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Resumen Derecho Procesal


Enviado por   •  5 de Enero de 2022  •  Apuntes  •  11.984 Palabras (48 Páginas)  •  127 Visitas

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                                     Derecho Procesal l. Primer parcial.

Proceso Penal: Es el conjunto de principios y normas referidas a la actividad judicial que se cumple a travez del proceso. Son actos procesales concatenados, relacionados unos con otros que tienden a un fin, que es el dictado de una sentencia, en el que actuan diferentes sujetos procesales.

Estructura del proceso penal ( 3 etapas) en linea de tiempo:

delito - investigacion penal preparatoria- etapa intermedia (de control)- juicio- ejecucion de la pena- sentencia firme ( absolutoria  o condenatoria ).

Primer etapa: I.P.P. En BS.AS hay un sistema acusatorio y en nacion sistema inquisitivo. Los codigos de fondo, son todos iguales para toda la Republica Argentina, en cambio, los codigos procesales son dictados por cada provincia, por eso pueden haber diferencias en los procedimientos de las diferentes provincias. Todas las provincias adoptan el sistema acusatorio como sistema procesal. Existen tres sistemas:

- Sistema acusatorio: el que juzga e investiga son dos personas diferentes ( fiscal y juez). A este sistema lo rigen la oralidad, la desformalizacion ( las investigaciones de llevaran a cabo de manera eficiente, sin formalidades excesivas que atenten contra la eficacia de las medidas), la publicidad ( las audiencias seran abiertas al publico, salvo que se presente alguna excepcion prevista legalmente), la contradiccion ( metodo de conocimiento para descubrir la verdad atravez de la presentacion de pruebas).  Hay una division de poderes que se ejerecen en el proceso, por en lado el acusador que persigue penalmente, por el otro el imputado, quien puede resistir la imputacion ejerciendo el derecho de defensa. El tribunal aparece como arbitro entre ambas partes, tercero imparcial. El imputado es un sujeto de derechos, colocado en posicion de igualidad con la otra parte.

- Sistema inquisitivo:  Es de la edad media, el imputado no tenia derecho ni garantias, tenia la concentracion del poder procesal en manos del inquisidor. El mismo podia acudir a cualquier medio para averiguar la verdad, incluso la tortura. Tanto la persona que investiga como la que juzga, sera la misma persona (inquisidor). Es un sistema en donde los procesos y juicios penales suelen ser mas burocraticos y lentos, escritos en expedientes. No se le reconocia al imputado la facultad de defenderse, no tenia garantias.

- Sistema mixto: Reune cosas de los dos sistemas. De la inquisicion perduran la persecusion penal y la averiguacion de la verdad, pero se le reconocen ciertas garantias al imputado como la presuncion de inocencia, hasta que se demuestre lo contrario. Aparece un nuevo metodos de enjuiciamiento penal, en dividir el proceso en tres etapas. uno de investigacion, otro periodo intermedio que procura servir de control para los actos conclusivos del M.P.F y un tercer periodo de juicio, cuya mision es obtener una sentencia de absolucion o condena que ponga fin al proceso.

Principio general del proceso penal: Art.144: El imputado permanecera en libertad durante la sustantacion del proceso penal, siempre que no se den los supuestos previstos en la ley para decidir lo contrario. La libertad personal y los demas derechos y garantias reconocidos a toda persona por la const. de la provincia solo podran ser restringidos cuando fuere absolutamente indispensable para asegurar la averiguacion de la verdad, el desarrollo del procedimiento y la aplicaicon de la ley.

      Es una etapa en la cual el agente fiscal, investiga la comision de un hecho delictivo. Determina si el hecho existio y quien lo cometio. y si esa persona puede ser llevada a juicio oral y publico. El imputado tiene derecho y garantias desde el primet momento. En esta etapa actuan diferentes sujetos procesales , es un concepto mas amplio que el de "parte". Son todos aquellos que la ley legitima para intervenir en el proceso de diferente manera: puede ser en defensa de un interes propio (parte), como testigo o perito (no son parte) o como organo jurisdiccional (no es parte). Es un procedimiento preparatorio porque prepara el juicio y sus conclusiones no son definitivas. Recolecta elementos de conviccion, indicios, evidencias. Sobre un determinado hecho ilicito y su autor, con el fin de lograr llegar a una decision de si se da o no el juicio ( elevado a juicio o sobreseido). Recauda elementos para ver si hay suficiente como para elevar a juicio o pedir sobreseimiento(no juicio). Investigacion: preliminar. Juicio: definitivo.

Es una etapa cuyo objetivo es investigar si se tiene un caso para llevar a juicio o no. Etapa de recopilacion de elementos de conviccion, evidencias, indicios, etc.

La I.P.P dura 4 meses, prorrogable por 6 meses mas. Desde su inicio durante el desarrollo del proceso, se ha cumplido el tope del monto de la imputacion: Prescripcion de la accion. Hay actos que la interrumpen:

-Llamado a declaracion indagatoria.

-Requerimiento de elevacion a juicio.

-Comision de un nuevo delito.

-Ciitacion a juicio( despues de la etapa intermedia).

-Sentencia condenatoria.

-Cual es el tiempo maximo de investigacion si no hay un imputado? la causa se va a mantener abierta como limite maximo hasta el momento de prescripcion del delito del que se trate.

-En prov. de BS.AS existe el secreto de sumario  por un plazo determinado (10 dias). Solo el fiscal puede acceder al expediente con autorizacion judicial, el fiscal lo lleva a su antojo y no esta obligado a informar lo que hace.

Comienzo de la I.P.P: la misma puede comenzar de tres maneras

  •  De oficio: por el M.P.F, cuando la iniciare contara con la colaboracion de la policia, la cual debera cumplir las ordenes que aquel le imparta. El fiscal tiene conocimiento de un hecho aparente delictivo y comienza accion por si solo. Si un juez conoce un delito, le tiene que comunicar al fiscal ( por ser titular de la accion penal publica).
  • Por prevencion policial: cuando en algun rastrillaje se encuentra algo, se lo comunica al fiscal.
  • Denuncia: acto procesal en virtud del cual se pone en conocimiento de una autoridad  estatal ( fiscal o policia) encargada de una persecusion penal, la existencia de lo que a priori es un ilicito. Nadie esta obligado a denunciar, con excepciones en la ley (cargo). La misma puede hacerse ante el M.P.F, ante la policia ( obligacion de tomarla y de avisarle al juez) o ante el juez ( obligacion de avisarle al fiscal).

La denuncia contiene una noticia criminal, el estado tiene un interes de que se reparen los hechos delictivos que contiene la denuncia. La forma es informal, oral o escrita y no tiene muchas formalidades, pero debe contener  la relacion del hecho con las circunstancias del lugar, tiempo y modo de ejecucion y la indicacio de sus participes, damnificados, testigos y demas elementos que puedan conducir a su comprobacion y calificacion legal ,la identidad de quien denuncia, la descripcion del hecho para conocer si son por motivaciones procesales o no, pero hace al derecho de la defensa. La denuncia podra hacerse por escrito o verbalmente, personalmente, por representante o por mandatario con poder especial o general suficiente. La denuncia escrita debera ser firmada ante el funcionario que la reciba. Si la denuncia es oral, quien la recibe la vuelca en un acta/expediente. Si el denunciante cree que corre un riesgo su vida al hacerlom puede pedir la reserva de identidad sobre y al juzgado de turno y en el expediente los datos tachados.

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