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SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRANSITO

carrascok24 de Junio de 2013

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INTRODUCCIÓN

El diagnóstico sobre accidentes de tránsito en nuestro país es sumamente preocupante debido a que el número de estos sucesos imprevistos causados, en la mayoría de los casos, por la irresponsabilidad del conductor o del peatón, exceden los 75,000 accidentes al año, ocasionando más de 100,000 heridos y 3,500 muertos. Además del dolor humano, esta situación produce enormes pérdidas económicas directas e indirectas, que representan un alto costo para nuestro país.

El SOAT ha demostrado ser un mecanismo de protección social que actúa de forma inmediata e incondicional, logrando brindar un apoyo tangible a la población, principalmente al ciudadano que caminan día a día y a los que viajan en algún servicio de transporte público de pasajeros.

Así mismo las aseguradoras vienen contribuyendo de forma muy importante al sostenimiento de este Fondo, mitigando de esta manera el dolor causado por la irresponsabilidad de algunos conductores. Este seguro obligatorio ayudara a contribuir al desarrollo y bienestar de nuestro país y de todos los peruanos. por eso nuestro compromiso es el de informar y estar informados acerca del SOAT.

SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO (SOAT)

Es un SEGURO OBLIGATORIO para todos los vehículos automotores que transiten por el territorio peruano, que ampara los daños corporales que se causen a las personas en accidentes de tránsito ya sean peatones, pasajeros o conductores.

Es un seguro obligatorio para todos los vehículos automotores que transitan por el territorio nacional, incluidos los automotores extranjeros en tránsito, y ampara los daños corporales que se causen a las personas en un accidente de tránsito. El seguro de Daños Corporales Causados a las personas en Accidentes de Tránsito SOAT, tiene un claro contenido social: “Busca la protección y atención en forma inmediata de las víctimas de accidentes de tránsito.” Y es un producto del Sistema de la Seguridad Social en Salud del país.

El SOAT fue creado mediante la Ley 33 de 1986 y reglamentado mediante decreto 2544 de 1987, entrando a regir a partir de Abril de 1988. Este seguro es irrevocable.

Amparo Básico

* Gastos Médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios

* Indemnización por muerte

* Gastos funerarios

* Incapacidad permanente

* Gastos de transporte desde el sitio del accidente al centro hospitalario

1. ¿Cómo nació el SOAT?

 En 1984 el Código Civil indica que la ley determina el tipo de daño sujeto al Régimen de Seguro Obligatorio.

 En 1986 se publica el Código de Tránsito y Seguridad Vial que obliga a que todo vehículo contrate una póliza de responsabilidad civil.

 En 1995 se publican decretos supremos que obligan a los vehículos de servicio interprovincial y urbano a contratar un seguro por accidentes de tránsito.

 En 1999 se publica la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre en la que se incluye el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).

 En el 2000 se emitió el reglamento de esta ley.

 El SOAT se puso en funcionamiento el 1 de julio de 2002.

2. ¿Qué es el SOAT?

El SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito) es un seguro obligatorio establecido por ley con un fin netamente social. Su objetivo es asegurar la atención, de manera inmediata e incondicional, de las víctimas de accidentes de tránsito en todo el territorio nacional que sufren lesiones corporales y muerte.

3. ¿Qué cubre el SOAT?

Cubre a todas las personas–conductor, ocupantes del vehículo y peatones- que resulten víctimas de un accidente de tránsito en el territorio nacional, sin importar la causa del accidente.

4. ¿Quién vigila el SOAT?

La Policía Nacional del Perú (PNP) es la encargada de verificar que cada vehículo automotor tenga el certificado y calcomanía del SOAT.

¿Qué sucede si no tengo el SOAT vigente?

Conducir un vehículo sin portar el certificado del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito o que éste no corresponda al uso del vehículo o que se encuentre vencido el plazo del mismo consignado para el control policial, originará que el vehículo sea retenido y tendrá una sanción equivalente a 2% de la UIT que para este año es de S/. 3,450. Se debe adquirir el Certificado SOAT correspondientepara retirar el vehículo del depósito.

5. Características del SOAT

 Los vehículos automotores que circulen por el territorio nacional deben contarcon el SOAT.

 Cubre a todas las personas que resulten víctimas de un accidente de tránsito, sin importar la causa del mismo.

 Las sumas aseguradas no se reducen con la ocurrencia de los accidentes.

 No se necesita un pronunciamiento de autoridad alguna para atender a las víctimas.

 El pago de las respectivas indemnizaciones se hará sin ninguna investigación respecto a la responsabilidad en el accidente.

 ¿Cuáles son los beneficios del SOAT?

 Los beneficios del SOAT son para cada persona, ocupante o tercero no ocupante de un vehículo automotor asegurado, conforme a lo siguiente:

6. Exclusiones del SOAT

Los siguientes accidentes no son cubiertos por el SOAT:

 Los causados en carreras de automóviles y otras competencias de vehículos motorizados.

 Los ocurridos fuera del territorio nacional.

 Los ocurridos en lugares no abiertos al tránsito público.

 Los ocurridos como consecuencia de guerras, eventos de la naturaleza u otros casos fortuitos o de fuerza mayor, originados por causas ajenas a la circulación del vehículo automotor.

 El suicidio y la comisión de lesiones auto inferidas.

 ¿Cuáles son mis obligaciones como contratante del SOAT?

 Declarar el verdadero uso del vehículo automotor.

 Pagar la prima correspondiente contra entrega del certificado de seguro.

 Mantener el uso del vehículo declarado en el certificado SOAT durante la vigencia de la póliza.

 Avisar de inmediato la ocurrencia de un accidente de tránsito a la empresa de seguros, salvo caso de impedimento debidamente justificado.

 Denunciar el accidente de tránsito en la delegación de la Policía Nacional del Perú más cercana.

7. Empresas operan el SOAT

 El Perú tiene alrededor de 1’350.000 vehículos automotores (incluyendo mototaxis).

 En Lima transitan el 70% de estos vehículos y en provincias el 30% restante.

 El 70% son de uso particular, el 20% de servicios público de pasajeros y el 10% de carga.

 Aún circulan a nivel nacional más de 400 mil vehículos que no han contratado una póliza SOAT.

 Del total de víctimas atendidas, que exceden las 250,000, más de 10,000 fallecieron.

 El 60% de las víctimas son ocupantes y el 40% son peatones.

 A la fecha, el SOAT ha atendido siniestros por más de 150 millones de soles.

 El 60% de dicho importe corresponde a gastos de curación, 28% a muerte y el 12% a invalidez permanente, incapacidad temporal y sepelio.

 ¿Cuánto ha pagado el SOAT por accidentes desde su creación?

 Durante el período 2002 - 2007, las aseguradoras que operan este seguro han pagado más de 150 millones de dólares.

8. Vigencia Del Soat

La entrada en vigencia, el SOAT fue cuestionada por caro, luego tuvo dificultades técnicas en su salida al mercado y finalmente, el SOAT comenzó a regir para todos, a partir del 1º de julio del 2002.

Durante 60 días, desde la entrada en vigencia del seguro, a quienes no lo contrataron se les impuso una papeleta cívica. A quienes no contaron con el SOAT a partir del 1 de septiembre, se les multó con 31 soles durante ese mes. A partir del 1 de octubre se sancionó con 310 soles, y se internaron los vehículos en el depósito. Entre julio y octubre, el Ministerio de Transportes, dictó las medidas complementarias que permitieron la aplicación del SOAT.

Hasta septiembre, sólo se habían vendido 127 mil pólizas, que equivalía a poco más del 10% del parque automotor del país. El 30 de diciembre, el Ministerio de Salud, publica en el diario oficial El Peruano el Tarifario SOAT 2003, que determina los costos de atención médica para los accidentados que lleguen a los hospitales de la red del Ministerio de Salud y que estén cubiertos por el seguro. Antes de la entrada en vigencia de este tarifario, cada centro de salud pactaba los costos de la atención directamente con las aseguradoras, de igual manera que las clínicas privadas.

La Resolución Ministerial 1953-2002-SA-DM, aprueba el Tarifario SOAT 2003, y es modificada por la Resolución Ministerial 164-2003-SA-DM, del 19 de febrero del 2003 (los valores monetarios son valores monetarios referenciales) 2003

A enero, el precio de la prima del seguro se calcula tomando como factores la incidencia de accidentes de tránsito y la severidad de los mismos (es decir, el costo promedio que debe gastar la aseguradora en cada siniestro).

Eso explica el alto precio que tiene el SOAT en el Perú, pues tenemos la tasa más alta de muertes

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