ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Sentencia


Enviado por   •  2 de Junio de 2013  •  694 Palabras (3 Páginas)  •  249 Visitas

Página 1 de 3

SENTENCIA

VERACRUZ A CINCO DE JUNIO DE DOS MIL OCHO VISTO:

Para resolver el expediente No. 2604-09, respecto de la resolución dictada en fecha 8 de Abril del año en curso, por el instituto Nacional de Antropología e Historia y

RESULTANDOS

I.- Por escrito de fecha 26 de Abril del año en curso, comparecieron ante este Tribunal de lo Contencioso Administrativo los CC. LICS. LOOR CERON, VIRIDIANA MORAN Y ALFREDO BENITEZ LOPEZ, en su carácter de representantes legales del Grupo Constructor CIVA S.A. DE C.V. tal y como lo acreditan con la carta poder que anexaron a la misma, para promover juicio de nulidad respecto a la resolución dictada en fecha 8 de Abril del año en curso, por el instituto Nacional de Antropología e Historia, en la cual niegan el permiso para la demolición del inmueble ubicado en calle 16 de septiembre No. 68 de Rio Blanco Veracruz.

II.- Oportunamente este Tribunal radico el presente juicio en los expedientes del mismo bajo el numero ya señalado, dándole curso a la demanda interpuesta y notificando a la contraparte para que en termino le ley dieran contestación, manifestando lo que a su derecho correspondiera.

III.- En fecha 3 de Mayo del año en curso, los CC. LICS. LISBETH MOCTEZUMA ARRONIZ Y⁄O LUIS FERNANDO GONZALEZ RUFFIAR Y⁄O ARTURO FERNANDEZ CRUZ, en su carácter de representantes legales del Instituto Nacional de Antropología e Historia del estado de Veracruz, dieron contestación en tiempo y forma a la demanda interpuesta en su contra.

IV.- En fecha 13 de Mayo del 2009, por medio de escrito comparecieron los CC. LICS. LISBETH MOCTEZUMA ARRONIZ Y⁄O LUIS FERNANDO GONZALEZ RUFFIAR Y⁄O ARTURO FERNANDEZ CRUZ, en su carácter de representantes legales del Instituto Nacional de Antropología e Historia del estado de Veracruz, para solicitar la medida cautelar consistente en que el inmueble ubicado en calle

16 de Septiembre No. 68 A entre Ignacio de la Llave y Guadalupe Victoria de la Colonia Modelo de Rio Blanco Veracruz, se mantenga en las condiciones que se encuentra actualmente, ya que el mismo figura como patrimonio del Estado.

V.- En virtud de la medida cautelar solicitada, se concedió dicha medida ya que la misma tenía proteger el patrimonio del Estado.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. Que este órgano es competente para resolver sobre actos de nulidad ante resoluciones dictadas por distintas autoridades tal y como lo establece la Ley Federal de procedimiento Contencioso Administrativo, dentro de la competencia de este tribunal.

SEGUNDO. Con fundamento en los artículos 1, 4, 5, 6, 10 y demás aplicables de la Ley Federal sobre Monumentos y

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (4.5 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com