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SANCHEZ MORA NANCY VS. MANUFACTURAS GUMONTI S.A DE C.V.


Enviado por   •  29 de Febrero de 2016  •  Apuntes  •  3.128 Palabras (13 Páginas)  •  201 Visitas

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JUNTA ESPECIAL NÚMERO 6

SANCHEZ MORA NANCY

 VS.

MANUFACTURAS GUMONTI S.A DE C.V.

EXP. LABORAL: 1228/2015        

México Distrito Federal a catorce de octubre dos mil quince, día y hora señalado para la celebración de la audiencia de desahogo de la prueba testimonial a cargo de la parte actora, debidamente integrada la junta y que fueron las partes llamadas por tres veces por la ciudadana Auxiliar de trámite. Comparece por la parte actora su apoderado Guillermo Mendoza Garduño, personalidad que tiene acreditada en autos que en este mismo acto presenta a los testigos de la parte actora de nombres: Cuellar Palafox Karen, Falcón Vázquez Cristina y Martínez Hernández Karla Daniela, que se identifican con credencial de elector con números de folio: CLPLK890605M302, FLVZC921106M100, MRHRKR90022009M600, credenciales expedidas por el Instituto Nacional Electoral, las cuales en este acto se exhiben en original y copia simple de las mismas para que dichas copias obren en autos, solicitando la devolución de las originales de las mismas. Comparece por la parte demandada: Laura Maciel Martínez, Karen Solís González, Brisia Guadalupe Hurtado Román, en su carácter de apoderadas, personalidad acreditada en autos.

LA JUNTA ACUERDA: Por hechas las certificaciones que anteceden para todos los efectos legales a los que haya lugar.

PRESENTE EN ESTE ACTO LA C. KAREN CUELLAR PALAFOX, quien se identifica con credencial de elector con número de folio CLPLK890605M302, de veintiséis años de edad, ocupación trabajadora de la empresa Manufacturas Gumonti SA. De C.V., con domicilio en Av. Topacio número 6C Conjunto La Paz, Los Reyes, Acaquilpan; a quien se le apercibe para que se conduzca con la verdad ante esta Junta.

        1P. Que diga el testigo si conoce a la C. Nancy Sánchez Mora a quien en lo sucesivo se le llamara actora en el presente juicio.- Se califica de legal. R: Si la conozco.

        2P. Que diga el testigo en donde la conoció a la parte actora.- Se califica de legal.- R: En la empresa Manufacturas Gumonti.

        3P. Que diga el testigo el domicilio del lugar en donde según su dicho conoció a la parte actora. En uso de la palabra la parte demandada dijo: que objeto la pregunta por qué no tiene relación directa con los hechos controvertidos.-  La junta acuerda, se desecha la pregunta por no tener relación directa con los hechos, con fundamento en el artículo 815 de la Ley Federal del Trabajo Fracción V.

        4P. Que diga la testigo el domicilio en donde se ubica la empresa Manufacturas Gumonti S.A de C.V. en donde dijo conocer a la parte actora. Se califica de legal.- R: Amampa 30, lote 3 Colonia Metropolitana, Distrito Federal.

5P. Que diga el testigo, por qué motivo conoció a la actora en Manufacturas Gumonti S.A de C.V. Se califica de legal. R: Por que entramos a trabajar en la misma área.

        6P. Que diga el testigo, cuando conoció a la actora en la empresa Manufacturas Gumonti S.A  de C.V.  En su uso de la palabra la parte demandada dijo: objetamos la pregunta por qué no tiene relación directa con los hechos controvertidos. La junta acuerda, se desecha la pregunta por no tener relación directa con los hechos, con fundamento en el artículo 815 de la Ley Federal del Trabajo Fracción V.

        7P. Que diga el testigo el periodo en que conoció a la parte actora en la empresa Manufacturas Gumonti S.A de C.V. La junta acuerda se califica de legal. R: En octubre de 2012.

8P. Que diga el testigo que relación guardaba la actora con la empresa Manufacturas Gumonti S.A de C.V. La junta acuerda, se califica de legal. R: Era trabajadora de la empresa, en el área de mantenimiento.

9P. Que diga el testigo cuando fue la última vez que vio a la actora en la empresa Manufacturas Gumonti S.A de C.V. La junta acuerda, se califica de legal. R: El 19 de agosto de 2015.

10P. Que diga el testigo por qué motivo dejo de ver a la parte actora. La junta acuerda, se desecha la pregunta con fundamento en el artículo 815 fracción V de la Ley Federal del Trabajo, ya que no tiene relación con los hechos controvertidos.  

11P. Que diga el testigo si aún la actora Nancy Sanchez Mora aun trabaja para la empresa Manufacturas Gumonti. La junta acuerda que se califica de legal. R: Ya no, porque la despidieron.

12P. Que diga el testigo cuando despidieron a la actora de la empresa Manufacturas Gumonti. La junta acuerda que se califica de legal. R: El 19 de Agosto Del 2015.

13P. Que diga el testigo en donde ocurrió el despido. La junta acuerda que se califica de legal. R: En la puerta de acceso de la empresa.

14P. Que diga el testigo si sabe la hora en que ocurrió el despido. La junta acuerda que se califica de legal. R: A las 7 de la mañana.

15P. Que diga el testigo si sabe quién despidió a la actora el día y hora que ha mencionado. La junta acuerda que se califica de legal. R: La Gerente Lizzet Guadarrama Valle.

16P. Que diga la testigo como supo lo del despido de la parte actora. La junta acuerda que se califica de legal. R: Porque iba llegando a la empresa.

17P. Que diga el testigo si sabe cuáles son los motivos que según motivaron el despido. La junta acuerda que se califica de legal. R: Porque supuestamente estaba ebria.

18P. Que diga el testigo como sabe de la razón del despido. La junta acuerda que se califica de legal. R: Porque cuando iba llegando le decían porque la despedían y le entregaron unos papeles.

19P. Que diga el testigo si sabe cuando ocurrieron los hechos que motivaron el despido. La junta acuerda que se califica de legal. R: El 19 de Agosto del 2015.

20P. Que diga el testigo que fue lo que presencio el día de los hechos. En uso de la palabra, la parte demandada dijo: Que no se especifica sobre que hechos está formulada la pregunta. La junta acuerda que se califica de legal. R: Ese día había tomado sus medicamentos para la diabetes y le había dicho que se sentía muy mareada.

21P. Que diga la testigo si sabe que día tomo sus medicamentos para controlar su diabetes. La junta acuerda que se desecha, porque la pregunta ya se encuentra contestada, de conformidad con el artículo 815 Fracción V de la Ley Federal Del Trabajo.

22P. Que diga el testigo si sabe que dia fue el mareo de la parte actora que provoco el despido. La junta acuerda que se desecha, porque la pregunta ya se encuentra contestada, de conformidad con el artículo 815 Fracción V de la Ley Federal Del Trabajo.

23P. Que diga el testigo porque sabe que el día 19 de Agosto del 2015 ocurrieron los hechos que motivaron el despido. En uso de la voz, la parte demandada dijo: Que objeta la pregunta, toda vez que esa pregunta ya la respondió el testigo con anterioridad. La junta acuerda que se desecha, porque la pregunta ya se encuentra contestada, de conformidad con el artículo 815 Fracción V de la Ley Federal Del Trabajo.

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