplia gama de modalidades, razón por la cual afecta diversos derechos fundamentales de la persona.

Respecto a ello, dice CARRIÓN1: “La trata de personas se expresa a través de diferentes modalidades, que pueden provenir de: la explotación sexual o de la inserción a mercados laborales específicos; y de ciertas características de los sujetos de la trata, como pueden ser: por grupo etáreo (niños, niñas y adolescentes), condición étnica o de género (mujeres); o también del ámbito territorial (sea nacional o internacional). Cada modalidad tiene una lógica de funcionamiento y una red particular de acción ilegal.”

Sin embargo, no existe entre nuestra población una clara conciencia de la gravedad del delito, vinculándosele casi exclusivamente con la explotación sexual, cuando en realidad comprende también la venta de niños, la mendicidad, la explotación laboral y la extracción o tráfico de órganos y tejidos.

En nuestro país, según el Ministerio del Interior, entre los años 2004 al 2011, se han registrado583 casos con un total de 1829 víctimas, habiendo sido las mujeres (91%) el principal objetivos de los delincuentes.

Asimismo, el Sistema del Registro y Estadística del Delito de Trata de Personas y Afines, demuestra que el delito aumenta año a año en forma alarmante en nuestro país, tal como se muestra continuación:

AÑO

Nº CASOS

%

Nº VÍCTIMAS

%

2004

5

1%

7

0%

2005

13

2%

26

1%

2006

30

5%

74

4%

2007

70

12%

163

9%

2008

81

14%

213

12%

2009

81

14%

214

12%

2010

108

19%

273

15%

2011

195

33%

859

47%

TOTAL

583

100%

1829

100%

Fuente: Trata de personas en el Perú: Grave crimen invisibilizado. Artículo de Hayley Reyna Hidalgo, publicado en el Informe Anual 2011 de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos.

A pesar de lo alarmante de las cifras oficiales, muchos casos quedan en el anonimato debido a que las víctimas no pueden denunciar el hecho.

De acuerdo a una noticia difundida el 23 de Setiembre 2013 por Radio Programas del Perú, el Poder Judicial registra 26 sentencias en 101 procesos, la mayoría condenatorias, por trata de personas en últimos dos años. Dicho noticiero informó que “Patricia Figueroa, secretaria general del Mininter dio a conocer que en dicho período han sido rescatadas alrededor de 2,000 víctimas de trata de personas, de las cuales el 42 por ciento (840 casos) son menores de edad.” Asimismo, la misma funcionaria reveló que el 42 por ciento (840 casos) son menores de edad.

Según la misma fuente, la captación de víctimas se da en mayor número en la región Cusco (28.13 por ciento), seguido de Loreto (20.31 por ciento), Lima (15.63 por ciento) y Huánuco (7.81 por ciento) De la totalidad de casos, durante el período citado, el 68.99 por ciento de las denuncias se refieren a víctimas que fueron captadas con fines de explotación sexual, seguido de las que son explotadas laboralmente (24.84 por ciento)

En nuestro ordenamiento legal, el delito de Trata de personas está tipificado en el Artículo 182, que reza: “El que promueve o facilita la entrada o salida del país o el traslado dentro del territorio de la República de una persona para que ejerza la prostitución, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez años.

La pena será no menor de ocho ni mayor de doce años, si media alguna de las circunstancias agravantes enumeradas en el artículo anterior.”

El 15 de enero de 2007, se dio la Ley Nº 28950, Ley contra la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes, modificando los artículos 153º, Trata de personas, 153-A, Formas agravadas de trata de personas y 303º-A, incorporando asimismo el artículo 303º-B, al Código Penal.

Las citadas modificaciones e incorporación quedaron redactadas como sigue:

“Artículo 153º.- Trata de personas

El que promueve, favorece, financia o facilita la captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de otro, en el territorio de la República o para su salida o entrada del país, recurriendo a la violencia, la amenaza u otras formas de coacción, la privación de la libertad, el fraude, el

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