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RESUMEN REGLAMENTO DE LAS ESCUELAS

ftallaricoResumen30 de Abril de 2021

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REGLAMENTO DE LAS ESCUELAS

A continuación realizaremos una síntesis de diferentes temas que abarca el reglamento general de instituciones educativas.

En primer lugar, en base a la ley 13.688 diremos que la institución educativa es la unidad pedagógica del sistema, que tiene la responsabilidad de llevar adelante los procesos de enseñanza y aprendizaje que se ocupan de los objetivos establecidos por la legislación, que incluye y articula la participación de todas las personas que conforman la comunidad educativa. (Directivos, docentes, padres, madres, tutores).

La misma rige bajo varios criterios:

  • Definir su proyecto educativo con la participación de todos sus integrantes.
  • Promover modos de organización institucional para la participación democrática de toda la comunidad.
  • Promover el principio de no discriminación
  • Brindar espacios institucionales para la elaboración de proyectos educativos
  • Promover el trabajo interinstitucional e intersectorial para garantizar un aprendizaje integral.
  • Mantener vínculos con el contexto social, desarrollar actividades de extensión.
  • Favorecer el uso de las instalaciones tanto para actividades recreativas, expresivas como para las comunitarias.
  • Dar a conocer la geografía nacional y provincial mediante experiencias educativas fuera del ámbito escolar.

Los integrantes de la comunidad educativa son titulares de derechos y obligaciones articulándose con otros. Deberán llevar adelante un proyecto compartido y de cooperación donde aseguren esos derechos y obligaciones que les son asignadas por normas para alcanzar los fines de la institución. Como sujetos de estos derechos, deben aportar a la construcción de una cultura el respeto de los derechos humanos, económicos, sociales y culturales.

La Institución Educativa debe garantizar dicha participación democrática, conforme el Proyecto Institucional, y en el caso de las instituciones de gestión privada, el ideario. Como medios para lograr una participación organizada, el Reglamento menciona, por parte de la Institución, la creación de organizaciones democráticas y/o representativas y fomentar la participación estudiantil de todos los niveles, así como reconocer la organización de estos en Centros de Estudiantes u otros modos de representación. Una vez que los alumnos egresan, la Institución podrá contar con instancias que permitan la participación de los mismos, además, aquellas Instituciones de gestión estatal deberán organizar su cooperadora escolar, con integrantes voluntarios. Por parte de la Dirección Gral. De Cultura y Educación, se encargará de asegurar el ejercicio de los derechos de la comunidad educativa, en el marco del asociativismo y cooperación solidaria. Y aprobará los dispositivos necesarios para la organización, funcionamiento, coordinación y supervisión de los Consejos de Escuela. Dicho Consejo tiene la finalidad de promover el desarrollo de la comunidad, brindando asesoramiento. Cada Consejo se compone por representantes de cada sector de la comunidad, elegidos democráticamente.

Como mencionamos con anterioridad la comunidad educativa tiene derechos y obligaciones.

Los alumnos son los principales destinatarios y sujetos del acto educativo. Como tal, tienen derecho a una educación integral e igualitaria, garantizando igualdad en oportunidades y posibilidades. Ello incluye el ingreso, permanencia y egreso, como también el acceso a la información libre y gratuita. Deben ser protegidos contra toda agresión, y recibir apoyo social, cultural y pedagógico necesario. Tienen derecho a ser evaluados en su desempeño y recibir orientación vocacional, académica y profesional-ocupacional. Integrar organizaciones comunitarias para su participación en la institución educativa. Así como también desarrollar sus aprendizajes fuera de la institución, bajo las normas de seguridad y salubridad. En caso de hijos de estudiantes de madres y padres estudiantes o viceversa, tienen derecho a ser incluidos en el mismo turno y horario, independientemente del Nivel.

Por otra parte, en cuanto a las obligaciones de los alumnos podemos mencionar la concurrencia regular y puntual, completando la educación obligatoria con activa participación en las actividades, la convivencia, integridad e intimidad de la institución y los integrantes de esta. Hacer buen uso y conservar las instalaciones y materiales del establecimiento escolar.

En cuanto a los padres y responsables, el art. 90 de la Ley N°13.688 establece el derecho a ser reconocidos como agentes primarios y naturales de educación. Pudiendo elegir, acorde a sus convicciones, la institución educativa adecuada para sus hijos o representados, participar en la misma de forma individual o través de cooperativas escolares, tanto en las actividades como en la formulación de pautas y normas que rigen la organización de convivencia escolar. Las obligaciones de este grupo recaen en asegurar la concurrencia de sus hijos o representados a los establecimientos escolares, brindando apoyo en la evolución del proceso educativo, de modo que cumpla con la educación obligatoria. También deben respetar y hacer respetar a sus hijos la libertad, autoridad e integridad de la comunidad educativa, el Proyecto Institucional y las normas de disciplina y convivencia.

En relación con el personal docente que se desenvuelven en la gestión estatal, sus derechos y obligaciones se plasman en el Estatuto del Docente, Ley N° 10.579 Ley Nº 13.688, la Ley Nº 13.552, Reglamento Gral. De Escuelas, toda otra norma de orden público aplicable, las sancionadas en protección del interés general y la normativa específica que comprenda al sistema educativo. Para aquellos que se desenvuelven en la gestión privada, se aplican las mismas disposiciones, en tanto sean compatibles con lo pautado en la relación de empleo privado.

Por último, el personal no docente los derechos y obligaciones del personal administrativo y/o auxiliar de la educación que se desempeñen en establecimientos de gestión estatal son los prescriptos por la Ley Nº 10.430, modificatorias y complementarias, su reglamentación, la parte pertinente de la Ley Nº 13.688, la ley Nº 13.453, el presente Reglamento, toda otra norma de orden público y las sancionadas en protección del interés general y la normativa aplicable. El personal no docente de establecimientos educativos de gestión privada tendrá los derechos y las obligaciones provenientes de la Ley de Contrato de Trabajo, los Estatutos profesionales que le resulten aplicables, las Negociaciones Colectivas del sector y el presente Reglamento. Las instituciones de gestión cooperativa y de gestión social se regirán, además, por la normativa específica que les resulte aplicable.

Otro punto importante del Reglamento de las escuelas, podemos señalar al acto educativo, refiriéndonos a tal como toda actividad curricular, extracurricular o complementaria efectuada bajo el cuidado de la autoridad educativa y tiene  como fundamento al alumno considerándolo como sujeto de aprendizaje. En el acto educativo se debe considerar la condición especifica de los niños como sujetos de derecho, la opinión de los niños de acuerdo a su desarrollo psicofísico, la necesidad de equilibrio entre los derechos y garantías del niño y sus deberes.

En el acto educativo se desarrolla el trabajo y la tarea del docente que son:

El trabajo docente es realizado por el personal docente y constituye  actos educativos conforme al presente reglamento y cumple los siguientes fines:

1.        Cumplir los fines y objetivos fijados por el artículo 16 de la ley N° 13.688.

2.        Evitar todo tipo de discriminación en el acceso, permanencia, promoción, trayectoria y la terminalidad educativa del alumno.

3.        Cumplir con el cuidado integral de los alumnos.

4.        Mejorar las prácticas pedagógicas en forma constante.

5.        Proporcionar la integración y cooperación con el conjunto de la comunidad educativa.

6.        Facilitar la generación de experiencias de aprendizaje dentro y fuera del espacio escolar, con el fin  de proporcionar distintas perspectivas en  la formulación de proyectos.

7.        Impulsar la participación de los alumnos y sus padres y/o responsables en la formulación de proyectos.

8.        Concretar prácticas democráticas en el marco del Proyecto Institucional.

Las  tareas del docentes constituyen la materialización del marco general del trabajo docente, son irrenunciables como el cuidado que  asegurar la protección integral de todos y cada uno de los alumnos; la enseñanza la cual consiste en implementar el diseño curricular vigente, aportando elementos al análisis crítico; la acreditación de saberes que evalúa  en forma sistemática los procesos y resultados y los registra  para fundamentar la calificación y promoción de cada alumno; la creación e innovación pedagógica que es presentar propuestas de diferentes proyectos; el trabajo en equipo; las reuniones institucionales; ir a los actos y actividades que se fijan en los calendarios. El docente debe cumplir en tiempo y forma los estados administrativos a su cargo y suscribir, dejando constancia, debe informar  la evolución y evaluación del proceso educativo de los alumnos, a los padres y/o responsables y  ejecutar las acciones que buscan resolver las situaciones de vulnerabilidad que atentan contra la inclusión educativa.

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