Sueldos Y Salarios
PrincipessaAPMC11 de Noviembre de 2013
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CONTRIBUCIONES A LOS SALARIOS
C.P. JAVIER CHAVARRIA ARRIETA
chavarjg@hotmail.com
CONTENIDO DE LAS CLASES
3 DIAS L.F.T.
4 DIAS L.I.S.R.
ULTIMO SABADO IETU
EXPOSICION OPTATIVA
• 2% Estatal
• Deducciones Personales
EVALUACION
1 ó 2 Exámenes 50% Examen el sábado 30 de Agosto de 2008
Puntualidad 10%
Asistencia 10%
Tareas 20%
Participación 10%
100%
VIERNES 15 DE AGOSTO DE 2008
JERARQUIA DE LEYES
Proporcionalidad
Equidad PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
Legalidad
SUJETO ACTIVO SUJETO PASIVO
Patrón Trabajador
HECHO GENERADOR
Relación Laboral
Tesis.- Interpretación jurídica de la autoridad.
Jurisprudencia.- 5 Resoluciones en un mismo sentido sin ninguna en contra. En materia fiscal solo se requieren 3 Resoluciones positivas en un mismo sentido. En un medio de defensa es en donde se enuncian las tesis y las jurisprudencias.
En un contrato colectivo de trabajo tienes las prestaciones que acordaron ambas partes.
Contrato Colectivo de Trabajo es un acuerdo entre la empresa y el sindicato. No puede ser modificado unilateralmente pero si puede llegarse a algún convenio
¿En un Contrato Colectivo se pueden eliminar Prestaciones?
No. Pero se pueden realizar convenios verbales o por escrito ratificado ante la junta de conciliación para que surta efectos dicha modificación.
Convenio es un anexo al contrato colectivo de trabajo.
Liquidación de Contrato Colectivo de Trabajo
Para poder establecer nuevas relaciones laborales. El sindicato ya no puede hacer nada puesto que van a liquidar a los trabajadores. Te pagan todas las prestaciones establecidas en el contrato y si regresas a trabajar a la empresa empiezas de nuevo.
La Sustitución Patronal
La empresa “A” adquiere a la empresa “B” con el mismo contrato colectivo. Por lo tanto se debe emitir una carta de reconocimiento de derechos laborales de los trabajadores
TAREA No. 1
QUE ES LA SUSTITUCION PATRONAL DESDE EL PUNTO DE IMSS INFONAVIT Y LFT
¿Se Puede Quitar Un Bono De Productividad Establecido De Manera Verbal?
No es posible puesto que los derechos adquiridos a través del tiempo se vuelven costumbre. Y la costumbre se hace ley
¿Quien dice que la Costumbre se hace Ley?
Artículo 17.- A falta de disposición expresa en la Constitución, en esa Ley o en sus Reglamentos, o en los tratados a que se refiere el artículo 6o., se tomarán en consideración sus disposiciones que regulen casos semejantes, los principios generales que deriven de dichos ordenamientos, los principios generales del derecho, los principios generales de justicia social que derivan del artículo 123 de la Constitución, la jurisprudencia, la costumbre y la equidad.
NOTA:
En tu tiempo de descanso puedes hacer lo que quieras, como es comer o descansar.
Artículo 63.- Durante la jornada continua de trabajo se concederá al trabajador un descanso de media hora, por lo menos.
Artículo 64.- Cuando el trabajador no pueda salir del lugar donde presta sus servicios durante las horas de reposo o de comidas, el tiempo correspondiente le será computado como tiempo efectivo de la jornada de trabajo.
EJEMPLO:
Se establece un reglamento interior de trabajo, se le da a conocer a todos y cada uno de los trabajadores. Y 1 trabajador sale de su área de trabajo y deja prendida su maquina. Por lo tanto lo despedimos esto sucedió en el mes de mayo. Y en junio nos llega un citatorio de la junta de conciliación.
Mayo Despido
Junio Llego un citatorio y no fue atendido
Junta De Conciliación Y Arbitraje
Las Juntas Locales de Conciliación se integran por un representante del Gobierno, nombrado por el Gobernador del Estado; por un representante de los trabajadores y uno de los patrones. Y su principal función es tratar de conciliar a las partes y existe un árbitro para poder decidir.
NOTA:
Cuando se emite un Reglamento Interior de Trabajo, se debe de dar a conocer a los trabajadores, pero se debe de registrar ante la Junta de conciliación y Arbitraje para que tenga validez. Si no registras y actúas sobre el se convierte un despido injustificado.
REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO
Artículo 423.- El reglamento contendrá:
X. Disposiciones disciplinarias y procedimientos para su aplicación. La suspensión en el trabajo, como medida disciplinaria, no podrá exceder de ocho días. El trabajador tendrá derecho a ser oído antes de que se aplique la sanción;
Es recomendable que así como se debe de establecer las amonestaciones o sanciones a los trabajadores que incurran en algún a falta se cuente con una tabla de sanciones especificando la falta que se sancionara, el no. De eventos y la sanción correspondiente.
HECHO O FALTA 1er. EVENTO 2do. EVENTO 3er. EVENTO 4to. EVENTO
No portar el uniforme completo. Amonestación verbal Amonestación por escrito 1 día sin laborar 2 días sin laborar
SANCIONES A LOS TRABAJADORES
• Amonestación Verbal
• Amonestación x Escrito
• Suspensión de labores.
• Rescisión de Contrato
Despido injustificado.- La carga de la prueba es para el trabajador. Si lo atiendes te dan 45 días de indemnización. Y de lo contrario
Rescisión de Contrato.- la carga de la prueba es para el patrón. Si no logra comprobarla se convierte en despido injustificado mediante
PARA NEGAR UNA RELACION DE TRABAJO SE DEBE CONTESTAR ASI. Niego lisa y llanamente toda relación de trabajo
TIPOS DE CONTRATOS
• Contrato Colectivo
• Contrato Ley
• Contrato Individual de Trabajo
CLASES DE CONTRATOS
• Contrato por tiempo determinado.- Debe establecer el tiempo de duración (temporada decembrina, temporada de verano, temporal por incapacidad) y debe establecerse fecha de inicio y de termino. Cuando no establecer el objeto se convierte en por tiempo indeterminado.
• Contrato por tiempo indeterminado.-
• Contrato por obra determinada.- Construcción de dicha obra.
Artículo 37.- El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los casos siguientes:
I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar;
II. Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador; y
III. En los demás casos previstos por esta Ley.
¿EXISTEN LOS CONTRATOS A PRUEBA?
No existen eso salió de la mala interpretación del articulo 47 L.F.T.
Artículo 47.- Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón:
I. Engañarlo el trabajador o en su caso, el sindicato que lo hubiese propuesto o recomendado con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador;
QUE PASA CUANDO ENVIAMOS A TRABAJADORES A CAPACITARSE A OTRO PAIS Y CUANDO LLEGA, YA NO QUIERE TRABAJAR, ¿PODEMOS HACER ALGO PARA OBLIGARLO?
No. De manera laboral solo de manera civil. Por lo tanto es recomendable hacer convenios para la capacitación. Fundamento legal.
Artículo 32.- El incumplimiento de las normas de trabajo por lo que respecta al trabajador sólo da lugar a su responsabilidad civil, sin que en ningún caso pueda hacerse coacción sobre su persona.
Artículo 33.- Es nula la renuncia que los trabajadores hagan de los salarios devengados, de las indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados, cualquiera que sea la forma o denominación que se le dé.
Todo convenio o liquidación, para ser válido, deberá hacerse por escrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los derechos comprendidos en él. Será ratificado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, la que lo aprobará siempre que no contenga renuncia de los derechos de los trabajadores.
NOTA:
Existe una TESIS Para ser valido debe de ir acompañado con su pago (finiquito) la renuncia no tiene ninguna validez.
QUE PASA CUANDO UN TRABAJADOR TE ROBA, PERO ESTA INCAPACITADO ANTE EL I.M.S.S. ¿LO PUEDES DESPEDIR O NO?
Si lo puedes rescindir laboralmente, pero no lo puedes dar de baja ante el I.M.S.S., hasta que termine su incapacidad.
Nota:
Actualmente ya puedes presentar tu baja ante el I.M.S.S. como prueba de la relación laboral. Por lo tanto hay que dar de baja inmediatamente cuando termines tu relación laboral.
La renuncia debe tener: La firma y la huella del trabajador
El finiquito debe tener:
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