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QUE ES JUSTICIA . CONGRESO CONTITUYENTE DE QUERETARO


Enviado por   •  22 de Marzo de 2020  •  Documentos de Investigación  •  6.672 Palabras (27 Páginas)  •  147 Visitas

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CAPÍTULO 1

QUE ES JUSTICIA

Esta interrogante constituye el problema eterno y medular de la filosofía del derecho. La justicia se le puede atribuir un criterio raciona, en cuanto se refiere siempre a la conducta del hombre bien sea considerado individualmente como un ente social y también se le constituye un criterio practico. La justicia es el actuar personalismo del ser, ya sea consigo mismo o respecto a sus semejantes.[1]

Antecedentes

La primera declaración menciona, afirma Fernando Zertuche muñoz que el sufrimiento y la humillación de los asalariados, en nuestra sociedad que conforma y confirmaba una estructura clásica, rígida para la cual el trabajo humano era una mercancía. Una mala, barata mercancía, que podía ofrecerse desde los siete años, hombres y mujeres que debía soportar jornadas agobiantes de 16 horas y que no tenían derecho al descanso semanal, ni asociarse, ni a percibir un salario mínimo en efectivo, ni a tener garantía de su empleo.

De lo anterior los derechos protectores de la clase trabajadora consagrados en la constitución política mexicana de 1917, exalta a quienes le dieron vida los diputados que valentía inusitada y admirable decisión incorporación en la carta magna en el artículo 123.

La sangre derramada del proletariado en la revolución mexicana en 1910 antes la explotación de la clase patronal fortaleció el pensamiento de los constituyentes para hacer valer los derechos de los trabajadores, como son entre otros el descanso semanal el salario mínimo, la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, la jornada de trabajo, la huelga y la asociación profesional entre otros[2]

CONGRESO CONTITUYENTE DE QUERETARO

En el seno del congreso de Querétaro, al discutirse el proyecto del artículo 5, tuvo lugar uno de los debates más memorables. Donde se afirmaba acerca de las garantías que los trabajadores requerían. Alfonso Cravioto expreso el problema de los trabajadores, así de los talleres como de los campos, así de las ciudades como de los surcos, es uno de los hondo problemas sociales, políticos y económicos de que se debe ocupar la constitución, porque la libertad de los hombres esta en relación con su situación cultural y con su situación económica. Y el diputado Fernández Martínez dijo, lo que hemos visto esos sufrimientos, esas lágrimas, tenemos la obligación imprescindible de venir aquí, a dictar una ley y a cristalizar en esa ley los anhelos y todas las esperanzas del pueblo mexicano. Donde se afirmaba que consignar el artículo 5 la jornada máxima del trabajo obligatoria habría de ser de ocho horas.

DERECHO CONSTITUCIONAL AL TRABAJO

El 19 de diciembre de 1978, se declaró el derecho al trabajador. Es decir que cada persona, dentro de la edad que establece la ley tiene derecho a trabajar y además, a que su labor sirva para dignificarla como ser humano y con ella contribuya al bienestar social. El articulo 123 comprende dos partes en la parte A se reglamentaran las relaciones laborales entre trabajadores y patrones, la segunda B se refiere a esas misma relaciones cuando se establecen entre el poder ejecutivo o el gobierno del distrito federal y los servidores públicos.

 

LEY FEREDAL DEL TRABAJO DE 1931

En el mes de junio de 1929, se formuló un nuevo proyecto de código federal del trabajo, que se conoce como proyecto portes Gil. En texto original del proyecto de código, en su artículo 460, organizaba en toda la república diez juntas centrales federales de conciliación y arbitraje, integradas por un representante del ejecutivo del estado, distrito o territorio federal, el cual era nombrado por el ejecutivo federal, fungiendo como presidente a cada una de ellas y además por tres representantes de los patrones y tres de los trabajadores. Por su parte la designación de los representantes del estado estuviera hecha por la suprema corte de justicia de la nación.

La promulgación de la reforma al artículo 73 constitucional decía en la exposición de motivos de dicho proyecto, hace inaplazable la expedición de la ley federal del trabajo. Las relaciones entre obreros y patrones se habían continuado regulando con fundamento en las bases establecidas por el artículo 123 en un conjunto de normas de carácter consuetudinario y en la jurisprudencia de la suprema corte de la nación.

El 10 de julio de ese mismo año las comisiones especiales de la cámara baja rindieron su dictamen, y puesto el 4 de agosto de 1931, pasando a la cámara de senadores donde igualmente aprobado el 13 de agosto del mismo año. El código se encontraba dividido en once títulos: en el primero, se definía a los sujetos del derecho del trabajo; se fijaban las reglas generales sobre prestación de servicio. En el titulo relativo al contrato de trabajo, se determinaba las formas usuales de contratación; el contrato individual y el contrato lectivo. Y además se reglamentaba las formas especiales de trabajo, como el trabajo doméstico, el de mar y vías navegables.

REFORMA A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE 1962

Se crearon las comisiones nacionales de salarios mínimos y de participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas además se separaron en dos capítulos diferentes los preceptos protectores del trabajo de las mujeres y de los menores. La edad de los menores para poder trabajar se elevó de los 12 a los 14 años, con la necesidad de obtener un certificado médico que acreditara su aptitud para el trabajo y un permiso otorgado para trabajar y de la previsión social.

 

LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE 1970

En relación con la ley federal del trabajo de 18 de agosto de 1931 y la ley del trabajo de 1970, se llevó a cabo un cambio radical del marco jurídico, el cual afecto en gran medida los cambios sociales y económicos que se dieron sobre todo a favor de la clase trabajadora. Entre las innovaciones más relevantes de la ley de 1970 son: se pasa del contrato libre al contrato dirigido y la función tutelar de la ley, se crea un plano regulador de igualdad teórica que contrarreste al plano efectivo del hombre real en desigualdad practica ante la vida con el fin de coadyuvar a la realización efectiva de la justicia social.

Por otra parte, la ley de 1970 establece un nuevo concepto de trabajo al señalar que el trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado. Respecto al salario este será integrado con la cantidad en efectivo que reciba el trabajador y con el conjunto de todas las prestaciones otorgadas al mismo y también se facilitó los primeros pasos para lograr la construcción de casas habitación de fácil adquisición para los trabajadores.

Otro de los avances obtenidos fue el establecimiento de las prestaciones de aguinaldo, prima dominical, vacaciones progresivas y primas de vacaciones. A los riesgos de trabajo la ley da un viraje y crea un nuevo capítulo basado en la teoría de riesgo de la empresa, a través de la cual se obliga al patrón al pago de determinadas prestaciones e indemnizaciones para aquellos trabajadores que haya sido víctimas de un riesgo. y también se crea un cuerpo normativo para regular el procedimiento ordinario ante las juntas de conciliación y arbitraje. Y se establecieron penalidades de mayor importancia para el caso de incumplimiento de la ley

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