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Sistema Penal Acusatorio


Enviado por   •  14 de Agosto de 2013  •  7.597 Palabras (31 Páginas)  •  319 Visitas

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SISTEMA PENAL ACUSATORIO

ENERO 1 A ABRIL 15 DE 2005

I FUNDAMENTOS CONSTITUCIONALES Y LEGALES

1.1 Presupuestos del Sistema

La ineficacia del proceso penal colombiano frente a las altas cifras de impunidad, la mora en los procesos, la ausencia o deficiencia de la investigación, impulsaron reformas estructurales al sistema penal. Así, como alternativa de solución definitiva a dichos problemas, el constituyente resolvió diseñar uno nuevo con soporte en las experiencias positivas que aporta el derecho comparado, con la lógica adecuación a nuestra sociedad. Por ello, mediante Acto Legislativo número 3 de 2002, se modificó los artículos 250 y 252 de la Constitución para definir el nuevo sistema penal acusatorio y para modificar las funciones asignadas a la Fiscalía General de la Nación.

Efectivamente, la reforma constitucional dejó en claro que la principal función de la Fiscalía General de la Nación es la de adelantar el ejercicio de la acción penal e investigar hechos que podrían constituir conductas delictivas. En otras palabras se separaron los roles del fiscal y del juez, dando al primero la obligación de perseguir el delito y al segundo la de defender los derechos de los investigados, de las víctimas y de la sociedad.

Así, en desarrollo de las normas constitucionales que introdujeron a nuestro país el sistema penal acusatorio, el Congreso de la República profirió las Leyes 813 de 2003, 882, 890 de 2004 (Código Penal) y 906 de 2004 (Código de Procedimiento Penal), según las cuales el proceso penal cambió de estructura jurídica.

1.2 Características

- La persecución al delito corresponde a la Fiscalía, así pues es función de ella la titularidad del ejercicio de la acción penal (salvo los casos querellables)

- La persecución penal puede suspenderse en aplicación del principio de oportunidad. Esta decisión de la fiscalía no es discrecional sino reglada, porque debe cumplir los requisitos señalados en el artículo 324 del CPP y, además, está sometida al control de legalidad del juez de control de garantías (artículo 154-7 del CPP).

- El proceso penal se desarrolla en etapas definidas:

* Preliminar (ante la Fiscalía y con la policía, es la etapa de averiguación, en donde eventualmente se acude al juez de control de garantías para que autorice ciertas diligencias)

* Investigación propiamente dicha, delimitación del delito e identificación del sujeto activo (ante el juez de control de garantías con la imputación)

* Juicio oral y público (ante el juez de conocimiento competente)

- Las funciones de los jueces están claramente delimitadas entre la función de control de garantías (cuyas misiones son las de controlar el abuso de poder y proteger los derechos y, en consecuencia, evitar las restricciones arbitrarias de los derechos) y la de conocimiento que estudia la responsabilidad penal de los imputados.

II ORGANIZACIÓN ETAPA I

De conformidad con lo consagrado en la Ley 906 de 2004, y el análisis que la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura efectuó sobre variables de oferta, demanda y sobre todo del nuevo modelo de gestión que impone el cambio de la tradición centenaria de lo escrito por la oralidad en el proceso penal y por el nuevo rol del Juez, ahora claramente arraigado en el control de legalidad de las actuaciones propias de la investigación y en las decisiones que le corresponde tomar en la etapa del Juicio oral, se organizó para la primera Fase del sistema Penal Acusatorio la estructura de gestión que hoy día muestra resultados positivos para la sociedad Colombiana.

En los Distritos Judiciales de Bogotá, Manizales, Armenia y Pereira, se organizó la estructura judicial en materia penal, utilizando básicamente la disponibilidad de jueces y empleados que atendían el Código Consagrado en la Ley 600 y el apoyo, que mediante la suscripción de un Convenio con la Fiscalía General de la Nación se tradujo en el traslado de 118 servidores judiciales.

TALENTO HUMANO: La atención del Sistema Penal Acusatorio y la gestión sobre las causas antiguas, correspondientes a la Ley 600, se consolidó, en la primera fase del sistema, con la siguiente estructura:

Cuadro No 1

ESTRUCTURA DEL AREA PENAL

NUMERO DE DESPACHOS

DISTRITO UBICACIÓN MAGIS-TRADOS PENALES MPALES PENALES CIRCUITO DE CTO ESPECIALIZ. PROM. MPALES PROM. CIRCUITO TOTAL %

BOGOTA Cabecera Distrito 28 103 55 9 195 54,8%

Depuración 10 3 5 18 5,1%

MANIZALES Cabecera Distrito 4 11 7 1 23 6,5%

Otros Municipios 11 7 0 22 3 43 12,1%

PEREIRA Cabecera Distrito 4 10 6 1 21 5,9%

Otros Municipios 3 2 12 4 21 5,9%

ARMENIA Cabecera Distrito 3 8 5 1 17 4,8%

Otros Municipios 1 1 16 18 5,1%

TOTAL 39 157 86 17 50 7 356 100,0%

SALAS DE AUDIENCIA:

En la primera Fase, en el Distrito Judicial de Bogotá se han proyectado 40 salas de audiencia compartidas, 12 Salas Tipo A y 32 salas de audiencia para el ejercicio de la función de Control de Garantías, en la sede judicial de Paloquemao. Asi mismo, para los Juzgados Penales de Circuito Especializados se han proyectado 9 Sala Compartidas y 4 Tipo A para los Tribunales. Es decir en Bogotá quedarán disponibles 47.

En materia de Recursos físicos, se contrataron obras por $6,450 millones para la Fase I, valor que representa el 42.7% del total de necesidades.

Cuado No 2

INVERSION EN INFRAESTRUCTURA FISICA

SISTEMA PENAL ACUSATORIO

FASE I - BOGOTA Y EJE CAFETERO

(millones de pesos)

AREA CONTRATADO %

...

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