Super Estructura Del Turismo
hijadeperra20 de Octubre de 2014
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Universidad de Oriente
Núcleo Bolívar
Universidad Experimental Puerto Ordaz
Asignatura: Elaborado por:
Introducción al Turismo
Sección: 01
Profesor:
Wendy Parejo
Ciudad Guayana julio 2014
Superestructura turística
Es el conjunto de organismos públicos y privados, que fomentan y/o coordinan la actividad turística.
En otras palabras, es la compleja organización que permite armonizar tanto la producción y venta de servicio como las relaciones resultantes de la práctica del turismo
En casi todos los casos sus funciones específicas son: la promoción turística, el control de calidad de los servicios, la fijación y el control de precios, la planificación del desarrollo, el desarrollo del turismo social y, a veces, la construcción del equipamiento e instalaciones turísticas.
Como toda organización, la superestructura turística afronta diversos problemas dados por la práctica comercial, que obstaculizan su plena función.
Clasificación
Entre los organismos del estado que hacen parte de la superestructura administrativa del turismo se encuentran los siguientes grupos:
• Organismos específicos: aquellos que se ocupan directamente de administrar el sector, los cuales según el área que abarquen o el tipo de actividad que realicen, pueden ser organismos nacionales, departamentales, municipales y empresas del estado. Estas últimas intervienen en la faz comercial el turismo, operando algunos de los servicios como, las aerolíneas nacionales, agencias mayoristas u operadoras, entre otros.
• Organismos con vinculación indirecta o sin vinculación al turismo: allí se encuentran principalmente las oficinas que abarcan desde los ministerios hasta los organismos descentralizados y autónomos, los cuales administran el patrimonio histórico, museos, las zonas fronterizas, aeropuertos, terminales de buses, parques nacionales, etc.
El Estado
El Estado es aquel conjunto de organizaciones que en su totalidad poseen la facultad de establecer las normas que guiarán una determinada sociedad, ejerciendo su poder en un territorio previamente establecido.
Para que un Estado se constituya como tal, es necesario que cuente con ciertos elementos básicos. Entre ellos se encuentra el Pueblo, cuya principal característica radica en su universalidad. El pueblo es considerado como el componente más elemental de un Estado, de este modo, no podría existir Estado sin pueblo ni pueblo sin Estado.
Estructura del estado venezolano
Poder publico
Se entiende por poder público el ejercicio de ciertas acciones y actividades que la sociedad deja en manos del estado (delega) por entender que estas serán resueltas mejor de manera colectiva. Esta delegación se hace a través de la Constitución que determina el diseño del Estado y los derechos, deberes y garantías que tienen los ciudadanos, y por el voto mediante el cual se eligen a quienes serán los representantes y servidores públicos
Representación y participación son principios fundamentales en cualquier democracia, pero no hay que verlos como contrarios entre si, son complementarios, deben estar ambos en perfecto equilibrio. En todas las democracias existen y han existido los dos principios: el de Representación y el de Participación
Poder nacional
El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral; y este mismo se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estatal y el Poder Nacional.
Legislativo: es el poder que hace las leyes, facultad que implica la posibilidad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones de sus habitantes en consonancia con las disposiciones constitucionales
Ejecutivo: es responsable de la gestión diaria del Estado, y concibe y ejecuta políticas generales de acuerdo con las cuales las leyes tienen que ser aplicadas; representa a la nación en sus relaciones diplomáticas; sostiene a las Fuerzas Armadas y en ocasiones aconseja con respecto a la legislación.
Judicial: es un poder del Estado encargado de administrar la justicia en una sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas en la resolución de conflictos
Ciudadano: es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela. El poder ciudadano surgió con "El constituyente", en pro de la colectividad, para velar por el buen cumplimiento de la administración del estado.
Electoral: es uno de los 5 poderes independientes de la República Bolivariana de Venezuela. Es responsable y garante de la transparencia de los procesos electorales y refrendarios que se llevan a cabo en la nación
Poder estadal
El poder público estadal, es aquel que está constituido por un Gobernador y un consejo Legislativo.
Un Gobernador: es el encargado de la administración y gobierno del Estado, elegido por sufragio popular, universal, directo, y secreto para mandatos de 4 años pudiendo ser reelegido de manera continua como lo establece la Enmienda uno de la Constitución
El Consejo Legislativo: Representa el Poder Legislativo en los Estados Federales de Venezuela, está compuesto por una sola cámara de diputados, donde se eligen de 7 a 15 Diputados, bajo el si Representa el Poder Legislativo en los Estados Federales de Venezuela, esta compuesto por una sola cámara de diputados, donde se eligen de 7 a 15 Diputados, bajo el sistema de representación proporcional de la población del estado y de sus municipios.
Poder local
el poder público, es aquel que está constituido por el alcalde, concejo municipal, y concejos comunales.
El poder local, como instrumento de integración regional y nacional, facilita las discusiones y decisiones, en torno a programas económicos, de organización política y cultural: Ya no se trata de afirmar la pertenencia de un territorio a la nación -lo que es obvio- sino de decidir en común, de qué modo hará parte efectiva y funcional de ella
Alcalde: es un cargo público que se encuentra al frente de la administración política de una ciudad, municipio o pueblo.
Consejo municipal: es la entidad legislativa de los municipios autónomos. Emite acuerdos obligatorios en su jurisdicción, que se llaman Ordenanzas. Regulan y controlan las actividades de los otros entes municipales.
Consejos comunales: es una forma de organización de la comunidad, desarrollada en el ordenamiento jurídico venezolano (en el marco de la revolución bolivariana) donde el mismo pueblo es quien formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas, asumiendo así, el ejercicio real del poder popular, es decir, poniendo en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad.
Evolución del turismo en Venezuela
Su primer antecedente fue la organización que se fundó en 1925, en la haya, bajo la denominación de congreso internacional de la asociaciones oficiales de propaganda turística. Posteriormente, en el año 1927, el nombre fue cambiado por el congreso internacional de los organismos oficiales de propaganda turística, y en 1930 por el de unión internacional de los organismos oficiales de propaganda turística. Después de la segunda guerra mundial esta última se reunió en Londres, en 1946, y se reestructuro bajo el nombre de unión internacional de organismos oficiales del turismo (UIOOT); se designo como sede la ciudad de ginebra. A partir de esa fecha, la organización llevo a cabo diferentes reuniones, de gran importancia para el turismo. Como resultado de los esfuerzos de la UIOOT por crear una conciencia turística a nivel mundial, la ONU convoco en el año 1054, en nueva york, la conferencia general aduanera, que llego a concluir dos convenios-. Uno concerniente a las facilidades aduaneras a favor del turismo, con un protocolo adicional relativo a la importación de documentos y material de propaganda turística, y otro relativo a la importación temporal de vehículos de carretera privada.
En 1963, en la reunión convocada por la ONU sobre el turismo y los viajes internacionales, los países asistentes recomendaron que las naciones unidas consideraran a la UIOOT como instrumento principal para la promoción del turismo. En noviembre de 1966, en Madrid, el comité ejecutivo de la UIOOT señalo que el engranaje de cooperación y coordinación de la misma era ya inadecuado, y se hacia conveniente cambiar la naturaleza legal de la organización, regida entonces por el código civil suizo.
En octubre del mismo año, en Dublín, se llevo a cabo la XXI asamblea general de la UIOOT, la que estimo favorable la creación de una organización intergubernamental, por lo que pidió el consejo económico y social de la ONU que propusiera, ante la asamblea general de la misma, que se adoptara la resolución al respecto. En diciembre de 1969la asamblea general de las
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