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Resolución de evaluaciones parciales


Enviado por   •  27 de Octubre de 2015  •  Exámen  •  1.134 Palabras (5 Páginas)  •  137 Visitas

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Resolución de evaluaciones parciales

EVALUACIÓN

Plan Estudios

LICENCIATURA EN GESTIÓN DE LA SEGURIDAD - CICLO DE LICENCIATURA - 2009 (DIST.)

Materia

DERECHO PENAL

Semestre

1

Período

02/2015

Turno

Noche D

División

A

Evaluación

EVALUACIÓN PARCIAL Nº 1

Fecha

09/10/2015

Permite Entrega Parcial

  • [pic 1]

Responde

ESPINOS, JUAN EDUARDO

DESCRIPCIÓN

Evaluación Parcial 1
El presente parcial abarca los módulos 1, 2 y 3. 

Criterios de evaluación:

  • Precisión conceptual. Es importante que usted realice una exposición clara de los temas teóricos solicitados, y fundamente los casos prácticos en función de lo establecido por la ley vigente y las teorías o doctrinas propuestas por los autores estudiados.
  • Utilización del vocabulario específico, haciendo hincapié en el uso de los términos técnicos jurídicos propios de la materia e incorporando el significado que les asigna la doctrina en la actualidad.
  • Coherencia en la exposición, respetando las reglas de la lógica, en particular el principio de no contradicción.
  • Pertinencia de las respuestas. Esto implica responder de manera completa, acorde a lo solicitado en cada una de las consignas.
  • Correcta redacción. Ello implica la elaboración y exposición de las respuestas, respetando las reglas de sintaxis de la lengua castellana.


Criterios de acreditación:
Actividad 1: 35 puntos
Actividad 2: 35 puntos
Actividad 3: 30 puntos 
Para la aprobación del examen se requiere alcanzar un mínimo de 50 puntos.

Actividades:

PREGUNTA 1

En esta instancia, le sugiero retomar la actividad 2 del módulo 1, Repartiendo” y su asistente académico. Luego de releerla, enuncie a continuación las diferencias entre el delito y la contravención.

  1. Las diferencias entre delito y contravención son que  la contravención es una violación de una determinada norma de convivencia social,  que tiene carácter menor,  y por lo tanto es insuficiente para castigarla como delito. Es el incumplimiento de un mandato establecido. Se castiga con sanciones menores, que van desde días de arresto, multa (jus), o trabajos voluntarios como cumplir horas de asistencia comunitaria, de pérdida de ciertos derechos relacionados con la actividad que se llevaba a cabo al momento de cometer la infracción, como por ejemplo una inhabilitación. El delito es una conducta típica, antijurídica, culpable y punible. La conducta típica es considerada como el comportamiento (acción u omisión) que se ajusta a detalles establecidos como delito o falta dentro de un cuerpo legal. O sea, es la adecuación de un hecho cometido a la descripción que ése hecho se hace en la ley penal. Antijurídico significa contrariar lo establecido en la norma jurídica. Culpable significa que tras valorarse su conducta, supone el reproche del hecho ya calificado como típico y antijurídico, Se observan todas las circunstancias especiales que concurren en el autor al momento de  cometer el hecho delictivo. Punible significa que debe ser castigado por la pena establecida. Según la escuela Toscana delito es la infracción a la ley del Estado promulgada para proteger la seguridad de los ciudadanos, proveniente de un acto externo del hombre, moralmente imputable y políticamente dañoso. Para Carrara la distinción entre delitos y contravenciones se basa en que las contravenciones son reprimidas por criterios de utilidad social, aunque no violan principios éticos fundamentales, sino leyes de policía. Los delitos son los que violan normas de seguridad social. En Argentina los Códigos Penales son de competencia del Poder Legislativo, quien también puede legislar sobre contravenciones mientras las provincias ejercen el poder de policía en vistas al poder no delegado, pudiendo legislar solo sobre contravenciones. Tanto delitos como contravenciones deben garantizar el derecho a la libertad y el de defensa en juicio.-

PREGUNTA 2

2) La actividad 2 del módulo 2, “¿Cumplió su compromiso con Jorge?”, nos introducía en el tema irretroactividad de la ley penal. Léala nuevamente y analice el pequeño cambio producido en aquel relato que involucraba a Jorge.

Desde su punto de vista, ¿qué hubiese ocurrido si, luego del dictado de la sentencia, encontrándose esta firme, se reformaba nuevamente el Código Penal y se derogaba el delito de hurto? ¿Podría aplicarse en beneficio de Jorge? 

A usted le solicitan una respuesta fundamentada a los interrogantes planteados. ¿Cómo resolvería esta situación?

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