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SENTENCIA DEFINITIVA Clínica procesal


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2018  •  Trabajos  •  3.861 Palabras (16 Páginas)  •  87 Visitas

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Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo[pic 1][pic 2]

Facultad de Derecho y Ciencias Sociales

Sistema a Distancia

Nodo Uruapan

SENTENCIA DEFINITIVA

Clínica procesal

Actividad # 27

Sección 55

Profesor Pahua Tinoco Sergio

Domínguez Martínez Enrique

1588600h

25 de noviembre de 2018

SENTENCIA DEFINITIVA EN JUICIO REIVINDICATORIO

En catorce de noviembre de Dos Mil Dieciocho, doy cuenta al Ciudadano Juez, con el expediente número 255/2018 para dictar la sentencia correspondiente. CONSTE.

C. SECRETARIA

LIC. MARIA MONRROY SALGADO

SENTENCIA DEFINITIVA DE PRIMERA INSTANCIA.

EXP. NUM. 55/2018.- Pátzcuaro, Michoacán, Dieciséis de Diciembre de Dos Mil Dieciocho.

VISTOS los presentes autos para dictar Sentencia Definitiva dentro del expediente número 55/2018 relativo al JUICIO REIVINDICATORIO, promovido por DANIEL GOMEZ SOTO, contra ARTURO MANUEL RODRIGUEZ MARTINEZ; la parte actora designó como abogado patrono al Licenciado ENRIQUE DOMINGUEZ MARTINEZ, el demandado designo como abogado patrono al Licenciado ROGELIO ROJAS LEGORRETA, asimismo, los contendientes señalaron domicilios para recibir notificaciones personales, los que en la causa constan; y

RESULTANDO:

1.-Por escrito presentado en dieciocho de enero del dos mil dieciocho, en la Oficialía Mayor de este Juzgado, DANIELGOMEZ SOTO, promovió JUICIO REIVINDICATORIO, en contra de ARTURO MANUEL RODRIGUEZ MARTINEZ, exponiendo expresamente en el capítulo fáctico de la libelus:

“…1.- Con fecha cinco de diciembre del año dos mil diecisiete, por medio de la comisión para la regularización de la tenencia de la tierra “CORETT” Representada por su apoderado legal Lic. RICARDO GUTIERREZ MELENNDEZ, celebré contrato de compraventa respecto del inmueble ubicado en el lote de terreno marcado con el número treinta y uno de la manzana treinta y nueve, zona cinco, ubicado en el Ex Ejido de Santo Domingo Municipio de Tzinzuntzan, en el Estado de Michoacán, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORESTE.- Dieciocho metros noventa centímetros, linda con el lote treinta y dos. AL SURESTE.- Nueve metros, noventa y ocho centímetros, linda con lote cuatro. SUROESTE.-  Dieciocho metros, noventa centímetros, linda con el lote treinta. AL NOROESTE.- diez metros, cero centímetros, linda con calle Fernando Montes de Oca. Compraventa que consta en el instrumento número 63, del volumen 35, ante la fe pública del Notario Público Suplente Lic. ROCIO VIANEY SALIERON MARTINEZ, del Distrito Judicial de Pátzcuaro, Michoacán, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, Bajo el predio mayor número 0113414, inscrito con el número 128412 a folios 383 al 392 del libro V, de fecha 12 de junio de 2017, como lo demuestro con el CERTIFICADO DE GRAVAMEN número 22332, de fecha diez de febrero del año dos  mil dieciocho y que acompaño con la presente demanda como ANEXO NUMERO UNO. 2.- Como lo justifico con el instrumento número 763, del volumen 35, pasado ante la fe pública del Notario Público Suplente Lic. ROCIO VIANEY SALIERON MATINEZ, del Distrito Judicial Pátzcuaro, Michoacán, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, Bajo el predio Mayor número 0113414, inscrito con el número 128412 a folios 383 al 392 del libro V, de fecha diez de febrero del año dos mil dieciocho, soy el legítimo propietario del predio ubicado en el lote de terreno marcado con el número treinta y uno de la manzana treinta y nueve, zona cinco, ubicado en el Ex Ejido de Santo Domingo, municipio de Tzinzuntzan, en el Estado de Michoacán, con una superficie de 189 metros cuadrados cero centímetros con las siguientes medidas y colindancias: AL NORESTE.- Dieciocho metros noventa centímetros, linda con el lote treinta y dos. AL SURESTE.- Nueve metros, noventa y ocho centímetros, linda con lote cuatro. AL SUROESTE.- Dieciocho metros noventa centímetros, linda con el lote treinta. AL NOROESTE.- Diez metros cero centímetros, linda con calle Fernando Montes de Oca, y que acompaño en copia debidamente certificada como ANEXO NUMERO DOS. 3.- Es el caso que el día siete de diciembre del año dos mi diecisiete al llegar el suscrito y otras personas que me acompañaban al predio ubicado el lote de terreno marcado con el número treinta y uno de la manzana treinta y nueve, zona cinco, ubicado en el Ex Ejido de Santo Domingo,  municipio de Tzintzuntzan, en el Estado de Michoacán, señalado en el punto inmediato anterior, para limpiarlo como anteriormente lo venía realizando, en virtud de que tenía la intención de construir una barda toda vez que este inmueble es de mi propiedad, en ese momento se presentó el señor ARTURO MANUEL RODRIGUEZ MARTINEZ,  de manera agresiva y con lujo de violencia nos corrió del referido inmueble argumentando que él es el dueño negándose a mostrar el título de propiedad con el que se ostentaba como dueño, asimismo manifiesto que la posesión que detenta actualmente el señor ARTURO MANUEL RODRIGUEZ MARTINEZ, es de mala fe y precaria ya que el suscrito soy el único y legítimo propietario del bien inmueble identificado de origen como lote de terreno marcado con el número treinta y uno de la manzana treinta y nueve, zona cinco, ubicado en el Ex Ejido de Santo Domingo, municipio de Tzintzuntzan, en el Estado de Michoacán, tal y como lo demuestro con el instrumento detallado en el punto inmediato anterior. 4.- Asimismo manifiesto que se encuentran reunidos todos y cada uno de los requisitos que establece el artículo 798 del Código de Procedimientos para el Estado, para promover el presente juicio Reivindicatorio, a mayor abundamiento acompaño con la presente demanda como ANEXO NÚMERO TRES, el recibo número 146030722 de fecha 17 de enero de 2018 de los dos  últimos años del pago predial, con lo cual se demuestra que estoy al corriente en el pago de impuesto predial del inmueble de mi propiedad identificado como el lote de terreno marcado con el número treinta y uno de la manzana treinta y nueve, zona cinco, ubicado en el Ex Ejido de Santo Domingo, municipio de Tzintzuntzan en el Estado de Michoacán. Por lo anteriormente manifestado y al no poder tomar posesión del inmueble de mi propiedad citado con anterioridad es que me veo en la necesidad de promover el presente JUICIO REIVINDICATORIO, en contra del demandado señor ARTURO MANUEL RODRIGUEZ MARTINEZ, con la finalidad de que se me restituya de la posesión del inmueble…”.

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