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Realidad Nacional

mayitho25 de Mayo de 2012

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Ayuntamiento o Gobierno local

Ayuntamiento, alcaldía, corporación local, corporación municipal, gobierno local o gobierno municipal, son distintos nombres para la institución que realiza las funciones de órgano de gobierno o administración local de un municipio.

Suele estar presidido por un alcalde, intendente, presidente de comuna o presidente municipal, que ostenta la presidencia de la administración local y del pleno municipal; y formado por los concejales o ediles que, reunidos en pleno, ejercen la potestad normativa a nivel local. En algunos casos los ayuntamientos de pueblos pequeños se gobiernan por algún tipo de sistema asambleario, como el tradicional que en España se denomina concejo abierto, o Concejo Deliberante (en países como Argentina).

Por extensión, también suele llamarse ayuntamiento, municipalidad o comuna a la casa consistorial, el edificio que cumple las funciones de sede principal de la institución.

Generalmente, el ayuntamiento es el órgano administrativo de menor rango territorial y, por tanto, el más cercano al ciudadano; aunque los municipios grandes suelen subdividirse administrativamente en barrios, distritos, cuarteles, secciones, delegaciones, sindicaturas o pedanías (estas últimas de carácter más rural).

o

Perú

En Perú el órgano de gobierno municipal se denomina municipalidad.

Municipalidades del Perú

Asociación de Municipalidades

Información

En la política del Perú, las Municipalidades son las instituciones públicas encargadas de la prestación gestión de las provincias y sus distritos y centros poblados del país, así como de la prestación de servicios de ámbito local en sus respectivas jurisdicciones. Se constituyen como personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

De acuerdo con el ordenamiento jurídico peruano, corresponden al gobierno a nivel local.

Clasificación

Según la Ley Orgánica de Municipalidades, éstas se clasifican en Municipalidades provinciales y Municipalidades distritales. Las provinciales tienen además funciones de distritales dentro del cercado, es decir, del distrito capital, el cual carece de municipalidad distrital.

El citado documento señala además dos tipos especiales de municipalidades:

• La Municipalidad Metropolitana de Lima; y

• Las Municipalidades Fronterizas, es decir, aquellas cuyos territorios que limitan con los de los Estados limítrofes.

Como adenda, aquellas municipalidades rurales (es decir, cuyo cercado tenga una población urbana menor al 50% del total) reciben apoyos diferenciados.

Estructura

El Consejo, compuesto por el alcalde y los regidores, es el ente normativo y fiscalizador. La Alcaldía, en cambio, es el organismo ejecutor. Los órganos de coordinación:

• El consejo de coordinación local (provincial o distrital)

• Las Juntas de Delegados Vecinales

Estructura orgánica administrativa está compuesta por: la gerencia municipal, el órgano de auditoría interna, la procuradoría pública municipal, la oficina de asesoría jurídica y la oficina de planeamiento y presupuesto.

Elección de autoridades

La elección de los alcaldes y regidores se realiza por sufragio universal para un periodo de cuatro años, desde el año 1998, anteriormente desde el año 1980 se elegía por un período de tres años. El número de regidores es definido por el Jurado Nacional de Elecciones de acuerdo a la Ley de Elecciones Municipalidades.

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