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RECONOCIMIENTO FUNDAMENTOS DE MERCADEO


Enviado por   •  16 de Octubre de 2013  •  6.932 Palabras (28 Páginas)  •  267 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA - UNAD

ESCUELA DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, CONTABLES, ECONCOMICAS Y DE NEGOCIOS - ECACEN

FUNDAMENTOS DE MERCADEO

ACTIVIDAD Nº 02

TRABAJO DE RECONOCIMIENTO

GRUPO 100504_410

MIGUEL ANGEL MUÑOZ GOMEZ – Cód. 97425565

PRESENTADO A:

YALFA ODETH VILLAMIL SANTAMARIA

SEPTIEMBRE 2013

TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCION…………………………………………………….. …………3

RESEÑA HISTORICA DE MI MUNICIPIO, BARRIO Y MAPA, ACTIVIDAD

ECONOMICA PREDOMINANTE…………………………………….……….4

CUADRO CON LA INFORMACION DE LAS EMPRESAS EXISTENTES

EN EL BARRIO LOS PRADOS………….. ………………………………….5

CONCLUCION…………………………………………………………………..6

WEBGRAFIA…………………………………………………………………….7

INTRODUCCION

En el presente trabajo, se da inicio con una reseña historia del municipio de Puerto Guzmán Putumayo, seguido con la reseña histórica del Barrio los Prados, el cual se encuentra ubicado en la parte céntrica del casco cabecera municipal de esta municipalidad, luego se hace un cuadro con la información de tres empresas que desarrollan sus actividades económicas en este barrio, como lo son: Panadería Los Farallones, la cual es una empresa de producción, Residencias Mónica. Es una empresa de servicios y por ultimo Droguería Santa Fe, es una empresa de comercialización de medicamentos. En fin esto es en resumido lo que se tratara en el presente trabajo.

Fecha de fundación: 01 de mayo de 1975

Nombre del/los fundador (es): JORGE JULIO GUZMAN FLOR Y SINAI ROCHA DE GUZMAN

Reseña histórica:

El pueblo de Puerto Guzmán fue fundado el 1º de mayo del año 1975 por el señor JORGE JULIO GUZMÁN y la señora SINAY ROCHA DE GUZMAN , pero como Municipio de Puerto Guzmán, Departamento del Putumayo, es relativamente nuevo ya que inició su vida político administrativa el 1° de enero de 1.994, creado mediante Ordenanza 013 de noviembre 24 de 1992 emanada por la Asamblea Departamental del Putumayo, el Municipio se encuentra ubicado en la margen derecha del río Caquetá, y localizado al nororiente del Departamento del Putumayo, con una extensión de 4.565 Km2. Sobresale su forma alargada con una dirección de occidente a oriente, siguiendo el curso del río Caquetá en unos 200 kilómetros de longitud.

PATRIMONIO HISTÓRICO – CULTURAL

Todo el proceso de construcción y posterior formación del naciente municipio de Puerto Guzmán, confluye en una serie de mezclas de razas y culturas de todas las regiones, lo cual conlleva a no tener un patrón o identidad cultural definido. Esta razón es tal vez la evidencia de una entidad que no reconoce sus valores históricos, culturales y lo que es peor aun no compromete a su población bajo una identidad de arraigo y pertenencia al municipio.

Existen asentamientos de diferentes grupos étnicos, que pertenecen a la etnia Inga y Páez, existen cuatro resguardos legalmente constituidos, que son: Descanso, Calenturas, Aguaditas y Villa catalina de Puerto Rosario. También existen asentamiento afro colombianos que se encuentran ubicados a lo largo de las veredas Bututo, San Roque, Mayoyoque y Alejandría, grupos étnicos que poseen su propia dinámica pero los caracteriza su poca integración entre sí, esto debido tal vez a la situación geográfica del territorio o por que no se les ha dado la oportunidad de expresar sus diversas manifestaciones culturales.

Teniendo en cuenta que es obligación del Estado valorar, proteger y difundir el Patrimonio Histórico, Cultural y Arquitectónico; se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

• La protección, la conservación, la rehabilitación y la divulgación del patrimonio cultural, serán relevantes en el proceso de Ordenamiento Territorial.

• Se velará por la integridad étnica y cultural garantizando los derechos fundamentales de identidad, territorio, autonomía, participación y formas de vida o modelos de desarrollo propias.

• Se propiciará la creación, conservación y mejoramiento de la infraestructura cultural que permitan la para la realización de actividades culturales.

• Proteger, promocionar, divulgar y defender los derechos étnicos, individuales y colectivos de los pueblos indígenas, con el propósito de apoyar el etnodesarrollo autónomo y sostenible.

• Propiciar la participación de los representantes de las comunidades indígenas en las decisiones que se adopten respecto de la explotación de los recursos naturales en los territorios indígenas (artículos 2, 7 y 330 -parágrafo único- de la Constitución Nacional) o siempre que se vaya a adoptar, decidir o ejecutar alguna medida administrativa, legislativa, proyecto o actividad pública o privada susceptible de afectar las formas y sistemas de vida de los pueblos indígenas, o su integridad étnica y cultural. (Artículo 6o. de la Ley 21 de 1991, artículo 7o. de la Ley 21 de 1991);

• Garantizar a las comunidades negras y a los pueblos indígenas el derecho a conservar, enriquecer y difundir su identidad y patrimonio cultural, propiciando el conocimiento

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