SISTEMA PENAL ACUSATORIO
4842Ensayo3 de Mayo de 2021
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SISTEMA PENAL ACUSATORIO
ANA RUBI ALABERTO GOMEZ
28.04.21
Introducción:
El hablar de sistema penal acusatorio abarcaremos varios subtemas. En el año de 2008 México empezó una etapa de transformación de su sistema de justicia, en ese mismo año el congreso de Unión aprobó la Reforma penal que cambia el modelo a un sistema de justicia penal adversaria y acusatoria. Esta transformación se realiza para garantizar los derechos de las víctimas y los imputados, la conclusión más rápida de los juicios y que la víctima obtenga la reparación del daño que sufrió; además, para lograr una mayor transparencia en la acción de las autoridades, pues tienen que realizar los juicios de manera oral y pública.
DESARROLLO:
El sistema inquisitivo es la antigua forma de juzgar en el Derecho Canónico derivado del Derecho de la iglesia católica, el cual no establecía diferencias entre gobierno de iglesia o gobierno de Estado, ya que la iglesia y el Estado durante muchos siglos fueron uno solo, siendo la religión de Estado, la religión católica. Bastaba una denuncia o un rumor, para que el órgano judicial se accionara, la confesional era la prueba reina, y podía ser obtenida por diversos medios, entre los que se encontraba la tortura, una vez confesada la culpa, era una prueba suficiente para dictar sentencia, ya que se creía que no importaba el cuerpo, cuando lo realmente importante era salvar el alma; el principio de presunción de inocencia no existía, pues de antemano se consideraba que el acusado era culpable y que solo bastaba que reconociera su culpa mediante la confesión a los hombres.
Este sistema penal adquisitivo no investigaba se dejan llevar por lo que decían los demás, como un chime que se inventan entre vecinos, y claro a las demás personas no les importaba si realmente eran inocentes, solo pensaban en según ellos salvar su alma, como la iglesia los hacia creer.
Las pruebas periciales, respetando el lenguaje escrito se presentan mediante un informe denominado ‚dictamen‛, el cual debe ser ratificado en diligencia especial si así lo considera el órgano jurisdiccional idóneo.
Los principios del sistema penal acusatorio se encuentran en el primer párrafo del articulo 20 constitucional donde se implementa el principio de oralidad, publicidad, contradicción, concentración, de continuidad y inmediación, donde el proceso penal será acusatorio y oral.
Las autoridades como el juez de control, es el interviene desde el principio de la investigación y hasta el inicio del juicio. También autoriza la aprehensión de una persona, su comparecía ante un juez, y las autoridades judiciales de la investigación.
El juez debe explicar públicamente toda su sentencia que realicen de manera oral, exponiendo sus fundamentos y los razonamientos para llegar a esa decisión. Es el que fija las penas e indicara en que forma deberá reparase el daño hacia la persona afectada.
El Juez de Ejecución conocerá los incidentes e impugnaciones que surjan con motivo de la estadía del interno en el centro penitenciario. Puede revocar los beneficios otorgados a un sentenciado y autorizar las peticiones de traslado que formulen internos o autoridades de otras entidades federativas.
Tribunal de Alzada: Se integra por tres magistrados y se encarga de recibir las inconformidades del imputado o la defensa sobre las decisiones de los Jueces.
El sistema penal acusatorio implica la repartición de tareas en el proceso penal, puesto que el juzgamiento y la acusación recaen en diferentes sujetos procesales, es por eso que el juez no puede efectuar investigaciones por su cuenta propia ni siquiera cuando se cometa un delito durante el juicio entendiéndose delante de él, sin embargo no solo implica la separación de funciones entre juzgador, acusador y defensor, sino también trae consigo varias exigencias fundamentales, como pruebas suficientes de que haya cometido un delito el acusado, y no solo sospechas, para realizar una imputación o un proceso de manera digna al sujeto.
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