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HERNANDEZ PRESA ULISES IVAN VS CREACIONES MKT, S.A DE C.V.

Alejandro LuaPráctica o problema23 de Febrero de 2016

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HERNANDEZ PRESA ULISES IVAN

VS

                                                      CREACIONES MKT, S.A DE C.V.                   

                                                                       

C. PRESIDENTE DE LA JUNTA LOCAL

DE CONCILIACION Y ARBITRAJE

DEL DISTRITO FEDERAL

HERNANDEZ PRESA ULISES IVAN, por mi derecho, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones  la casa marcada con el número 28 del retorno 57 colonia Avante, Delegación Coyoacán de esta ciudad c.p. 04460, autorizando para tales efectos y designando como mis apoderados a los Licenciados: Alejandro Fabian Lua Pérez y Pablo Fernández Sauri así como al C. Gustavo Báez García; confiero dicho poder especial pero cuanto baste y sea necesario para que conjunta o separadamente me representen en el juicio, otorgándoles todas las facultades de un mandatario judicial, inclusive las que requieran cláusula o mención especial conforme a la ley y que mencionan los artículos 2554 primer párrafo y 2587 del Código Civil para el Distrito Federal, en relación con lo preceptuado por los numerales 692, 693, 694, 696 y demás aplicables de la Ley Federal del Trabajo; autorizándolos para que intervengan en todas las audiencias, etapas, diligencias y en general actos del procedimiento y hasta la total solución del conflicto; ante usted respetuosamente expongo:

        Con fundamento en lo que previene el artículo 872 de la Ley Federal del Trabajo, por medio del presente escrito promuevo formal demanda en contra de la Persona Moral denominada CREACIONES MKT, S.A DE C.V., la cual se dedica: venta de productos Nestle, MAURA SARA VILLALVA FRANCO, Representante Legal de la moral demanda e IVAN ZAVALA del área de Recursos Humanos, todos ellos pueden ser ubicados en CALLE ORIENTE 171, NÚMERO 284, COLONIA GRANJAS MODERNAS, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO; de quien demando la preferencia de derechos laborales, asimismo a la persona física que actualmente realiza la función que tenía encomendada y por ende desempeña mi puesto, con el mismo domicilio en CALLE ORIENTE 171, NÚMERO 284, COLONIA GRANJAS MODERNAS, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, en esta Ciudad de México, la persona moral y físicas que deben ser emplazadas, notificadas y citadas a juicio en el domicilio señalado.

De CREACIONES MKT, S.A. DE C.V., obligada por ministerio de ley en virtud de la responsabilidad que le resulta en cuanto a mi relación de trabajo, le reclamo lo siguiente:

        A).- En virtud del despido sin causa justificada de que fui objeto, demando el cumplimiento de mi contrato y relación de trabajo que hago consistir en la reinstalación física y jurídica en mi puesto de Asesor de ventas en los mismos términos y condiciones en que me venía desempeñando hasta la fecha en que fui separado de mi empleo sin causa justificada, incluyendo las mejoras que por causas legales y/o contractuales me correspondan; reclamación que formulo con fundamento en la Fracción XXII del artículo 123 Apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de lo que dispone el numeral 48 de la Ley Reglamentaria de dicha Constitución federal.

        B).- El pago de los salarios vencidos y que se sigan venciendo desde la fecha en que fui separado sin causa justificada de mi puesto de Asesor de ventas hasta la fecha en que sea reinstalado en cumplimiento del laudo que se pronuncie por la Autoridad del Trabajo, incluyendo los incrementos, mejoras o beneficios que se operen para dichos salarios por todo el tiempo que me encuentre fuera del servicio o que por homologación correspondan a mi categoría; todo esto de conformidad con lo que previene el último párrafo del artículo 48 de la Ley de la Materia.

C).- El pago del tiempo extraordinario devengado durante el último año de la prestación de mis servicios.

        D).- El Pago de vacaciones y prima vacacional por todo el tiempo que me encuentre fuera del servicio y hasta la fecha en que sea física y jurídicamente reinstalado en mi puesto, con fundamento en lo que previenen los artículos 76, 78, 80 y 81 de la Ley que rige el caso.

        E).- El pago del importe del aguinaldo que la demandada está obligada a cubrirme por todo el tiempo que me encuentre fuera del servicio y hasta la fecha en que sea reinstalado, sobre la base cuando menos de treinta días de salario anual.

F).- El pago de salarios y prima dominical por la prestación de los servicios extraordinarios de un total 12 horas laboradas mensualmente, las cuales deben de cubrirse de conformidad con el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo, consistente en la cantidad de $8,811.76 calculada sobre dos veces de mi salario más $ 2,202.94 de prima dominical..

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        G).- El entero al Instituto Mexicano del Seguro Social de cuotas y el entero al INFONAVIT de las aportaciones que corresponden de acuerdo a mi salario real durante todo el tiempo en que me encuentre fuera del servicio y hasta que física y materialmente sea reinstalado en mi empleo en cumplimiento del laudo que dicte esta Junta.

        H).- Los gastos y honorarios médicos, medicamentos y de hospitalización que me vea precisado a erogar en lo personal y/o para mi persona, hijos y dependientes y de lo que pudiera resultar a favor de mis beneficiarios, por todo el tiempo que me encuentre fuera del servicio y de acuerdo a lo que se determine en el correspondiente incidente de liquidación.

        I).- La declaratoria que pronuncie esa autoridad del trabajo en el laudo que se dicte con motivo del juicio, en la que se dejen a salvo mis derechos respecto de las cuotas, aportaciones y en general contribuciones de previsión social y que omita efectuar la parte demandada a la afore en el sistema que impone el marco legal de la CONSAR, para deducirlas en la vía y forma que proceda, para que dichos créditos se hagan efectivos mediante el ejercicio de la facultad económico-coactiva.    

        J).- Para el supuesto de que la parte patronal se negara a mi reinstalación, demando: 1.- La declaratoria de terminación de la relación de trabajo que pronuncie esta Junta, con la consecuencia del pago de indemnización de tres meses de salario integrado; 2.- El pago de veinte días de salario integrado por cada año de servicios prestados; 3.- el pago del tiempo extraordinario correspondiente al último año de la prestación de mis servicios; 4.- El pago de los salarios vencidos computados a partir de la fecha en que fui separado injustificadamente del empleo y hasta que se cumpla con las indemnizaciones referidas en los sub incisos anteriores en cumplimiento al laudo que pronuncie este tribunal de trabajo; 5.- El pago de la prima de antigüedad sobre la base de doce días de salario por cada año de servicios prestados de conformidad con lo que dispone el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo; 6.- El importe de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo por todo el tiempo que me encuentre fuera del servicio y hasta que se haga pago de las indemnizaciones a que condene esta Autoridad del Trabajo; 7.- El pago y reembolso de los gastos por medicamentos y honorarios profesionales que me vea precisado a erogar por asistencia médica u hospitalaria durante el tiempo de tramitación del juicio.

        Fundan mi demanda, las siguientes consideraciones de hecho y preceptos de derecho:

        

H E C H O S

PRIMERO.- Fui contratado el 27 de diciembre de 2010, fecha en que inicié la prestación de mis servicios personales y subordinados para la empresa SISTECNIA S.A. DE C.V. Originariamente presté el trabajo con la categoría de Asesor de ventas y desde el 27 de diciembre de 2010 me desempeñé como Asistente de ventas. A partir del 26 de agosto de 2013 debido a la sustitución patronal de acuerdo con el artículo 41 de la Ley, me desempeñé para la empresa CREACIONES MKT, S.A. DE C.V., como patrón sustituto.

SEGUNDO.- Con fecha 26 de agosto de 2013 se me informó por medio de una circular, que nuestro nuevo patrón sería la moral hoy demandada CREACIONES MKT, S.A DE C.V., quien asumiría las obligaciones derivadas de mi relación de trabajo, asimismo se me hizo entrega de una carta de esa misma fecha, firmada por la Señora Maura Villalva Franco en representación de la moral hoy demandada (ANEXO 1), de la cual se desprende que se me respetaría la antigüedad.

TERCERO.- De los servicios personales subordinados que presté para la demandada a la fecha en que fui objeto de un despido sin causa justificada, quiero destacar como mis actividades y funciones esenciales las siguientes: levantar pedidos en tiendas de abarrotes de productos de NESTLE, pegar publicidad, mercadear en negocios. En coordinación directa con instructores asesores de CREACIONES MKT, S.A. DE C.V.;

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